Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 239 de 15/12/2021

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación

Resolución de 3 de diciembre de 2021, de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por la que se anuncia convocatoria externa temporal para la cobertura de un puesto de Arquitecta Técnica o Arquitecto Técnico para la Jefatura de Centros y Promoción de la Autonomía.

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RESOLUCIÓN DE 3 DE DICIEMBRE DE 2021, DE DIRECCIÓN GERENCIA, POR LA QUE SE ANUNCIA CONVOCATORIA EXTERNA TEMPORAL PARA LA COBERTURA DE UN PUESTO DE ARQUITECTA TÉCNICA O ARQUITECTO TÉCNICO PARA LA JEFATURA DE CENTROS Y PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA DE LA AGENCIA DE SERVICIOS SOCIALES Y DEPENDENCIA DE ANDALUCÍA CE- 2162 AT

Conforme a lo dispuesto en el artículo 15 de los Estatutos de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía (en adelante, la Agencia) y a lo recogido en el artículo 20 del I Convenio Colectivo de la Agencia, la Dirección Gerencia, en virtud de las competencias que tiene atribuidas, anuncia la convocatoria externa temporal para la cobertura de un puesto de Arquitecta Técnica o Arquitecto Técnico para la Jefatura de Centros y Promoción de la Autonomía de la Agencia con sujeción a las siguientes bases:

Primera. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión externa temporal de un puesto de Arquitecta Técnica o Arquitecto Técnico para la Jefatura de Centros y Promoción de la Autonomía de la Agencia.

CÓDIGO PUESTO PUESTO NÚM. DE PUESTOS LOCALIDAD/PROVINCIA
CE – 2162 AT Arquitecta Técnica o Arquitecto Técnico 1 Sevilla/Sevilla

El proceso se llevará a cabo mediante un concurso de méritos, según las presentes bases y lo dispuesto en las condiciones particulares de la presente convocatoria.

Segunda. Participantes.

Podrán participar en la presente convocatoria las personas que reúnan los requisitos señalados como indispensables para el desempeño del puesto conforme a lo recogido en las condiciones particulares de la presente convocatoria, y aquellos otros de carácter general exigidos por la legislación vigente.

Tercera. Presentación de solicitudes.

Las solicitudes y la documentación que las acompañen serán dirigidas a la Dirección Gerencia de la Agencia y se podrán presentar dentro del plazo de diez días hábiles a contar a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. La presentación se realizará de forma electrónica, a través del Registro Telemático Único de la Junta de Andalucía.

Para llevar a cabo la presentación de solicitudes deberán ser cumplimentados para su remisión los siguientes documentos:

- Anexo I. Solicitud de participación para la convocatoria externa temporal de un puesto Arquitecta Técnica o Arquitecto Técnico en la Agencia.

- Anexo II. Requisitos y autobaremación de méritos.

- Anexo III. Declaración responsable.

- Documentación acreditativa de los requisitos y méritos.

Los mencionados anexos están disponibles en formato editable en el siguiente enlace de la consigna de la Junta de Andalucía:

https://consigna.juntadeandalucia.es/2233f6f2fdd11e4631527102a1066a3e

Cuarta. Autobaremación.

La autobaremación de méritos se realizará conforme al baremo establecido en las condiciones particulares mediante la cumplimentación del Anexo II. Sólo se valorarán los méritos referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Quinta. Acreditación de requisitos y méritos.

Al presentar la solicitud y la autobaremación, la persona solicitante deberá acreditar todos los requisitos exigidos para poder participar en la convocatoria, así como los méritos autobaremados.

La documentación acreditativa de los requisitos y méritos deberá ajustarse a lo recogido en las bases de la presente convocatoria y en las condiciones particulares de la misma.

La persona solicitante se responsabilizará de la veracidad de los documentos adjuntados, declarando en su solicitud que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos, y que la documentación acreditativa anexada es copia fiel del original, asumiendo la responsabilidad en la que pudieran incurrir por falsedad en la solicitud.

Aquellas personas que no presenten la documentación en los plazos y formas establecidos para ello perderán los derechos derivados de su participación en el proceso, sin perjuicio de lo establecido en materia de alegaciones referido en la base sexta de la presenta convocatoria.

Sexta. Sistema selectivo.

6.1. Lista provisional de personas admitidas y excluidas.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y tras la comprobación de la acreditación de los requisitos aportados, se hará pública la lista provisional de personas admitidas y de personas excluidas indicando las causas de exclusión, ordenadas alfabéticamente.

