Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 228 de 26/11/2021

5. Anuncios

5.2. Otros anuncios oficiales

Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio

Anuncio de 19 de noviembre de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Málaga, de la resolución por la que se acuerda el desistimiento de las solicitudes de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del covid-19 en los alquileres de la vivienda habitual, convocadas por Orden de 29 de junio de 2020 (Boja extraordinario núm. 42, de 1.7.2020) y reguladas por Orden de 8 de junio de 2020 (Boja extraordinario núm. 37, de 12.7.2020).

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Vistos los siguientes

HECHOS

Primero. La Orden de 8 de junio de 2020, de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, BOJA extraordinario núm. 37, de 12 de junio de 2020, aprueba las bases reguladoras (en adelante BBRR) para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de la vivienda habitual.

Segundo. En el BOJA, Boletín extraordinario núm. 42, de 1 de julio de 2020, se ha publicado la Orden de 29 de junio de 2020, por la que se convocan para el ejercicio 2020, ayudas, en concurrencia no competitiva, para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de la vivienda habitual.

Tercero. Examinadas las solicitudes que se relacionan en el anexo que acompaña a la presente resolución y/o analizada, en su caso, la documentación aportada por los interesados y realizadas las verificaciones oportunas, se comprueba que los solicitantes no cumplen los requisitos para ser beneficiarios de la ayuda, como establece el dispositivo tercero de la orden de convocatoria o no presentaron en el plazo de 10 días, desde la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda, el Anexo II junto con la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos, como establece el dispositivo quinto apartado 2 de la orden de convocatoria y/o no presentaron la documentación requerida o bien han desistido de su solicitud. Se indica en cada caso el motivo.

Cuarto. El art. 45 de la LPACAP establece que los actos administrativos serán objeto de publicación cuando así lo establezcan las normas reguladoras de cada procedimiento o cuando lo aconsejen razones de interés público apreciadas por el órgano competente. Asimismo, en los supuestos de publicaciones de actos que contengan elementos comunes, podrán publicarse de forma conjunta los aspectos coincidentes, especificándose solamente los aspectos individuales de cada acto.

Quinto. Al amparo del dispositivo noveno de la mencionada convocatoria, para mayor eficacia administrativa se efectúa la agrupación en un único procedimiento de distintos expedientes por tratarse de la notificación de un mismo trámite, incluyéndose los datos de cada solicitante en los anexos que se adjuntan.

Y de conformidad con los subsiguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Orden de 8 de junio de 2020 de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de la vivienda habitual (BOJA extraordinario núm. 37, de 12.7.2020) convocadas por Orden de 29 de junio de 2020 (BOJA extraordinario núm. 42, de 1.7.2020).

Segundo. Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, que en su artículo 10 crea el Programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual: y la Orden TMA/336/2020, de 9 de abril, por la que se incorpora, sustituye y modifican sendos programas de ayuda del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 10.11 y 12 del referido real decreto-ley.

Tercero. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como las demás normas básicas que desarrollen la ley.

- Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de concesión de la Administración de la Junta de Andalucía.

- Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

- Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

- Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, modificada por la Ley 9/2018, de 8 de octubre.

- Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos.

- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, de acuerdo con lo establecido en su disposición final octava.

- Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.

- Ley 6/2019, de 19 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2020.

Esta Delegación es competente para dictar el presente acto administrativo, por delegación de la persona titular de la Consejería competente en materia de vivienda, en virtud del apartado 12 del cuadro resumen de las BBRR, y en relación con el Decreto 342/2012, de 31 de julio, modificado por el Decreto 32/2019, de 5 de febrero (BOJA núm. 28, de 11 de febrero), por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.

Por todo ello, vista la propuesta definitiva de resolución dictada por el Servicio de Vivienda, esta Delegación Territorial

RESUELVE

Primero. Tener por desistidas las solicitudes de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de la vivienda habitual, por incumplimiento de lo establecido en las bases reguladoras aprobadas por Orden de 8 de junio de 2020, a las personas relacionadas en el anexo que se acompaña, con detalle del número de expediente y motivo.

Segundo. Proceder, conforme a la normativa expuesta en los «hechos» quinto y sexto, a la notificación y publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en la página web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, de la presente resolución.

Contra la presente resolución, que pone fin al procedimiento y agota la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo, en la forma y los plazos establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Málaga, 19 de noviembre de 2021.- La Consejera de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, P.D. (apartado 12 del cuadro resumen, BBRR, Orden de 8 de junio de 2020, BOJA núm. 37, de 12.6.2020), la Delegada, Carmen Casero Navarro.

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