Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 4 de 08/01/2021

1. Disposiciones generales

Consejería de Salud y Familias

Acuerdo de 29 de diciembre de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se toma conocimiento del informe de situación elaborado por la Consejería de Salud y Familias sobre el Plan de Gestión para los años 2020-2022 derivado del Plan Andaluz de Cuidados Paliativos.

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El Estatuto de Autonomía para Andalucía establece en su artículo 10.3.7.º y 15.º, como dos de los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma, la mejora de la calidad de vida de los andaluces y andaluzas, mediante la protección de la naturaleza y del medio ambiente, la adecuada gestión del agua y la solidaridad interterritorial en su uso y distribución, junto con el desarrollo de los equipamientos sociales, educativos, culturales y sanitarios, así como la dotación de infraestructuras modernas, así como la especial atención a las personas en situación de dependencia. Igualmente, en su artículo 22, garantiza el derecho constitucional previsto en el artículo 43 de la Constitución Española a la protección de la salud. En su artículo 55.2, dispone que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia compartida en la ordenación, planificación, determinación, regulación y ejecución de los servicios y prestaciones sanitarias, sociosanitarias y de salud mental de carácter público en todos los niveles y para toda la población, la ordenación y la ejecución de las medidas destinadas a preservar, proteger y promover la salud pública en todos los ámbitos.

El Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud, establece como una de las competencias de la Consejería la de la ejecución de las directrices y los criterios generales de la política de salud, planificación, asistencia sanitaria, consumo, políticas de promoción de las familias, asignación de recursos a los diferentes programas y demarcaciones territoriales, alta dirección, inspección y evaluación de las actividades, centros y servicios sanitarios y aquellas otras competencias que le estén atribuidas por la legislación vigente. Igualmente, establece como competencias atribuidas a la Dirección General de Cuidados Sociosanitarios, el establecimiento de planes específicos de cuidados sociosanitarios para colectivos vulnerables o de especial necesidad.

En nuestra Comunidad Autónoma, el marco legislativo relacionado con los derechos de las personas en la última fase de la vida lo conforman la Ley 5/2003, del 9 de octubre, de Declaración de Voluntad Vital Anticipada, o la Ley 2/2010, de 8 de abril, de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de la muerte.

Desde los años 80, Andalucía dispone de recursos de cuidados paliativos en el seno de la sanidad pública, con unidades específicas y equipos de soporte domiciliario. Junto a ello, y en el marco del primer Plan de Calidad, se puso en marcha en el año 2002 el Proceso Asistencial Integrado Cuidados Paliativos. Asimismo, el Plan Integral de Oncología de Andalucía 2002-2006 incorpora los cuidados paliativos como una línea de actuación, favoreciendo el desarrollo de recursos destinados a este fin para pacientes en situación terminal, fundamentalmente por enfermedad oncológica, si bien se plantea también, al igual que en el proceso asistencial, para pacientes no oncológicos.

En este contexto se aprobó, en el año 2008, el Plan Andaluz de Cuidados Paliativos, que se configura como un instrumento que nace con el objetivo de proporcionar una atención integral que dé una respuesta adecuada a las necesidades de diversa índole –físicas, emocionales, sociales y espirituales, etc. que presentan las personas que se hallan en una situación terminal, así como a sus familiares, procurándoles el máximo grado de bienestar y calidad de vida posibles, siempre dentro del respeto a la dignidad y voluntad personal en el que es su último periodo vital.

Los cuidados paliativos deben ser prestados por todos los profesionales del Sistema Sanitario Público de Andalucía con la ayuda de equipos especializados que dan soporte tanto en el ámbito domiciliario como en el hospitalario. Este modelo de atención compartida es el que preconiza la Organización Mundial de la Salud, así como la Comisión Europea la Estrategia Nacional de Cuidados Paliativos, así como el Plan Andaluz de Cuidados Paliativos. Modelo cuya efectividad y eficiencia está avalada por numerosas evidencias.

Una de las prioridades del actual gobierno andaluz es la de impulsar y desarrollar los cuidados paliativos mejorando la calidad de los mismos y la accesibilidad de la población a los mismos.

En virtud de ello, en febrero del presente año, se presentó el Plan de Gestión para los años 2020-2022, derivado del Plan Andaluz de Cuidados Paliativos, con el objetivo de abordar a corto plazo los problemas más prioritarios y que inciden de forma directa en la mejora de la equidad tanto en la accesibilidad como en la calidad de los cuidados prestados.

Este año ha sido especialmente duro para todo el Sistema Sanitario, incluido por tanto los cuidados paliativos, por ello está siendo mucho más complejo el dar respuesta a los retos organizativos y funcionales a los que nos enfrentamos. No obstante, se ha avanzado en temas muy complejos y que han necesitado de una visión de futuro y una apuesta decidida por toda la organización.

En virtud de ello, la Consejería de Salud y Familias ha elaborado un informe de situación del Plan de Gestión, actualizado a diciembre de este año, en el que se recoge cuál era la situación de partida de los cuidados paliativos en Andalucía, qué logros se han conseguido alcanzar, qué próximos hitos hay que llevar a cabo y qué aspectos hay que mejorar en esta materia, estableciendo para ello doce líneas de trabajo con sus correspondientes medidas.

Por tanto, teniendo en cuenta la trascendencia que tiene el Plan Andaluz de Cuidados Paliativos en la calidad de vida de los pacientes que están en el último tránsito de su vida y la especial vulnerabilidad de los mismos, se considera oportuno y conveniente que el informe donde se refleja la situación actual de aplicación del Plan de Gestión 2020-2022 que deriva del mismo sea conocido por parte del Consejo de Gobierno.

En su virtud, de conformidad con el artículo 27.23 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Consejero de Salud y Familias, y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 29 de diciembre de 2020,

ACUERDA

Tomar conocimiento del informe de situación elaborado por la Consejería de Salud y Familias sobre el Plan de Gestión para los años 2020-2022 derivado del Plan Andaluz de Cuidados Paliativos, que se adjunta como anexo al presente acuerdo.

Sevilla, 29 de diciembre de 2020

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
JESÚS RAMÓN AGUIRRE MUÑOZ
Consejero de Salud y Familias
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