Las personas aspirantes contarán con un plazo de diez días hábiles para formular las alegaciones correspondientes a la citada lista, a través del Registro Telemático Único de la Junta de Andalucía.

6.2. Lista definitiva de personas admitidas y excluidas.

Transcurrido el plazo de alegaciones a la lista provisional de personas admitidas y excluidas, se hará pública la lista definitiva de personas admitidas y excluidas indicando la causa de exclusión, ordenadas alfabéticamente.

6.3. Lista provisional de candidaturas con puntuación revisada.

Publicada la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, se llevará a cabo la comprobación y corrección, si procede, de las autobaremaciones realizadas, contrastando los méritos presentados por cada candidatura admitida. Si procediera modificar la puntuación de las autobaremaciones, ésta nunca podrá superar la autobaremación total inicial presentada por la candidatura.

Una vez concluido lo anterior, se publicará el listado provisional de personas admitidas con la puntuación revisada por la Agencia.

Las personas participantes en el proceso selectivo contarán con un plazo de diez días hábiles para formular las alegaciones a través del Registro Telemático Único de la Junta de Andalucía correspondientes a la citada lista.

6.4. Lista definitiva de candidaturas con puntuación revisada.

Transcurrido el plazo de alegaciones y realizadas las modificaciones oportunas, si proceden, se publicará la lista definitiva de candidaturas ordenadas según puntuación revisada. La cobertura del puesto o de los puestos ofertados en la convocatoria se producirá mediante adjudicación conforme al orden de prelación establecido.

En caso de empate en la puntuación total, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación en el apartado de experiencia. Si se mantuviera el empate, será de aplicación la Resolución de 10 de febrero de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo que determina el orden de actuaciones de los aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen a partir de la publicación en el BOJA de la presente resolución y que se celebren durante el año 2021, a partir del aspirante cuyo primer apellido comience por la letra R.

Séptima. Comisión de Selección.

Como órgano de selección de la presente convocatoria se constituye la Comisión de Selección, formada por:

- Presidencia: Titular de la Dirección Gerencia de la Agencia o persona en quien delegue.

- Secretaría: Titular de la Secretaría General de la Agencia o persona en quien delegue.

- Vocalías:

Personal perteneciente a la Jefatura de Recursos Humanos.

Personal perteneciente a la Jefatura de Centros y Promoción de la Autonomía.

Corresponde a la Comisión de Selección:

- La valoración de la acreditación de los requisitos y méritos autobaremados por las personas participantes en la presente convocatoria.

- La modificación, si procede, de la puntuación referida a los méritos autobaremados por las personas participantes en el proceso. La puntuación modificada, tanto parcial como total, nunca podrá superar la autobaremación inicial presentada por la candidatura.

- La interpretación de las bases de esta convocatoria y de las condiciones particulares.

- La valoración y resolución de las alegaciones presentadas durante el proceso, así como cualquier incidencia relacionada con esta convocatoria.

La Comisión podrá incorporar en calidad de asesoramiento a otras personas al objeto del contribuir al correcto funcionamiento del proceso. El órgano de selección podrá estar asesorado y/o auxiliado por entidades o personal especialista en selección de personal. Asimismo, contará con el apoyo necesario para las tareas administrativas.

De igual modo, podrá asistir, con voz pero sin voto, una persona por cada sección sindical que cuente al menos con un diez por ciento de representación de la Agencia.

Octava. Nombramiento.

La Agencia podrá requerir a la persona seleccionada, mediante originales o copias realizadas en virtud del artículo 27 de la Ley 39/2015, todos los requisitos y méritos alegados, en los plazos que se establezcan para ello. De no presentarse la documentación requerida en tiempo y forma o de comprobarse falsedad, las personas serán excluidas del proceso, sin perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido.

La Dirección Gerencia de la Agencia dictará resolución por la que se acordará el nombramiento de la persona seleccionada.

CONDICIONES PARTICULARES DEL PROCEDIMIENTO SELECTIVO CE-2162 AT

1. Descripción del puesto.

CÓDIGO PUESTO PUESTO NÚM. DE PUESTOS LOCALIDAD/PROVINCIA RETRIBUCIÓN BRUTA ANUAL
CE- 2162 AT Arquitecta Técnica o Arquitecto Técnico 1 Sevilla
24.341,38€

2. Objetivo y funciones del puesto.

Objetivo: Supervisión y control del cumplimiento de las condiciones arquitectónicas exigibles a los edificios.

