Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 30 de 15/02/2021

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 20 de enero de 2021, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Seis de El Ejido, dimanante de autos núm. 435/2019. (PP. 192/2021).

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NIG: 0490200120190003031.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 435/2019. Negociado: C1.

Juzgado de procedencia:

Procedimiento Origen: Posesión (Art 430-466 CC).

De: Criteria Caixa, S.A.U.

Procurador: Sr. Mauricio Gordillo Alcalá.

Contra: Ignorados ocupantes calle San Agustín, núm. 97, planta baja, Las Norias (El Ejido).

E D I C T O

En el presente procedimiento Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 435/20098, seguido a instancia de Criteria Caixa, S.A.U., frente a ignorados ocupantes calle San Agustín, núm. 97, planta baja, Las Norias (El Ejido) se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA Núm. 5/2021

En El Ejido, a 19 de enero de 2021.

Vistas por mí, don Salvador Alcalde Parje, Juez sustituto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Seis de esta ciudad y de su partido judicial las presentes actuaciones de Juicio Verbal registradas con el núm. 435/2019, seguidos a instancia de Criteria Caixa, S.A.U., contra ignorados ocupantes calle San Agustín, núm. 97, planta baja, Las Norias (El Ejido).

FALLO

Estimo la demanda interpuesta por don Mauricio Gordillo Alcalá, en representación procesal de la mercantil Criteria Caixa, S.A.U., contra los ignorados ocupantes de la vivienda sita en la calle San Agustín, núm. 97, planta baja de El Ejido, Almería (C.P. 04716). y, por ende:

1. Declaro el desahucio por precario de dicha vivienda, condenando a los ignorados ocupantes de la finca sita en la calle San Agustín, núm. 97, planta baja, de El Ejido, Almería (C.P. 04716), y a estar y pasar por esta declaración y a desalojar la mencionada vivienda, dejándola libre, vacua y expedita y a disposición de la actora dentro del plazo legal, con apercibimiento expreso de lanzamiento si no lo hicieran.

2. Condeno a los demandados al pago de las costas procesales causadas en el presente procedimiento.

Y encontrándose dicho demandado, ignorados ocupantes calle Patricios, s/n, PB, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En El Ejido, a veinte de enero de dos mil veintiuno.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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