Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 28 de 11/02/2021

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Salud y Familias

Resolución de 4 de febrero de 2021, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Médico/a de Familia de Atención Primaria, por el sistema de acceso libre.

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De conformidad con lo establecido en las bases 12 y 13 del Anexo I de la Resolución de 31 de enero de 2018, de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 25, de 5 de febrero), por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de regir los procesos selectivos de concurso-oposición por el sistema de acceso libre para cubrir plazas básicas vacantes de categorías y especialidades en desarrollo de las Ofertas de Empleo Público de los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud aprobadas mediante el Decreto 130/2017, de 1 de agosto, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2017 de los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y mediante el Decreto 213/2017, de 26 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración de la Junta de Andalucía, y en uso de las atribuciones que tiene conferidas en virtud del artículo 16 de la Orden de 23 de noviembre de 2020, por la que se establecen medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria en el ámbito del Servicio Andaluz de Salud, en el marco de lo establecido en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2, y en virtud de lo dispuesto en el Decreto 136/2001, de 12 de junio (BOJA núm. 80, de 14 de julio), modificado por el Decreto 176/2006, de 10 de octubre (BOJA núm. 209, de 27 de octubre), por el que se regulan los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y en el Decreto 105/2019, de 12 de febrero (BOJA núm. 31, de 14 de febrero), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud, modificado por el Decreto 3/2020, de 14 de enero (BOJA núm. 10, de 16 de enero), por el que se modifica el Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud, para redistribuir las funciones asignadas a algunos órganos de la Consejería y del Servicio Andaluz de Salud, esta Dirección General

RESUELVE

Primero. Nombrar personal estatutario fijo a las personas aspirantes que han superado el concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, en la categoría de Médico/a de Familia de Atención Primaria que se relacionan en el Anexo I de esta resolución con expresión del centro de destino adjudicado.

Nombrar personal estatutario fijo a las personas aspirantes que han superado el concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, en la categoría de Médico/a de Familia de Atención Primaria que se relacionan Anexo II que, habiendo superado el presente concurso-oposición, han sido nombradas personal estatutario fijo en el concurso oposición de esta misma categoría que fue convocado mediante Resolución de 20 de septiembre de 2016, de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de Médico/a de Familia de Atención Primaria dependientes del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 182, de 21 de septiembre), y que han obtenido en dicho proceso selectivo idéntico destino al que le hubiera correspondido en el presente proceso selectivo, conforme al orden de solicitud de destino por ellos realizado en el primer proceso selectivo convocado mediante la citada Resolución de 20 de septiembre de 2016.

Nombrar personal estatutario fijo a las personas aspirantes que han superado el concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, en la categoría de Médico/a de Familia de Atención Primaria que se relacionan Anexo III que, habiendo superado el presente concurso-oposición, han sido nombradas personal estatutario fijo en el concurso oposición de esta misma categoría que fue convocado mediante Resolución de 20 de septiembre de 2016, de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de Médico/a de Familia de Atención Primaria dependientes del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 182, de 21 de septiembre), que han obtenido en dicho proceso selectivo mejor destino al que le hubiera correspondido en el presente proceso selectivo, conforme al orden de solicitud de destino por ellos realizado en el primer proceso selectivo convocado mediante la citada Resolución de 20 de septiembre de 2016.

Nombrar personal estatutario fijo a las personas aspirantes que han superado el concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, en la categoría de Médico/a de Familia de Atención Primaria que se relacionan Anexo IV que, habiendo superado el presente concurso-oposición, no han realizado la solicitud de petición de centro de destino en el plazo establecido en la Resolución de 11 de diciembre 2020, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 244, de 21 de diciembre), con corrección de errores publicada en el BOJA núm. 6, de 12 de enero de 2021, por la que se aprueban las listas definitivas de personas aspirantes que han superado el concurso-oposición de Médico/a de Familia de Atención Primaria por el sistema de acceso libre, se anuncia la publicación de dichas listas, se indica la relación de las plazas que se ofertan y se inicia el plazo para solicitar destino. Dado por tramitado y finalizado el previo trámite de petición de centro de destino, a dichos aspirantes se les adjudicará destino en el proceso de adjudicación previsto en el artículo 16 de la Orden de 23 de noviembre de 2020, por la que se establecen medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria en el ámbito del Servicio Andaluz de Salud, en el marco de lo establecido en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2,  adjudicación que será aprobada por Resolución de esta Dirección General de Personal y publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

De conformidad con lo establecido en la base 12.1 del Anexo de las Bases Generales, las plazas ofertadas han sido adjudicadas atendiendo a los centros de destino solicitados por las personas aspirantes que han superado el concurso-oposición y al orden determinado por la puntuación obtenida en el mismo, y conforme a lo establecido en la base 12.2 para quienes dentro del plazo fijado no han solicitado plaza, sin perjuicio de lo establecido en la base 11.2 del Anexo de las Bases Generales respecto a las personas aspirantes que participan por la reserva de plazas para personas con discapacidad.

Segundo. Publicar como Anexo V relación complementaria de las personas aspirantes que sigan a las propuestas, para su posible nombramiento como Personal Estatutario fijo, las cuales en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día hábil siguiente al de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, deberán presentar la solicitud de Petición de centro de destino de forma electrónica, a través del formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de petición de destinos de la Ventanilla Electrónica de la persona Candidata (VEC) disponible en la página web del Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud). Todo ello de conformidad con el artículo 16 de la Orden de 23 de noviembre de 2020, por la que se establecen medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria en el ámbito del Servicio Andaluz de Salud, en el marco de lo establecido en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el  SARS-COV-2.

