Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 51 de 17/03/2021

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Empresas Públicas y Asimiladas

Anuncio de 2 de marzo de 2021, del Consorcio Parque de las Ciencias, relativo a la convocatoria del proceso de selección para la cobertura del puesto de Dirección Gerencia de la entidad. (PP. 643/2021).

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Mediante Resolución de la Presidencia del Consorcio de 23 de febrero de 2021 se han aprobado las Bases de Selección y la convocatoria del procedimiento de selección para el personal directivo de la entidad a que se indica en las mismas.

En consecuencia, se hace pública esta convocatoria así como las Bases por las que se regirá el proceso de selección:

BASES PARA LA SELECCIÓN DE LA DIRECCIÓN GERENCIA DEL CONSORCIO PARQUE DE LAS CIENCIAS

1. Normas generales.

Es objeto de las presentes bases es establecer las normas para la provisión del puesto de trabajo en régimen laboral de alta dirección de la Dirección Gerencia del Consorcio Parque de las Ciencias, cuyo perfil profesional se indica seguidamente, al amparo de lo previsto en los Estatutos de la entidad, en el Estatuto Básico del Empleado Público, en la legislación laboral de aplicación y en la Resolución de 30 de diciembre de 2020, de la Secretaría General de Regeneración, Racionalización y Transparencia, por la que se aprueban directrices generales relativas al sistema de acceso y evaluación del desempeño del personal laboral que ejerce funciones directivas profesionales en el sector público instrumental andaluz.

El modelo de solicitud para participar en la selección corresponde al anexo de estas bases.

Denominación: Dirección Gerencia del Consorcio Parque de las Ciencias.

Descripción del puesto y atribuciones principales: Prestación de los servicios y atención de la administración, gestión y funcionamiento general del ámbito de actividad propio de la entidad, desempeñando las funciones ejecutivas de máximo nivel. Asumirá la representación ordinaria del Consorcio, siendo responsable de la gestión, de la administración y de los contenidos del mismo de acuerdo con las directrices establecidas por el Consejo Rector y la Presidencia. Su desempeño estará sujeto a evaluación con arreglo a criterios de eficiencia y eficacia, responsabilidad por su gestión y evaluación de resultados.

Sus funciones serán las establecidas en el artículo 26 de los Estatutos de la entidad, publicados en el BOJA núm. 215, de 7 de noviembre de 2018.

Condiciones laborales:

Régimen laboral: Contrato laboral de alta dirección indefinido, sujeto a evaluación del desempeño.

De acuerdo con el régimen retributivo aprobado para el Consorcio, dentro del marco establecido en Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, se ha establecido en una retribución de 63.197,01 euros brutos anuales, distribuidos en 14 pagas al año (doce mensualidades más dos extraordinarias).

El centro de trabajo está en la ciudad de Granada, sito en Avda. de la Ciencia, Parque de las Ciencias, 18006 Granada.

2. Requisitos.

Para ser admitidas a la realización del proceso selectivo, las personas aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación los siguientes requisitos mínimos:

a) Poseer nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, o persona extranjera con residencia legal en España. Podrán presentar la candidatura las personas extranjeras sin residencia legal en España, pero en caso de ser seleccionada será imprescindible obtenerla.

b) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el desempeño de las funciones propias del puesto. Las personas candidatas con grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% deberán acreditar las condiciones personales de aptitud para el ejercicio de las funciones del puesto mediante informe de adecuación al puesto de trabajo expedido por los centros de valoración y orientación funcional para el desempeño de las tareas correspondientes.

c) Tener cumplidos dieciocho años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni de otras entidades vinculadas o dependientes de tales Administraciones, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia judicial firme. En el caso de ser nacional de otro estado de la UE, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente que impida el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión de titulación universitaria superior (grado o segundo ciclo) o equivalente, debiendo acreditar la homologación en caso de titulación obtenida en el extranjero.

f) Experiencia acreditada de al menos 3 años en funciones directivas –de gestión de alta responsabilidad o de dirección en entidades u organizaciones de similares características.

