Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 247 de 27/12/2021

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 20 de diciembre de 2021, de la Universidad de Sevilla, por la que se acuerda publicar la Oferta de Empleo Público (OEP) del Personal de Administración y Servicios para el año 2021.

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Establece el art. 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de Empleo Público, la cual se aprobará anualmente por los órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas y será objeto de publicación en el diario oficial correspondiente. La Ley 11/2020, de 30 de diciembre (BOE núm. 341, de 31 de diciembre), de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, en artículo 19.Uno.3.I, fija en un máximo del 110% la tasa de reposición aplicable a las plazas del Personal de Administración y Servicios de las Universidades, siempre que por parte de las Administraciones Públicas de las que dependan se autoricen las correspondientes convocatorias, previa acreditación de que la Oferta de Empleo Público de las citadas plazas no afecta al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria establecidos para la correspondiente Universidad, ni de los demás límites fijados en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Por otro lado, el art. 19.Uno.7 de la mencionada Ley de Presupuestos Generales del Estado establece que para calcular la tasa de reposición de efectivos el porcentaje de tasa máximo autorizado se aplicará sobre la diferencia entre el número de empleados fijos que, durante el ejercicio presupuestario anterior, dejaron de prestar servicios y el número de empleados fijos que se hubieran incorporado en el referido ejercicio, por cualquier causa, excepto los procedentes de ofertas de empleo público, o reingresado desde situaciones que no conlleven la reserva de puestos de trabajo. A estos efectos, se computarán los ceses por jubilación, retiro, fallecimiento, renuncia, declaración en situación de excedencia sin reserva de puesto de trabajo, pérdida de la condición de funcionario de carrera o la extinción del contrato de trabajo, o en cualquier otra situación administrativa que no suponga la reserva de puesto de trabajo o la percepción de retribuciones con cargo a la Administración en la que se cesa. Igualmente, se tendrán en cuenta las altas y bajas producidas por los concursos de traslados a otras Administraciones Públicas.

Por otra parte, el apartado dos.a) del mismo artículo 19 dispone que la validez de la tasa autorizada estará condicionada a que las plazas resultantes se incluyan en una Oferta de Empleo Público que, de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 70 del EBEP, deberá ser aprobada por los respectivos órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas y publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, de la Comunidad Autónoma o, en su caso, del Estado, antes de la finalización de cada año.

El Consejo de Gobierno de la Universidad de Sevilla en su sesión celebrada el 20 de diciembre de 2021, previa negociación con los órganos de representación del personal funcionario y laboral, ha aprobado la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2021 de plazas de Personal de Administración y Servicios, conforme a la tasa de reposición aplicable.

De acuerdo con la fórmula de cálculo establecida por el apartado Uno.7 del citado artículo 19 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, corresponde a la Universidad de Sevilla una tasa de reposición de 66 plazas, de las cuales 39 pertenecen a personal laboral y 27 a personal funcionario.

En su virtud, y visto el Acuerdo adoptado por Consejo de Gobierno de la Universidad de Sevilla, de fecha 20 de diciembre de 2021, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de Personal de Administración y Servicios,

RESUELVO

Primero. Publicar la Oferta de Empleo Público del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla para el año 2021 en los términos que constan en el Anexo I.

Segundo. Las convocatorias de dichas plazas se llevarán a efecto conforme a lo dispuesto en el art. 70 del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, dentro del plazo en el mismo contemplado y la publicidad prevista en dicha norma, el Reglamento General del PAS de la Universidad de Sevilla y el IV Convenio Colectivo del PAS Laboral de las Universidades Públicas Andaluzas, reservándose el cupo legalmente establecido para personas con discapacidad.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla, 20 de diciembre de 2021.- El Rector, Miguel Ángel Castro Arroyo.

ANEXO I

RELACIÓN DE PLAZAS INCLUIDAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA PARA EL AÑO 2021

A) PAS FUNCIONARIO

Subgrupo Escala NÚM. DE PLAZAS
A2 Gestión (especialidad informática) 3
C1 Administrativa (especialidad informática) 3
C2 Auxiliar 21

B) PAS LABORAL

Grupo Categoría NÚM. DE PLAZAS
I Titulado Superior 1
II Titulado Grado Medio 3
III Técnico Especialista 14
IV Técnico Auxiliar 21

Del total de plazas que se ofertan, se reserva un cupo no inferior al 10 por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 4 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, reservando dentro de dicho cupo un porcentaje específico del 2 por ciento para personas con discapacidad intelectual y un 1 por ciento para personas con enfermedad mental que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento; siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas. Todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en las condiciones que se establecen en el artículo 28 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía.

Esta reserva se concreta de la siguiente forma:

Subgrupo/Grupo Escala/Categoría Discapacidad general Discapacidad intelectual Discapacidad mental
C2 Auxiliar (funcionario) 2 1 0
IV Técnico Auxiliar (laboral) 2 1 1
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