Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 26 de 09/02/2021

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 18 de junio de 2020, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Jerez de la Frontera, dimanante de autos núm. 1460/2018. (PP. 2080/2020).

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NIG: 1102042120180008149.

Procedimiento: Procedimiento ordinario 1460/2018. Negociado: 03.

Sobre: Préstamo (At. 1740-1757 CC).

De: Volkswagen Finance, S.A., E.F.C.

Procurador Sr.: Manuel Francisco Agarrado Luna.

Contra: Don Julio Manuel Carrasco Jiménez.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1460/2018 seguido a instancia de Volkswagen Finance, S.A., E.F.C., frente a Julio Manuel Carrasco Jiménez se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 8/2020.

En Jerez de la Frontera, a catorce de enero de dos mil veinte.

La Sra. doña María Caridad Moreira Lanseros, Magistrado/Juez del Juzgado Primera Instancia núm. Dos de Jerez y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Ordinario seguidos en este Juzgado con el núm. 1.460/2018, entre partes, de una como demandante Volkswagen Finance, S.A., E.F.C. con Procurador don Manuel Francisco Agarrado Luna y letrado don Carlos Manuel Calvo Pozo, y de otra como demandado don Julio Manuel Carrasco Jiménez, rebelde,

FALLO

Que estimando como estimo la demanda origen de estos autos interpuesta por Volkswagen Finance, S.A., E.F.C., contra don Julio Manuel Carrasco Jiménez, rebelde, debo condenar y condeno a dicho demandado a que abone a la actora la cantidad de diecisiete mil setecientos seis con noventa y cuatro euros (17.706,94 €), más el interés legal devengado desde la fecha de la interpelación judicial, y con imposición al mismo de las costas causadas en esta instancia.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el término de veinte días.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicaciòn. Leída y publicada fue la anterior Sentencia por el/la Sr./Sra Juez de la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Jerez.

Y encontrándose dicho demandado, Julio Manuel Carrasco Jiménez, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Jerez de la Frontera a dieciocho de junio de dos mil veinte.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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