Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 50 de 16/03/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud y Familias

Resolución de 2 de marzo de 2021, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se delegan competencias en la persona titular de la Dirección Gerencia del Hospital Universitario Clínico San Cecilio para la suscripción de una adenda al convenio de colaboración con la Asociación de Enfermos de Crohn y Colitis Ulcerosa de Granada (ACCU).

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Es competencia de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía a través del Servicio Andaluz de Salud, la gestión del conjunto de prestaciones sanitarias en el terreno de la promoción y protección de la salud, prevención de la enfermedad, asistencia sanitaria y rehabilitación que le corresponda en el territorio de la Comunidad Autónoma Andaluza.

El art. 12.1.g) del Decreto 208/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, atribuye a esta Dirección Gerencia la competencia de suscripción de acuerdos y convenios.

En este sentido, el 23 de julio de 2019 la Dirección Gerencia del Hospital Universitario Clínico San Cecilio firmó un convenio de colaboración con la Asociación ACCU, cuyo objeto es la colaboración entre el hospital y la asociación para dar apoyo y asesoramiento sobre las enfermedades de Crohn y Colitis Ulcerosa a las personas afectadas y familiares, a través de diferentes programas y actividades como charlas, conferencias, talleres, asambleas, reuniones; así como, acompañar en aquellos casos de especial dificultad para el paciente y familia a los servicios o prestaciones.

Dado el buen desarrollo de este programa, ambas partes han manifestado su interés en ampliar el ámbito de actuación del convenio introduciendo un programa de asistencia psicológica, realizado por un/a psicólogo/a de la asociación y dirigido a personas que son diagnosticadas de enfermedades de Crohn y Colitis Ulcerosa y tratadas en el hospital, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de ellas y de sus familiares. La presente adenda mantiene vigentes el resto de estipulaciones firmadas en el convenio. Este/a profesional de la asociación realizará las siguientes funciones:

- Orientación y asesoramiento al/la paciente y sus familiares.

- Proporcionar herramientas psicológicas dirigidas a favorecer la adaptación del/la paciente y de la familia al proceso de enfermedad y su tratamiento.

Por lo expuesto, informado favorablemente por la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud, de conformidad con el art. 7 de la Resolución SA 0015/15, de 4 de febrero, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, de desarrollo de la participación ciudadana en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud y ha sido redactado sobre un modelo tipo, informado favorablemente por Asesoría Jurídica, con fecha de 12 de enero de 2016, conforme con el artículo 50.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en uso de las facultades atribuidas por el Decreto 208/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, y de acuerdo con lo previsto en el art. 101 de la Ley 9/2007, de 26 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

RESUELVO

Primero. Delegar en la persona titular de la Dirección Gerencia del Hospital Universitario Clínico San Cecilio, las competencias para la suscripción de una adenda de ampliación del convenio de colaboración con la Asociación ACCU, firmado el 23 de julio de 2019, introduciendo un programa de asistencia psicológica, realizado por un/a  psicólogo/a de la asociación y dirigido a personas que son diagnosticadas de enfermedades de Crohn y Colitis Ulcerosa y tratadas en el hospital, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de ellas y de sus familiares. La presente adenda mantiene vigentes el resto de estipulaciones firmadas en el convenio. Este/a profesional de la asociación realizará las siguientes funciones:

- Orientación y asesoramiento al/la paciente y sus familiares.

- Proporcionar herramientas psicológicas dirigidas a favorecer la adaptación del/la paciente y de la familia al proceso de enfermedad y su tratamiento.

Segundo. La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 2 de marzo de 2021.- El Director Gerente, Miguel Ángel Guzmán Ruiz.

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