En virtud de lo dispuesto en la base 11.1 del Anexo I de las bases generales, y al objeto de garantizar la obtención de un centro de destino de entre los solicitados, todas las personas aspirantes incluidas en la relación complementaria del Anexo V, con independencia de la puntuación obtenida, han de solicitar por orden de preferencia todos los centros de destinos ofertados especificando para ello los códigos de centros.

En dicha solicitud de petición de centro de destino la persona aspirante declarará bajo su responsabilidad que:

a) No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.

b) No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. Podrá autorizar la consulta en el Registro Central de delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia o aportar original de la certificación negativa en vigor del mismo en el acto de toma de posesión.

c) No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus funciones. Y las personas aspirantes que tengan reconocida la condición de discapacidad, que poseen la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de la categoría/especialidad a la que se opta, lo acreditará mediante la presentación del original del certificado médico en vigor en el acto de toma de posesión.

Las personas aspirantes que concurran por el cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad podrán solicitar la alteración del orden de prelación establecido para la elección de plaza y demandar un ámbito territorial concreto, alegando para ello motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento y otros análogos. La Dirección General de Personal resolverá, en cada caso, en función de la discapacidad acreditada y los cuidados que requiera la persona con discapacidad, limitando la alteración del citado orden de prelación al mínimo requerido para posibilitar la elección de plaza a la persona con discapacidad. La Dirección General de Personal podrá solicitar a la persona aspirante los informes y certificados que estime precisos, así como requerir informe a órganos técnicos, sanitarios o asistenciales. La dependencia personal solo podrá ser acreditada mediante resolución de reconocimiento de la situación de dependencia, emitida por la Consejería competente en materia de discapacidad de la Junta de Andalucía u órgano equivalente de otra Comunidad autónoma, en la que se indique el grado y nivel de dependencia reconocido de conformidad con el Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero (BOE núm. 42, de 18 de febrero), y el Decreto 168/2007, de 12 de junio (BOJA núm. 119,  de 18 de junio), en el ámbito de la Comunidad Autónoma Andaluza. La dificultad de desplazamiento, entendida como limitación para trasladar el domicilio habitual, deberá ser consecuencia de la discapacidad reconocida y será acreditada, al menos, mediante el Dictamen Técnico Facultativo emitido, en el procedimiento de reconocimiento del grado de discapacidad, por alguno de los Centros de Valoración y Orientación de la Consejería competente en la materia de la Junta de Andalucía u órgano equivalente de otra Comunidad Autónoma, de conformidad con el R.D. 1971/1999, de 23 de diciembre (BOE núm. 22, de 26 de enero de 2000). La persona aspirante deberá acompañar dicho dictamen de los informes médicos, psicológicos y/o sociales que considere oportuno.

La petición de centro de destino y las declaraciones responsables requeridas en la presente resolución deberán ser presentadas de forma electrónica a través de la VEC, acreditándose a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y clave de acceso). Una vez cumplimentada el formulario de registro en todos sus extremos, la persona interesada firmará electrónicamente y realizará el registro telemático de la petición de destino, generándose automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados en el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y el no rechazo de la misma.

La documentación acreditativa de la dependencia personal y/o dificultades de desplazamiento deberá ser presentada, de forma electrónica a través del Registro Telemático de la Junta de Andalucía (Presentación Electrónica General), al que se accederá desde la web https://juntadeandalucia.es/servicios.html accediendo con el certificado digital emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

Finalizado el plazo de presentación de la petición de destinos, no se admitirán modificaciones en la relación de destinos solicitados.

Tercero. Publicar las solicitudes concedidas de alteración del orden de prelación establecido para la elección de plaza de las personas aspirantes que figuran relacionadas en el Anexo VI de conformidad con lo establecido en la base 11.2 del anexo de las Bases Generales.

Cuarto. Publicar las solicitudes denegadas de alteración del orden de prelación establecido para la elección de plaza de las personas aspirantes que figuran relacionadas en el Anexo VII de conformidad con lo establecido en la base 11.2 del anexo de las Bases Generales, al haberse adjudicado el primer destino solicitado, o destino en el ámbito geográfico demandado o no acreditar dependencia personal ni dificultades de desplazamiento, entendida esta como limitación relevante para trasladar el domicilio habitual, por lo que no procede acceder a la alteración de orden solicitada.

Quinto. De conformidad a lo establecido en la base 13.2 del anexo de las bases generales, el plazo de toma de posesión será de un mes improrrogable, a contar desde el día establecido en la resolución de esta Dirección General de Personal, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, por la que se reanudará el cómputo de los plazos suspendidos de toma de posesión en virtud del artículo 15 de la Orden de 23 de noviembre de 2020, por la que se establecen medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria en el ámbito del Servicio Andaluz de Salud, en el marco de lo establecido en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2 (BOJA extr. núm. 81, de 23 de noviembre). Perderán los derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas quienes, transcurrido dicho plazo, no se hayan incorporado a su destino, salvo causa justificada así apreciada por esta Dirección General.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de Granada, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 4 de febrero de 2021.- La Directora General, Pilar Bartolomé Hernández.

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