Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00185727.
NIG: 2305042120190012473.
Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 1770/2019. Negociado: G1.
Sobre: Contratos en general.
De: Helvetia Compañía Suiza, S.A.
Procuradora: Sra. María Oliva Moral Carazo.
Contra: Mulcosur, S.L.U.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Juicio Verbal núm. 1770/2019 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Jaén a instancia de Helvetia Compañía Suiza, S.A., contra Mulcosur, S.L.U., se ha dictado la sentencia de fecha 30.4.20 contra la que no cabe interponer recurso alguno y cuya copia queda a disposición de las partes en la Secretaría del Juzgado.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada, Mulcosur, S.L.U., extiendo y firmo la presente en Jaén, a diecinueve de enero de dos mil veintiuno.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»
Descargar PDF