Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 36 de 23/02/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Resolución de 11 de febrero de 2021, conjunta de la Intervención General de la Junta de Andalucía y de la Dirección General de Estrategia Digital y Gobierno Abierto, por la que se implanta la factura electrónica y el registro contable de facturas de la Administración de la Junta de Andalucía en las entidades que se indican.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00186721.

De conformidad con la la disposición transitoria única de la Orden del 29 de enero de 2015, por la que se regula el punto general de entrada de facturas electrónicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el uso de la factura electrónica en la Administración de la Junta de Andalucía y en las entidades del sector público andaluz, la Intervención General de la Junta de Andalucía y la Dirección General de Estrategia Digital y Gobierno Abierto, conjuntamente,

RESUELVEN

Primero. Establecer el día 1 de marzo de 2021 como fecha de implantación efectiva de la factura electrónica en las entidades del sector público que se enumeran a continuación:

a) Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A.

Desde ese momento le será de aplicación la Orden de 29 de enero de 2015, por la que se regula el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el uso de la factura electrónica en la Administración de la Junta de Andalucía y en las entidades del sector público andaluz.

Segundo. Procedimiento de implantación.

El día 1 de marzo de 2021, la Consejería de Hacienda y Financiación Europea publicará las tripletas de dichas entidades en los puntos generales de entrada de facturas, tanto en el Autonómico como en el Estatal.

Tercero. Obligatoriedad del uso.

Los proveedores de las citadas entidades estarán obligados a emitir factura electrónica cuando concurran los supuestos previstos en el artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, y en el artículo 3 de la Orden, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 29 de enero de 2015.

Cuarto. Comunicación.

La presente resolución se comunicará a las personas que ejerzan la Dirección de las entidades del sector público que se citan, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 11 de febrero de 2021.- La Interventora General de la Junta de Andalucía, Amelia Martínez Sánchez; la Directora General de Estrategia Digital y Gobierno Abierto, María Gema Pérez Naranjo.

Descargar PDF