Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 24 de 05/02/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local

Resolución de 28 de enero de 2021, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales de la Bandera del Municipio de Casarabonela (Málaga).

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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece que éstas pueden dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada ley. A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de Casarabonela ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su bandera municipal de acuerdo con lo establecido en el capítulo segundo de la mencionada ley.

Con fecha 22 de diciembre de 2020, el Pleno del Ayuntamiento de Casarabonela acordó, con el quorum establecido en el artículo 14 de la mencionada ley, la aprobación definitiva de la bandera municipal con la siguiente descripción:

Bandera: «Bandera con 3 líneas horizontales de igual tamaño.

Colores: Azul-Blanco-Verde.

Los colores de la bandera están inspirados en el paisaje y la cultura de Casarabonela.

El azul del agua, está en la base y en los cimientos del pueblo y su bandera. Tan importante para acoger todas las culturas que se han asentado aquí: romanos, árabes y cristianos. El agua subterránea, junto con la que mana de sus fuentes y nacimientos y riega las fértiles huertas de Casarabonela.

Blanco de las casas encaladas y el laberinto morisco en las faldas de la sierra.

Verde, la naturaleza, los fértiles campos y la montaña de Sierra Prieta que corona la vista y el paisaje de Casarabonela.

Paño rectangular, de proporción 2/3, dividido horizontalmente en tres partes de igual anchura, verde la superior, blanca la central y azul la inferior. Sobrepuesto al centro del paño el escudo heráldico municipal en sus colores.

Código de colores

- -

* Verde

PANTONE 356

RGB - (0,122,51)

Hex - #007a33

* Blanco

RGB - (255,255,255)

Hex - #FFFFFF

* Azul

PANTONE 300

RGB – (0,94,184)

Hex - #005eb8.»

Mediante escrito con entrada en el Registro de esta Consejería el 18 de enero de 2021, se solicitó por esta Entidad Local la inscripción de su bandera municipal en el Registro Andaluz de Entidades Locales, de conformidad con lo establecido en los artículos 17 y 18 de la expresada ley, según los cuales el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el referido Registro.

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, en el artículo 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales, y en el artículo 14.1.d) del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales de la bandera del Municipio de Casarabonela (Málaga), con la descripción indicada y con la imagen que obra en el expediente.

Segundo. Modificar, en consecuencia, la correspondiente inscripción registral del Municipio de Casarabonela (Málaga) en el mencionado Registro, para incluir dicho símbolo municipal.

Tercero. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 28 de enero de 2021.- El Director General, Joaquín José López-Sidro Gil.

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