Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 222 de 18/11/2021

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 24 de julio de 2020, del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintiocho de Sevilla, dimanante de autos núm. 475/2018. (PP. 3314/2021).

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NIG: 4109142120180044826.

Procedimiento: Proced. ordinario (N) 475/2018. Negociado: 4.

Sobre: Obligaciones: otras cuestiones.

De: Gas Natural Servicios SDG, S.A.

Procuradora: Sra. Elena Medina Cuadros.

Contra: Elegas XXI, S.L.U.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN SENTENCIA

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Juzgado de Primera Instancia núm. Veintiocho de Sevilla.

Magistrada-Juez: María de la Concepción Sotorra Campodarve.

Juicio ordinario núm. 475/18-4.

Parte demandante: Gas Natural Servicios (GNS).

Parte demandada: Elegas XXI, S.L.U. (en rebeldía).

SENTENCIA 160/2020

En la ciudad de Sevilla, a 22 de julio de 2020.

Han sido vistos por mí, María de la Concepción Soterra Campodarve, Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintiocho de Sevilla, los presentes autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado con el numero 475/18-4, sobre reclamación de cantidad basada en incumplimiento de contrato.

FALLO

Estimar íntegramente la demanda promovida por la representación de Gas Natural Servicios contra Elegas XXI y, en consecuencia, condenar a esta última a que abone a la actora la cantidad de 94.088,43 €, más los intereses legales de esa cantidad desde la fecha de la interpelación judicial, con imposición a la demandada de las costas procesales causadas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que no es firme, al caber contra ella recurso de apelación. El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 LEC).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banco Santander núm. 5342 0000 04047518, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

María de la Concepción Sotorra Campodarve, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintiocho de Sevilla y su partido.

Publicación. Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por el/la Sr./Sra. Magistrado/Juez que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia doy fe, en Sevilla, a 22 de julio de 2020.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Elegas XXI, S.L.U., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Sevilla, a veinticuatro de julio de dos mil veinte.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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