Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 41 de 03/03/2021

1. Disposiciones generales

Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico

Resolución de 25 de febrero de 2021, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca la presentación de proyectos para Flamenco Viene del Sur 2021 en teatros propios y Flamenco Viene del Sur 2021 en gira.

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En desarrollo de lo previsto en el artículo 46 de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado mediante Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, establece en su artículo 10.3.3 que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18 preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principios rectores, el libre acceso de todas las personas a la cultura y el respeto a la diversidad cultural, así como la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía. El artículo 68.1 establece que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva en materia de cultura que comprende las actividades artísticas y culturales que se lleven a cabo en Andalucía, así como el fomento de la cultura, en relación con el cual se incluye el fomento y la difusión de la creación y la producción teatrales, musicales, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28 de la Constitución. De manera expresa se recoge en el artículo 68.1 que corresponde asimismo a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de conocimiento, conservación, investigación, formación, promoción y difusión del flamenco como elemento singular del patrimonio cultural andaluz.

La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales (en adelante la Agencia), como entidad de Derecho Público adscrita a la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, tiene encomendadas, de conformidad con lo establecido en el apartado 2.º del artículo 6 de sus Estatutos, aprobados mediante Decreto 103/2011, de 19 de abril, la investigación, gestión, producción, fomento, formación y divulgación de las artes plásticas, las artes combinadas, las letras, el teatro y las artes escénicas, la música, la producción fonográfica, la danza, el folclore, el flamenco, la cinematografía las artes audiovisuales, y el desarrollo, comercialización y ejecución de programas, promociones y actividades culturales, por sí o mediante la colaboración o cooperación con otras personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.

El Instituto Andaluz del Flamenco es un órgano sin personalidad jurídica propia, encuadrado dentro de la Agencia. Este Instituto viene ejecutando, con una periodicidad anual, el programa «Flamenco Viene del Sur». El programa tiene por finalidad la programación de espectáculos de flamenco, en sus distintas manifestaciones de cante, baile y toque, en los espacios propios de la Agencia. En las convocatorias de este programa se contempla también la programación de espectáculos dirigidos al público infantil, que se enmarcarán en un Ciclo Didáctico especifico en el Teatro Cánovas de Málaga. Así mismo, se incluye en esta convocatoria el programa Flamenco Viene del Sur 2021 en gira. Mediante este programa, se pretende que la programación de los espectáculos seleccionados alcance a todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Por los motivos expuestos, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 15 de los mencionados Estatutos, aprobados mediante Decreto 103/2011, de 19 de abril,

R E S U E L V O

Primero. Objeto.

Esta resolución tiene por objeto convocar la presentación de ofertas de espectáculos de flamenco para formar parte del Catálogo de los programas «Flamenco Viene del Sur 2021, en teatros propios» y «Flamenco Viene del Sur 2021 en gira». El catálogo, servirá como base para el resto de las programaciones que se lleven a cabo en el 2021.

La Agencia suscribirá con cada licitador que resulte seleccionado el correspondiente contrato de representación pública, al amparo de lo dispuesto en el en los 25.1.a), 26.2, 118, y 168.a).2.º de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

Segundo. Requisitos de los participantes.

Podrán presentar su solicitud las empresas y compañías profesionales de flamenco, de carácter privado, constituidas en algunas de las figuras empresariales previstas por la ley, que representen o hayan producido espectáculos flamencos.

Tercero. Solicitud, lugar y plazo de presentación.

1. Las solicitudes se presentarán preferentemente por medios telemáticos, siendo la dirección electrónica a la que podrán dirigir las solicitudes la siguiente:

https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/AAIICC,

seleccionado el procedimiento asociado a esta convocatoria. Sin perjuicio de lo anterior, podrán presentarse además en los lugares a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

2. Para la presentación electrónica, las personas solicitantes podrán utilizar los sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada, basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores de servicios incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación», conforme a lo previsto en el artículo 10.2.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

3. La presentación de solicitudes a través del acceso a de la Ventanilla Electrónica de la Junta de Andalucía estará disponible a partir de la medianoche del mismo día en el que la convocatoria ha sido publicada en BOJA y hasta la fecha según el plazo establecido en esta convocatoria.