3. Aspectos a valorar.

El Comité Calificador, para valorar a las personas aspirantes que cumplan los requisitos, tendrá en cuenta los siguientes aspectos:

- Conocimiento de otros idiomas, preferentemente inglés y francés.

- Conocimiento del sector y de entidades similares en el ámbito nacional e internacional.

- Capacidad y experiencia en la gestión de equipos multidisciplinares.

- Experiencia en la captación y gestión de recursos económicos.

- Experiencia en el desarrollo y gestión de proyectos de colaboración a nivel local, nacional e internacional.

- Formación y experiencia en los campos científico y educativo.

- Conocimientos y experiencia en el campo expositivo, de planetarios, equipamientos zoológicos y botánicos, museología, comunicación y divulgación científica, turismo cultural y actividades de formación general, informal y superior.

- Conocimiento del proyecto del Parque de las Ciencias.

- Experiencia en actividades con la comunidad educativa y universitaria.

- Experiencia en actividades de innovación, incluidas las de carácter empresarial.

- Características personales como la capacidad comunicativa, creatividad, etc.

4. Solicitudes de participación y documentación a presentar.

4.1. Quienes deseen participar en el proceso de selección deberán cumplimentar el modelo de solicitud de admisión que figura en el Anexo II de la presente convocatoria que, sin perjuicio de su publicidad oficial, será expuesta en la página web del Consorcio, www.parqueciencias.com, y en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía.

En la web del Consorcio se harán públicas las comunicaciones necesarias y demás trámites del proceso.

4.2. La presentación de solicitudes se realizará preferentemente en el Registro General del Consorcio Parque de las Ciencias, con domicilio en Avenida de la Ciencia, s/n, en horario de oficina, o bien a través de los medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez (10) días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que aparezca publicado el correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, prorrogándose hasta el primer día hábil siguiente si el plazo terminase en día inhábil, y se dirigirán a la Presidencia de la entidad. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.

En el supuesto de presentación de documentación en una Administración o entidad distinta a la convocante, esta circunstancia deberá comunicarse al Consorcio a través de la siguiente dirección de correo electrónico

selección.direccion-gerencia@parqueciencias.com

dentro del mismo plazo de presentación de solicitudes de participación antes indicado.

4.3. Junto con la solicitud se acompañará:

a) Fotocopia del DNI o documento que acredite la nacionalidad.

b) Declaración responsable en la que se indique que el candidato posee las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el desempeño de las funciones propias del puesto.

c) Las personas candidatas con grado de discapacidad reconocido, igual o superior al 33% deberán aportar certificado de grado de discapacidad donde se especifique el porcentaje reconocido, e informe de Adecuación al Puesto de Trabajo expedido por los Centros de Valoración y Orientación.

d) Declaración responsable de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni de otras entidades vinculadas o dependientes de tales Administraciones, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia judicial firme. En el caso de ser nacional de otro estado de la UE, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente que impida el acceso al empleo público.

e) Copia de la titulación universitaria superior (grado o segundo ciclo) o equivalente, debiendo acreditar la homologación en caso de titulación obtenida en el extranjero.

f) Currículum vitae (CV), presentado en el modelo europass

https://europas.cedefop.europa.eu/es/documents/curriculum-vitael/templates-instructions

g) Memoria descriptiva de los proyectos de gestión o dirección más relevantes que se hayan desarrollado a lo largo de su experiencia profesional, especialmente aquellos que puedan tener relación con el puesto de Dirección Gerencia al que aspira. Se ha de detallar la experiencia desarrollada y los aspectos relativos a la dirección, coordinación y administración de proyectos. La memoria constará de un máximo de 2.500 palabras.

h) Documentación acreditativa de los méritos que se reseñan en el CV.

4.4. La justificación documental aportada se realizará mediante fotocopias con el texto «es copia del original» suscrito por la persona solicitante, que se responsabilizará de su veracidad, sin perjuicio de que la persona seleccionada deba presentar los originales para su cotejo antes de su nombramiento o contratación.

