Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 231 de 01/12/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Orden de 12 de noviembre de 2021, por la que se modifica la autorización administrativa del centro autorizado de enseñanzas deportivas «TÁNDEM» de Jerez de la Frontera (Cádiz). (PP. 3482/2021).

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Visto el expediente tramitado a instancia de doña Laura Gómez Lima, como representante de la entidad «Ganadería Alpende, S.L.», por el que solicita la modificación de la autorización administrativa del centro autorizado de enseñanzas deportivas «TÁNDEM» por cambio de titularidad del mismo a favor de la citada entidad, al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.

Resultando que el citado centro, con código 11013090 y domicilio en C/ Santiago de Chile, s/n, de Jerez de la Frontera (Cádiz), tiene autorización para impartir, en doble turno, las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos de Técnico deportivo en las disciplinas hípicas de salto, doma y concurso completo (2 unidades y 40 puestos escolares), Técnico deportivo en las disciplinas hípicas de resistencia, orientación y turismo ecuestre (2 unidades y 40 puestos escolares) y Técnico deportivo superior en hípica (2 unidades y 40 puestos escolares).

Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros aparece, debidamente acreditada, la titularidad del centro autorizado de enseñanzas deportivas «TÁNDEM» a favor de la entidad «Técnicos Deportivos Tándem, S.L.».

Resultando que «Técnicos Deportivos Tándem, S.L.», mediante escritura pública de cesión onerosa de derechos, otorgada en Jerez de la Frontera (Cádiz), a fecha nueve de julio de dos mil veintiuno, ante don Javier Manrique Plaza, notario del Ilustre Colegio de Andalucía, cede a la entidad «Ganadería Alpende, S.L.» los derechos que ostenta sobre el mencionado centro.

Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE del 2), del Procedimiento Administrativo Cómun de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre (BOE de 8 de noviembre), por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial; el Decreto 55/2012, de 6 de marzo (BOJA del 20), por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial en Andalucía; el Decreto 193/1997, de 29 de julio (BOJA de 9 de agosto), sobre autorizaciones de Centros docentes privados para impartir Enseñanzas Artísticas; el Decreto 140/2011, de 26 de abril (BOJA de 10 de mayo), por el que se modifican varios decretos relativos a la autorización de centros docentes para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder la modificación de la autorización administrativa solicitada, por cambio de titularidad, al centro autorizado de enseñanzas deportivas «TÁNDEM», con código 11013090 y domicilio en C/ Santiago de Chile s/n, de Jerez de la Frontera (Cádiz), que en lo sucesivo la ostentará la entidad «Ganadería Alpende, S.L.» que, como cesionaria, queda subrogada en la totalidad de los derechos y obligaciones que acerca de dicho centro corresponden a la titular cedente, con la configuración de enseñanzas que se recoge en el «resultando» primero.

Segundo. El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento del citado centro.

Tercero. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Cuarto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Deporte, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 12 de noviembre de 2021

FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ
Consejero de Educación y Deporte
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