4. Los formularios de solicitud (Anexos I) que se publican conjuntamente con la Resolución de la convocatoria.

Podrá también presentarse mediante correo certificado o cualquiera de las vías establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso deberán comunicarlo al Instituto Andaluz del Flamenco mediante correo electrónico remitido a

oficina.flamencovienedelsur@juntadeandalucia.es.

5. El plazo de presentación de ofertas, será de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Contenido de la solicitud.

Además del formulario debidamente cumplimentado la solicitud se acompañarán de:

- Dossier del espectáculo.

- Necesidades de la ficha técnica del espectáculo.

- Enlaces a vídeos/audios completo o parcial del espectáculo que deberá tener el contenido suficiente para su valoración entre 5 y 10 minutos.

- Propuesta de oferta económica con caché estimativo, para los Teatros propios (incluido IVA).

- Propuesta de oferta económica con caché estimativo, para los Teatros que se adhieran al programa «Flamenco Viene del Sur 2021 en gira» (incluido IVA).

Quinto. Trámite de subsanación.

Si la solicitud presentada no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañara de la documentación preceptiva, se requerirá al interesado para que, en el plazo de cinco días hábiles subsane y/o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución.

El acto de subsanación se notificará de forma conjunta a todas las compañías interesadas, publicándose en la página web de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales. En todo caso, esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá sus mismos efectos. En caso de no presentar la documentación requerida en el plazo establecido, se le tendrá por desistido de su solicitud.

Sexto. Procedimiento de selección.

1. Las ofertas presentadas serán estudiadas por una Comisión Asesora que seleccionará los espectáculos que constituirán el Catálogo de espectáculos flamencos.

La Comisión Asesora, que se constituirá mediante resolución de la persona titular de la Dirección de la Agencia, estará presidida por la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz del Flamenco o persona que lo sustituya, y formada por al menos 5 vocales, expertos en la materia.

Las personas designadas no podrán estar vinculadas profesional o artísticamente con ninguna empresa productora o distribuidora de artes escénicas de la comunidad andaluza.

La Comisión estará asistida por una persona licenciada en derecho adscrita a la Agencia Andaluza, que actuará como secretario/a.

La composición de la comisión deberá respetar una representación equilibrada de hombres y mujeres en los términos previstos en el apartado 2 del artículo 18 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

2. La Agencia tendrá la potestad de determinar el número de espectáculos que finalmente formarán parte de la programación, en función de la valoración de la comisión asesora. Ésta selección responderá a criterios de pluralidad, valor artístico del espectáculo ofertado, trayectoria artística de sus intervinientes y adecuación al programa.

3. En el caso de la programación en los teatros propios de la Agencia, además de los seleccionados según el procedimiento anterior, la Agencia podrá invitar –a propuesta de la Comisión– a compañías o artistas de reconocido prestigio.

Séptimo. Condiciones de desarrollo del programa.

1. Las compañías seleccionadas serán invitadas a participar en un procedimiento negociado sin publicidad, mediante adjudicación directa, al amparo de lo dispuesto por el artículo 168.a.2.º de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

2. En el procedimiento de contratación, los licitadores seleccionados deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como con la Tesorería General de la Seguridad Social, debiendo cumplir los requisitos de solvencia económica y técnica establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público.

3. No se permitirán cambios artísticos sustanciales de los espectáculos seleccionados, así como de la personalidad jurídica e identidad de las empresas seleccionadas, salvo autorización expresa, por parte de la Agencia de Instituciones Culturales. Las compañías seleccionadas se obligan a cumplir la ficha artística presentada junto a la solicitud, que tendrá carácter vinculante.

4. En el supuesto de que el espectáculo a representar se trate de una obra de dominio público no sujeta a la autorización del autor, el solicitante deberá presentar una declaración responsable.

5. Con el fin de promocionar los espectáculos, los solicitantes seleccionados autorizarán de manera expresa a la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales para la inclusión en la web de este organismo, del material digital aportado por estos, pudiendo ser editado.

Octavo. Condiciones de la contratación en el programa «Flamenco Viene del Sur 2021 teatros propios».

