Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 241 de 17/12/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico

Resolución de 3 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de Innovación Cultural y Museos, por la que se acuerda la apertura del trámite de información pública del proyecto de orden por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la producción de proyectos de largometrajes, de documentales y de otras obras audiovisuales en Andalucía.

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El artículo 45.1.b) y c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, regula el procedimiento de elaboración de los reglamentos, disponiendo en la letra b) que a lo largo del proceso de elaboración de los reglamentos deberán recabarse cuantos estudios y consultas se estimen convenientes para garantizar el acierto y la legalidad de la disposición, y la letra c) del citado precepto establece un trámite de audiencia a la ciudadanía para las disposiciones que afecten a sus derechos e intereses legítimos, bien directamente, bien a través de las organizaciones y asociaciones reconocidas por la ley que las agrupen o representen y cuyos fines guarden relación directa con el objeto de la disposición.

Asimismo, el artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que cuando la norma afecte a los derechos e intereses legítimos de las personas, el centro directivo competente publicará el texto en el portal web correspondiente, con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades. Podrá también recabarse directamente la opinión de las organizaciones o asociaciones reconocidas por ley que agrupen o representen a las personas cuyos derechos o intereses legítimos se vieren afectados por la norma cuyos fines guarden relación directa con su objeto.

Por su parte, el apartado tercero del citado artículo 133, dispone que «La consulta, audiencia e información pública reguladas en este artículo deberán realizarse de forma tal que los potenciales destinatarios de la norma y quienes realicen aportaciones sobre ella tengan la posibilidad de emitir su opinión, para lo cual deberá ponerse a su disposición los documentos necesarios, que serán claros y concisos, y reunir toda la información precisa para poder pronunciarse sobre la materia».

Esta Consejería, en el ejercicio de sus políticas de fomento y promoción en los diversos ámbitos de la cultura de Andalucía, es consciente de la importancia que tiene el sector audiovisual en la sociedad actual y de cómo el desarrollo de su actividad favorece el enriquecimiento cultural y económico en nuestra Comunidad Autónoma.

En este sentido, en los últimos años esta Consejería, con el objetivo de fomentar y promocionar el sector audiovisual en Andalucía, ha aprobado, entre otras, la Orden de 1 de agosto de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la producción de largometrajes en Andalucía, y la Orden de 19 de mayo de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la producción de documentales en Andalucía.

No obstante, las convocatorias del procedimiento de concesión de las subvenciones anteriores han puesto de manifiesto la necesidad de introducir mejoras para adecuar los requisitos y demás exigencias previstas en las bases a las características especiales de los Proyectos audiovisuales que se presentan así como al funcionamiento dinámico de la industria cinematográfica y audiovisual. Asimismo, a fin de prestar un servicio efectivo a la ciudadanía, resulta primordial avanzar en el proceso de simplificación y de reducción de cargas administrativas en el procedimiento de gestión de las subvenciones mediante la eliminación de obligaciones innecesarias.

La repercusión que con respecto a la ciudadanía andaluza va a desplegar el presente proyecto hace conveniente que el texto se someta a la mayor difusión posible, al objeto de que la ciudadanía, personalmente o a través de organizaciones y asociaciones que la representen, lo conozca y pueda realizar las observaciones que estime oportunas sobre su contenido.

De conformidad con lo expuesto anteriormente, de conformidad con lo previsto en los artículos 43.5 y 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, así como en el artículo 133.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, a efectos de garantizar un mayor acierto en la confección final del texto que pretende aprobarse para que el mismo cuente con una amplia participación del sector al que va dirigida la norma, y atendiendo el correspondiente mandato del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía,

RESUELVO

Primero. Someter el proyecto de orden por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la producción de proyectos de largometrajes, de documentales y de otras obras audiovisuales en Andalucía al trámite de información pública, durante el plazo de quince días, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Segundo. El texto del proyecto de orden quedará expuesto, durante dicho plazo, para general conocimiento, en formato digital, en el Portal de la Junta de Andalucía mediante el punto de acceso identificado con la expresión «Participación pública en proyectos normativos»:

https://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/normativa/audiencia-informacion.html

así como en la Sección de Transparencia del Portal de la Junta de Andalucía, dentro del apartado información jurídica, documentos sometidos a información pública, al que se puede acceder a través del siguiente enlace:

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/ 228094.html

Tercero. Las aportaciones que se deseen formular al proyecto de orden deberán dirigirse a la Secretaría General de Innovación Cultural y Museos (indicando el Número de Identificación Fiscal y el nombre y apellidos de las personas físicas y en el caso de las personas jurídicas, su denominación y CIF) y se presentarán en formato digital y abierto en la dirección de correo electrónico:

informacionpublica.sgicym.ccph@juntadeandalucia.es

Sevilla, 3 de diciembre de 2021.- La Secretaria General, Mar Sánchez Estrella.

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