Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 23 de 04/02/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local

Resolución de 28 de enero de 2021, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo y de la bandera del municipio de Güéjar Sierra (Granada).

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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece que estas pueden dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada ley. A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de Güéjar Sierra ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su escudo y bandera municipal de acuerdo con lo establecido en el capítulo segundo de la mencionada ley.

Con fecha 30 de noviembre de 2020, el Pleno del Ayuntamiento de Güéjar Sierra acordó, con el quorum establecido en el artículo 14 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, la aprobación definitiva del escudo y la bandera municipal con las siguientes descripciones:

Escudo: «Justificación armera del blasón del Excmo. Ayuntamiento de Güéjar Sierra.

El escudo creado representa fielmente los presupuestos expresados anteriormente y cumple con la normativa y leyes actuales. Estos son los aspectos y elementos más significativos del escudo heráldico diseñado para el municipio.

- Forma del escudo. Es un escudo de Boca tipo, propio de la heráldica hispánica.

- Proporción del escudo. Las medidas del escudo respetan en todo momento la proporción de 6 módulos de alto por 5 de ancho, según los usos habituales.

- Particiones. El escudo presenta un blasón cortado y con corte inferior cuartelado, así como un corazón o abismo y una punta. Constando de tres campos claramente definidos, el blasón presenta:

1. En su campo corte superior, campo de azur (Pantone celeste 643C) y sobre él en plata (Pantone gris 431C) silueta de Sierra Nevada con los picos Alcazaba y Mulhacén con decoración de bandas diagonales sinople (Pantone Verde 542) en la falda de las montañas. Esta silueta de montañas es una representación de la estampa que se puede observar de la Sierra Nevada desde el núcleo poblacional principal de Güéjar Sierra.

2. Abajo a la diestra cuartel de la punta con fondo azur (Pantone celeste 643C) y sobre él en plata (Pantone gris 429C) torre de templo cristiano con tejado en gules (Pantone rojo 485C). Esta torre es el campanario de la Parroquia de Nuestra Señora del Rosario, el monumento más apreciado del municipio.

3. Abajo a la siniestra cuartel de la punta con fondo en azur (Pantone celeste 643C) sobre el que se representa un macho cabrío en su color natural (Pantone marrón 157C), con patas delanteras sobre roca en plata (Pantones gris 431C y 429C). Esta figura es una Capra pyrenaica hispanica, especie autóctona de Sierra Nevada y simboliza la biodiversidad de Sierra Nevada.

4. En el corazón o abismo, diamante con fondo en plata (Pantone gris xxx) y sobre él tres cerezas en gules (Pantone rojo 485C). Hace referencia al cultivo de cerezas tan importante para la economía del municipio.

5. Y en punta fondo en plata (Pantone gris 429C) y sobre él la granada con tallo en sinople (Pantone verde 542C) y fruto en gules (Pantone rojo 485C y Rojo oscuro 7621C). Con este símbolo se reconoce que el municipio formó parte del Reino de Granada y actualmente a la provincia de Granada.

- Timbre heráldico. Se ha adoptado la Corona Real Española. Esta corona es una forma sintetizada de la corona carrada propia de la monarquía española que mantiene sus formas curvas y la cruz latina.

- Adorno y leyenda. Bajo la punta del escudo y rodeando la misma, aparece una leyenda con el nombre del municipio “Güéjar Sierra” apostillado por tres estrellas a cada lado en alusión a famosa Vereda de la Estrella.»

Bandera: «Para conformar la propuesta de una bandera municipal para Güéjar Sierra, se parte del estudio de la realidad, el cual indica que no ha existido bandera del municipio con anterioridad. Es por ello que se propone una bandera de formato rectangular con una proporción de tres módulos de largo por dos de ancho dividida en tres bandas horizontales, siendo la central de doble anchura que las otras. La banda de arriba se divide a su vez en dos sectores triangulares creados a partir del trazado de una diagonal de dicha banda rectangular iniciada en la esquina inferior izquierda y finalizada en la esquina superior derecha. El triángulo superior es de color azul (Pantone Solid Coated 542C) simbolizando el cielo. El triángulo inferior es de color blanco fusionándose con la banda central. La banda central que también es de color blanco representa el blanco de las nieves de Sierra Nevada. La banda baja de la bandera se divide con una diagonal al igual que la banda superior. En este caso, el triángulo superior es también de color blanco para obtener el mismo efecto, uniéndose a la banda central, y el triángulo inferior es de color verde tierra (Pantone Solid Coated 7494C) que representa la vegetación del municipio.

El escudo municipal ondea en el centro de la bandera, coincidiendo su centro con las intersecciones de las diagonales de la misma.

Las medidas tanto internas, como externas se ajustarán a dicha programación y a los estándares aceptados para la bandera de la Comunidad de Andalucía y la bandera del Reino de España. Estas dos junto con la municipal ondearán conjuntamente en los edificios públicos para lograr con ello una unidad vexilológica.

Estos estándares son: 1,50 x 1,00 m, 2,10 x 1,35 m, 2,80 x 1,80 m y 3,50 x 2,25 m. De esta forma se cumple lo recogido en la Ley 39/1981 de 28 de octubre por el que se regula el uso de la bandera de España, con especial cumplimiento del art. 6.2 de dicha ley.

La bandera propuesta para el municipio de Güéjar Sierra tiene una relación directa con el entorno geográfico de dicha entidad local y está relacionado directamente con los colores usados en el escudo heráldico.»

Mediante escrito con entrada en el Registro de esta Consejería el 21 de enero de 2021, se solicitó por esta Entidad Local la inscripción de su escudo y bandera municipal en el Registro Andaluz de Entidades Locales, de conformidad con lo establecido en los artículos 17 y 18 de la expresada Ley, según los cuales el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el referido Registro.

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, en el artículo 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales, y en el artículo 14.1.d) del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo y la bandera del Municipio de Güéjar Sierra (Granada), con las descripciones indicadas y con las imágenes que obran en el expediente.

Segundo. Modificar, en consecuencia, la correspondiente inscripción registral del Municipio de Güéjar Sierra (Granada) en el mencionado Registro, para incluir dichos símbolos municipales.

Tercero. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 28 de enero de 2021.- El Director General, Joaquín José López-Sidro Gil.

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