En el caso de los espectáculos programados en los teatros propios de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, el caché máximo será de 8.000 €, IVA incluido, y una cantidad adicional del 60% de la recaudación de la taquilla, IVA incluido, una vez descontados los gastos de venta de entradas y los derechos de autor que corresponda a la entidad de gestión de derechos intelectual.

Así mismo, la Agencia asumirá el coste técnico que se requiera para el buen desarrollo del espectáculo (con un máximo de 1.000 € por cada actuación). Se exceptúa la necesidad de backline.

En todos los casos, la empresa responsable del espectáculo deberá aportar cuantos técnicos sean necesarios para el buen desarrollo del mismo, incluyendo siempre al menos un técnico de sonido.

Noveno. Condiciones de la contratación en los Teatros que se adhieran al programa «Flamenco Viene del Sur 2021 en gira».

1. Los caches propuestos tendrán carácter estimativo. La empresa artística podrá establecer dos presupuestos diferentes, en función del kilometraje que deba recorrer la compañía desde su lugar de origen hasta el lugar donde se realice la representación pública (menos de 250 km, o más de 250 km).

2. El caché no podrá ser superior a 8.000 € (IVA incluido).

3. En el caso de los espectáculos contratados en los diferente municipios que conformarán el ciclo Flamenco Viene del Sur 2021 en gira, el caché acordado, será abonado al 50% por la Agencia y cada municipio por lo que, una vez concretadas las representaciones, la compañía/formación deberá celebrar los preceptivos contratos de representación pública tanto con el ayuntamiento (o entidad jurídica pública que ostente la representación del teatro), como con la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales. En este caso las necesidades técnicas para el desarrollo del espectáculo serán cubiertas en su totalidad por el municipio. Del mismo modo deberá emitir contra cada una de las instituciones la factura correspondiente a su parte proporcional del total del caché.

La Agencia podrá no aceptar una determinada representación en un teatro si constata una falta de adecuación entre las necesidades técnicas del espectáculo seleccionado y las características o la dotación del teatro.

La Agencia y los teatros adheridos al programa realizaran la publicidad y promoción del espectáculo correspondiente, con la colaboración de la compañía.

Décimo. Condiciones específicas del programa Abecedaria (Flamenco).

1. La selección de los espectáculos que formarán parte de la programación de Abecedaria se llevará a cabo por una comisión de expertos, que se constituirá mediante resolución de la persona titular de la dirección de la Agencia y que estará formada por expertos en educación y en flamenco. Esta comisión será la responsable de designar los espectáculos que finalmente realizarán la gira en los municipios adheridos a esta modalidad para la anualidad correspondiente.

2. La selección de espectáculos que formarán parte del programa Abecedaria se realizará teniendo en cuenta los siguientes criterios:

- El valor artístico y cultural de la actividad o representación.

- Adaptación de los espectáculos a los distintos ciclos educativos (Educación infantil 0-3 y 3-6 años, 1.º 2.º y 3.er ciclo de Primaria y Educación Secundaria) en propuestas escénicas, desarrollo y temáticas.

Las compañías deberán suscribir los preceptivos contratos de representación pública tanto con el ayuntamiento (o entidad jurídica pública que ostente la representación del teatro) como con la Agencia.

El caché será abonado en un tercio por cada ayuntamiento y los dos tercios restantes por la Agencia. Del mismo modo deberá emitir a cada una de las instituciones la factura correspondiente a su parte proporcional del total del caché.

La taquilla se gestionará desde la Agencia, que asumirá el pago, a la entidad de gestión que corresponda, de los derechos de propiedad intelectual como consecuencia del acto de comunicación pública. El importe de la taquilla será para la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.

En todo lo no previsto en este apartado para el programa Abecedaria, resultará de aplicación el resto de estipulaciones establecidas en la presente resolución.

Undécimo. Devolución de solicitudes originales.

1. La documentación de las propuestas no seleccionadas quedará a disposición de los interesados durante el plazo de un mes a contar desde la notificación de la resolución, en la oficina del Instituto Andaluz del Flamenco.

2. La documentación no retirada en esa fecha, pasará a formar parte de los fondos de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, con fines de documentación y archivo.

Sevilla, 25 de febrero de 2021.- La Directora, María del Mar Sánchez Estrella.

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