Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 42 de 04/03/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Orden de 3 de febrero de 2021, por la que se autoriza el cambio de titularidad de los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «San José» de Priego de Córdoba (Córdoba). (PP. 508/2021).

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Visto el expediente tramitado a instancia de doña María Carbonell Peralbo, en nombre y representación de la Fundación Diocesana de Enseñanza Santos Mártires de Córdoba, nueva entidad titular de los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «San José», con domicilio en C/ Cava, 12, de Priego de Córdoba (Córdoba), por el que solicita el cambio de titularidad de los mismos, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Resultando que los citados centros, con código 14005900, tienen autorización para impartir tres unidades de segundo ciclo de educación infantil, seis unidades de educación primaria y cuatro unidades de educación secundaria obligatoria, un ciclo formativo de formación profesional básica de Servicios administrativos y un ciclo formativo de formación profesional de grado medio de Gestión administrativa, respectivamente.

Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros aparece, debidamente acreditada, la titularidad de los referidos centros a favor de Instituto de los Hermanos Maristas.

Resultando que el Instituto de los Hermanos Maristas, mediante escritura de elevación a público de acuerdos número cinco mil ciento setenta y nueve, otorgada ante don Rafael Díaz-Vieito Piélagos, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía, fechada en Córdoba a treinta de diciembre de dos mil veinte, cede la titularidad de los mencionados centros a la la Fundación Diocesana de Enseñanza Santos Mártires de Córdoba.

Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE del 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder el cambio de titularidad a los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «San José», código 14005900, con domicilio en C/ Cava, 12, de Priego de Córdoba (Córdoba), que en lo sucesivo la ostentará la Fundación Diocesana de Enseñanza Santos Mártires de Córdoba, que, como cesionaria, queda subrogada en la totalidad de los derechos y obligaciones que tuviera contraídas la entidad titular cedente, en relación a dichos centros, quedando con la configuración de enseñanzas que se recoge en el resultando primero.

Segundo. El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento de los centros.

Tercero. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Cuarto. Dichos centros quedan obligados al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Deporte, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 3 de febrero de 2021

FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ
Consejero de Educación y Deporte
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