Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 28 de 11/02/2021

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 19 de enero de 2021, del Juzgado de Primera Instancia núm. Veinte de Sevilla, dimanante de autos núm. 285/2019. (PP. 149/2021).

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NIG: 4109142120190009722.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 285/2019. Negociado: 2T.

Sobre: Posesión (arts. 430-466 CC).

De: Buildingcenter, S.A.U.

Procurador: Sr. Mauricio Gordillo Alcalá.

Letrada: Sra. María José Cabezas Urbano.

Contra: Ignorados ocupantes calle Torre Beleña, núm. 9, planta baja, puerta A, Sevilla.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el presente procedimiento Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 285/2019 seguido a instancia de Buildingcenter, S.A.U., frente a ignorados ocupantes calle Torre Beleña, núm. 9, planta baja, puerta A, Sevilla, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA Núm. 226/2019

En Sevilla, a veinte de diciembre de dos mil diecinueve.

Vistos por don Antonio Jesús Cubero Gómez, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Veinte de Sevilla y su partido judicial, los autos del juicio verbal de desahucio núm. 285/2019 a instancia de Buildingcenter, S.A.U., representada por el Procurador don Mauricio Gordillo Alcalá y asistida por la Letrada doña María José Cabezas Urbano, contra ignorados ocupantes, en situación procesal de rebeldía, sobre desahucio por precario, y de acuerdo con los siguientes

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador don Mauricio Gordillo Alcalá, en nombre y representación de Buildingcenter, S.A.U., contra los ignorados ocupantes del inmueble de la calle Torre Beleña, núm. 9, planta baja, puerta A, de Sevilla.

Primero. Declaro haber lugar al desahucio por precario y condeno a los demandados a que desalojen y pongan a disposición de la actora el inmueble de la calle Torre Beleña, núm. 9, planta baja, puerta A, de Sevilla, con apercibimiento de lanzamiento si no lo verificaran en el plazo legal.

Segundo. Todo ello se entiende con expresa imposición a los demandados de las costas procesales.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación, mediante escrito en el que deberá exponer las alegaciones en las que base su impugnación además de citar los pronunciamientos que se impugnan ante este Juzgado en el plazo de veinte días, contados a partir del siguiente al de su notificación, y para su resolución por la Audiencia Provincial de Sevilla.

Y como consecuencia del ignorado paradero de ignorados ocupantes calle Torre Beleña, núm. 9, planta baja, puerta A, Sevilla, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Sevilla a diecinueve de enero de dos mil veintiuno.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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