Resolución de 29 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se registra y publica el Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo vigente de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, de 29 de septiembre de 2021, por el que se modifica el apartado 7 del artículo 28 del V Convenio Colectivo interprovincial de la empresa.
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Visto el Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo vigente de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, de 29 de septiembre de 2021, por el que se modifica el apartado 7 del artículo 28 del V Convenio Colectivo interprovincial de la empresa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
RESUELVO
Primero. Ordenar la inscripción del citado Acuerdo en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos dependiente de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 29 de noviembre de 2021.- La Directora General, Beatriz Barranco Montes.
ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO VIGENTE DE LA AGENCIA DE GESTIÓN AGRARIA Y PESQUERA DE ANDALUCÍA, POR EL QUE SE MODIFICA EL ARTÍCULO 28
La Comisión Negociadora del V Convenio Colectivo Interprovincial de la Empresa Pública Desarrollo Agrario y Pesquero, S.A., y sus trabajadores, Resolución de 28 de julio de 2009, de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, por la que se ordena la inscripción, depósito y publicación del Convenio Colectivo de la Empresa Pública Desarrollo Agrario y Pesquero, S.A., en el que quedó subrogada la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, en virtud de los dispuesto en la letra e) del apartado 1 de la disposición adicional cuarta de la Ley 1/2011, de 17 febrero, de ordenación del sector público de Andalucía, y de conformidad con lo establecido en el artículo 86.3 del Estatuto de los Trabajadores, en sesión celebrada el día 29 de septiembre de 2021, adopta el presente acuerdo, cuya cláusula se insertan a continuación, que modifica la redacción del artículo de dicho convenio, que queda redactado del siguiente modo:
1.º El apartado 7 del artículo 28 se modifica quedando redactado del siguiente modo:
«Durante el primer año, todos tendrán derecho a la reserva de su puesto de trabajo; excepto en los casos previstos en los apartados 1, 3, 4 y 5, que la tendrán durante el tiempo que dure la excedencia.»
Disposición final. Entrada en vigor. El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
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