Entre otras funciones destacan:

- Visitar centros para la comprobación del cumplimiento de la normativa sectorial vigente, en apoyo de las Delegaciones Territoriales.

- Elaborar informes técnicos para el cumplimiento de la normativa sectorial, gestionando documentalmente y tramitando expedientes en soporte informático correspondiente las diferentes autorizaciones administrativas.

- Asesorar técnicamente sobre las dudas frecuentes y sobre la interpretación de la normativa vigente a personal técnico de las Delegaciones Territoriales.

- Asesorar a las diferentes entidades públicas o privadas respecto a la documentación técnica y propuestas arquitectónicas concretas respecto al cumplimiento de la normativa vigente.

- Elaborar criterios de interpretación de la normativa sectorial vigente.

- Participar en la identificación de aspectos de mejora del Departamento y realizar propuestas de actuación al respecto.

- Elaborar informes y/ o documentos técnicos sobre las materias de su competencia si así se le requiere.

- Realizar aquellas funciones relacionada con las competencias del puesto que le sean encomendadas para el buen funcionamiento del Departamento y de la Jefatura.

3. Requisitos de las personas aspirantes para su participación en este proceso selectivo.

R.1. Tener la nacionalidad española.

También podrán participar:

R.1.1. Las personas nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.

R.1.2. El/la cónyuge de las personas con nacionalidad española y de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separadas de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y de su cónyuge, que vivan a su cargo menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

R.1.3. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras.

R.1.4. Las personas extranjeras que no estando incluidas en los párrafos anteriores, se encuentren con residencia legal en España.

R.1.5. Las personas solicitantes de nacionalidad diferente a la española que no tengan como idioma nativo el castellano deberán acreditar documentalmente su conocimiento.

R.2. Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

R.3. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño del puesto.

R.4. No pertenecer como personal de estructura de la Agencia conforme a lo regulado en el Convenio de la misma.

R.5. Haber superado periodo de prueba para el mismo puesto al que opta en la Agencia, en el caso de haber trabajado con anterioridad en la misma.

R.6. No haber sido la persona sancionada o separada del servicio mediante expediente disciplinario de la Agencia o de cualquiera de las Administraciones Públicas, poderes públicos u organismos vinculados o personas dependientes, ya sean personas nacionales o extranjeras, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro estado, no hallarse en situación de inhabilitación o equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

R.7. Estar en posesión del correspondiente Título de Arquitectura Técnica, Titulo de Grado Universitario correspondiente o cualquier titulación equivalente, reconocida u homologada por la Administración Educativa competente.

El momento, tipo y modo de acreditación de cada uno de los requisitos anteriormente descritos, quedan reflejados en la siguiente tabla:

ACREDITACIÓN DE REQUISITOS GENERALES
REQUISITOS MOMENTO DE LA ACREDITACIÓN TIPO DE ACREDITACIÓN MODO DE ACREDITACIÓN
R.1 Tener nacionalidad española. Dentro del plazo de presentación de solicitudes. Documental. DNI o Pasaporte. En caso de no poseer la nacionalidad española aportar documento acreditativo de ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea.
R.2 Tener cumplidos 16 años y no exceder la edad de jubilación Dentro del plazo de presentación de solicitudes. Documental. DNI o Pasaporte.
R.3 Poseer la capacidad funcional para el desempeño del puesto En el momento de la contratación Documental. Certificado médico que acredite poseer la capacidad funcional para el desempeño del puesto expedido por los Servicios Sanitarios Públicos.
R.4. No pertenecer como personal de estructura de la Agencia conforme a lo regulado en el Convenio de la misma. No es necesaria su acreditación.
R.5 Haber superado el periodo de prueba en la Agencia, en el caso de haber trabajado con anterioridad en la misma. No es necesaria su acreditación.
R.6 No haber sido la persona sancionada o separada del servicio mediante expediente disciplinario de la Agencia o de cualquiera de las Administraciones Públicas (…). Dentro del plazo de presentación de solicitudes. Documental. Declaración responsable (Anexo III)
R.7 Estar en posesión del correspondiente Título de Arquitectura Técnica, Titulo de Grado Universitario correspondiente o cualquier titulación equivalente, reconocida u homologada por la Administración Educativa competente. Dentro del plazo de presentación de solicitudes. Documental. Con el Título expedido, con la Certificación supletoria provisional o con la Credencial de homologación o equivalencia expedida por el Ministerio competente en materia de educación.

