Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 24 de 05/02/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Decreto 83/2021, de 2 de febrero, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Salud y Familias.

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La Ley 17/1999, de 28 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas, en su artículo 39 dispone la creación de la especialidad de Inspección de Prestaciones y Servicios Sanitarios en el Cuerpo Superior Facultativo de la Junta de Andalucía y de la especialidad de Subinspección de Prestaciones y Servicios Sanitarios en el Cuerpo de Técnicos/as de Grado Medio de la Junta de Andalucía y establece que, por Decreto del Consejo de Gobierno, se desarrollarán las funciones atribuidas a estas especialidades y se aprobará la relación de puestos de trabajo con sus tipos, denominaciones, dotaciones y formas de provisión.

Mediante el Decreto 224/2005, de 18 de octubre, se aprobó el Reglamento de Ordenación de la Inspección de Servicios Sanitarios de la Junta de Andalucía que tiene por objeto regular la organización, funcionamiento y ámbito de actuación de la Inspección de Servicios Sanitarios de la Junta de Andalucía, así como establecer las peculiaridades aplicables al Cuerpo Superior Facultativo, Especialidad de Inspección de Prestaciones y Servicios Sanitarios y al Cuerpo de Técnicos/as de Grado Medio, Especialidad de Subinspección de Prestaciones y Servicios Sanitarios.

En la disposición transitoria única del citado Decreto 224/2005, de 18 de octubre, se establece que hasta tanto fuera aprobada la Relación de Puestos de Trabajo de la Inspección de Servicios Sanitarios, se mantendría la vigencia de la plantilla orgánica establecida en los Anexos III y IV del Decreto 156/1996, de 7 de mayo, sobre Ordenación de la Inspección de Prestaciones y Servicios Sanitarios de la Junta de Andalucía.

Por todo ello, mediante la presente modificación de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía se procede a incorporar a la misma los puestos de trabajo existentes en la actual plantilla orgánica de la Inspección de Servicios Sanitarios de la Junta de Andalucía. Estos puestos de trabajo se adscriben en exclusiva a la Especialidad de Inspección de Prestaciones y Servicios Sanitarios o a la Especialidad de Subinspección de Prestaciones y Servicios Sanitarios.

Los puestos de trabajo creados se corresponden con la estructura vigente de la Inspección de Servicios Sanitarios establecida en el Reglamento de Ordenación de la Inspección de Servicios Sanitarios de la Junta de Andalucía y ha resultado necesario adecuar las características de los puestos de trabajo, los factores reconocidos y las cuantías de complemento específico para asimilarlos a puestos de la relación de puestos de trabajo de análogo contenido, ya que las características de los mismos en la anterior plantilla orgánica fueron fijadas en el Anexo III del Decreto 156/1996, de 7 de mayo.

Por un lado, se crean los puestos de trabajo de la Inspección de Servicios Sanitarios y de la Subinspección de Servicios Sanitarios en el ámbito de la Inspección Central y las Inspecciones Provinciales con el mismo complemento de destino que presentaban en la anterior plantilla orgánica y con un complemento específico actualizado, el que añade el factor de especial dedicación, por lo que se reconocen los factores de especial responsabilidad, especial dificultad técnica, incompatibilidad, especial dedicación y peligrosidad/penosidad, lo que implica la actualización de las correspondientes cuantías del complemento específico de los puestos.

Por otro lado, en aquellos puestos de trabajo en los que resulta necesario para su desempeño, se incluyen titulaciones académicas diferenciadas de Licenciatura o Grado en Medicina o de Licenciatura o Grado en Farmacia que se corresponden, respectivamente, con la opción de acceso a la Inspección Médica o con la opción de acceso Inspección Farmacéutica de la Especialidad de Inspección de Prestaciones y Servicios Sanitarios.

Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante la representación de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 162/2006, de 12 de septiembre, por el que se regulan la memoria económica y el informe en las actuaciones con incidencia económico-financiera, la Dirección General de Presupuestos ha emitido informe favorable a esta modificación.

La presente modificación de la relación de puestos de trabajo supone la modificación de la plantilla presupuestaria debido al incremento del coste económico de puestos de trabajo dotados, en los términos previstos en los apartados 6 y 7 del artículo 26 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta del Consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 2 de febrero de 2021,

D I S P O N G O

Artículo 1. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Salud y Familias.

La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Salud y Familias queda modificada en los términos indicados en el Anexo I.

Artículo 2. Adscripción del personal afectado por la modificación de los puestos de trabajo.

El personal afectado por la modificación de los puestos de trabajo queda adscrito al puesto de trabajo referido en el Anexo II con el carácter de ocupación establecido en el mismo.

Artículo 3. Modificación de la plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Salud y Familias.

La plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Salud y Familias se modifica en su coste económico, en los términos indicados en el Anexo I.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos económicos y administrativos derivados de la modificación de la relación de puestos de trabajo se producirán a partir del día 1 del mes siguiente al de su publicación.

Sevilla, 2 de febrero de 2021

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
ELÍAS BENDODO BENASAYAG

Consejero de la Presidencia,
Administración Pública e Interior
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