4. Baremo de méritos

Las personas aspirantes que cumplan con los requisitos establecidos para su participación en este proceso selectivo deberán autobaremar los méritos alegados mediante la cumplimentación del Anexo II, conforme al siguiente baremo.

Experiencia
(máximo 60 puntos)
Por mes completo
Por hora Formación
(máximo 35 puntos)
Por titulación Titulaciones Académicas
(máximo 5 puntos)
(**)
Experiencia en puestos de arquitectura técnica en la Agencia y/o Fundaciones de origen 0,50 Experiencia en puestos de arquitectura técnica en Centros públicos
0,30 Experiencia en puestos de arquitectura técnica en Centros privados/concertados y/o por cuenta propia 0,20
Formación no reglada recibida en materia de contratación pública y mantenimiento de edificios e instalaciones que haya sido impartida por alguna de las siguientes instituciones (*) 0,025 Formación no reglada en materia de igualdad de género que haya sido impartida por alguna de las siguientes instituciones (máximo 2 puntos) (*)
0,01 Titulo de Doctorado, Licenciatura, Arquitectura o Ingeniería, o el Titulo de Grado Universitario y Máster correspondiente o cualquier titulación equivalente a las mismas, reconocidos u homologados por la Administración Educativa competente.
Título de Ingeniería Técnica, Diplomatura Universitaria, Arquitectura Técnica o el Titulo de Grado Universitario correspondiente o cualquier titulación equivalente a las mismas reconocidos y homologados por la Administración Educativa competente.
2,5

* Se valorará Formación no reglada que haya sido impartida y/u organizada por alguna de las siguientes instituciones: Centros Universitarios (títulos propios), Ministerios, Consejerías, Corporaciones Locales, Instituto Nacional de la Administración Pública o sus homólogos en las Comunidades Autónomas, Escuelas de Salud Pública adscritas a cualquiera de los organismos citados, SEPE o sus homólogos en las Comunidades Autónomas, y/o cualquier otro ente público dependiente de una administración pública, así como Organizaciones Sindicales y Colegios Profesionales.

**Se valorará cada titulación académica oficial de nivel igual o superior e independiente de la exigida en la convocatoria. En ningún caso los certificados de profesionalidad podrán ser considerados como título académico objeto de valoración en este apartado.

5. Acreditación de méritos.

Experiencia.

No será necesaria la acreditación de la experiencia laboral en la Agencia y/o Fundaciones de origen.

Para los casos de experiencia laboral diferente a la Agencia o Fundaciones de origen, la acreditación de la misma se realizará a través de los siguientes documentos:

a) Para trabajadoras o trabajadores por cuenta ajena:

- Vida Laboral y contrato de trabajo en el que aparezca el puesto de trabajo con la misma denominación que el baremado.

De ser un puesto similar al baremado, deberá acreditarse además de la Vida Laboral y del contrato de trabajo, el certificado de funciones expedido por la entidad contratante o, en su defecto, extracto del convenio colectivo de aplicación en el que queden claramente especificada dichas funciones. En caso de inexistencia de contratos de trabajo, los mismos podrán ser sustituidos por nóminas o documentos expedidos por el Servicio Público de Empleo, que acrediten la duración del contrato y la categoría profesional en la que se han prestado los servicios.

b) Para trabajadores o trabajadoras autónomos o por cuenta propia:

- Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente.

- Declaración jurada donde se describa la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma.

Formación.

La acreditación de la formación no reglada se realizará mediante la aportación del título o certificado del centro de formación (anverso y reverso) en el que consten los siguientes datos: nombre de la entidad que organiza o imparte el curso, denominación de la acción formativa, número de horas, modalidad de impartición y sello de la entidad que expide el título.

En el caso de que el título o certificado no refleje el número de horas no será valorado, a excepción de aquellos casos que la titulación sea expedida por Universidades, en los que se computarán 10 horas por cada crédito y 25 horas por cada crédito ETCS.

Titulaciones académicas.

Las de carácter universitario, con el título expedido, con la certificación supletoria provisional o con la credencial de homologación o equivalencia expedida por el Ministerio competente en materia de educación; las no universitarias, con el título expedido o con la certificación emitida por la autoridad competente según la normativa que le resulte de aplicación.

6. Traducción de documentos.

Toda aquella documentación aportada para acreditar los requisitos y méritos alegados que no estuviera redactada en idioma español deberá acompañarse de traducción jurada oficial a través de la figura de traductora o traductor intérprete jurado.

Sevilla, 3 de diciembre de 2021.- El Director Gerente, Víctor Manuel Bellido Jiménez.

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