Únicamente se tendrán en cuenta los méritos y servicios que se justifiquen documentalmente referidos a la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes.

5. Órgano de selección.

5.1. De conformidad con lo previsto en el artículo 25 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, la valoración del mérito, capacidad e idoneidad de los aspirantes al puesto de Dirección Gerencia, corresponderá exclusivamente a un Comité de Calificación compuesto por personal o titulares de órganos de la Consejería de adscripción del ente, así como por un representante del propio ente, seleccionados conforme a los principios de profesionalidad e idoneidad.

5.2. El Comité de Calificación estará compuesto por las siguientes personas:

Presidencia:

- Titular: María del Carmen Castillo Mena, Viceconsejera de Educación y Deporte.

- Suplente: Manuel Sáez Fernández, Coordinador General de la Viceconsejería de Educación y Deporte.

Vocales:

- Titular: Olaia Abadía García de Vicuña, Secretaria General de Educación y Formación Profesional.

- Suplente: Yolanda Rueda Osuna, Coordinadora General de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional.

- Titular: Ana Dolores Berrocal Jurado, Delegada Territorial de Educación y Deporte en Granada.

- Suplente: Antonio Segura Marrero, Director General del Profesorado e Innovación Educativa.

- Titular: Ernesto Páramo Sureda, en representación del Consorcio Parque de las Ciencias.

- Suplente: Javier Medina Fernández, Director del Área de Ciencias y Educación del Consorcio del Parque de las Ciencias.

Secretaría:

- Titular: Javier Contreras López, Secretario General de la Delegación Territorial de Educación y Deporte en Granada.

- Suplente: José Manuel Arias Martín, Jefe del Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Delegación Territorial de Educación y Deporte en Granada.

A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Comité de Calificación tendrá su sede en el propio Parque de las Ciencias.

5.3. El Comité no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos tres de sus miembros, entre los que estará quien ostente la Presidencia y de quien desempeñe las funciones de secretaría.

5.4. Las personas integrantes del Comité podrán delegar sus funciones y deberán abstenerse de formar parte en la misma cuando concurra alguna de las circunstancias previstas como causas de abstención y recusación en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.5. Todas las comunicaciones y citaciones a las personas interesadas se realizarán a través de correo electrónico y publicación en la web institucional del Consorcio.

6. Proceso de selección.

6.1. La convocatoria del proceso de selección será pública y tendrá una duración máxima de 4 meses a contar desde el día siguiente la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del correspondiente anuncio.

6.2. El proceso de selección constará de las siguientes fases:

6.2.1. Preselección.

Se realizará por la unidad o dependencia del Consorcio con competencias en materia de personal, y se comprobará el cumplimiento por las personas candidatas de los requisitos recogidos en las letras a), b), c), d) y e) del apartado 2 de esta convocatoria.

En esta fase se realizarán las siguientes actuaciones:

a) Certificación del registro de las solicitudes recibidas y de la documentación aportada con las mismas. Esta certificación se realizará una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.

b) Comprobación del cumplimiento por las candidaturas de los requisitos establecidos en la convocatoria.

c) Redacción del informe de preselección, al que se adjuntará la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria por las candidaturas preseleccionadas y de los méritos alegados.

d) Remisión al Comité de Calificación del informe de preselección y de la documentación derivada de la misma en el plazo de diez (10) días hábiles desde la finalización del plazo de recepción de candidaturas.

6.2.2. Valoración del cumplimiento del perfil competencial mínimo técnico requerido.

El Comité de Calificación realizará la valoración del requisito recogido en la letra f) del apartado 2 de esta convocatoria.

6.2.3. Baremación y publicación de los listados de personas candidatas.

Respecto a las personas candidatas que hayan cumplido los requisitos mínimos exigidos, el Comité de Calificación procederá a baremar los méritos alegados, de acuerdo con los aspectos recogidos en el apartado 3 y con arreglo a los criterios de valoración con arreglo a los criterios de valoración definidos en e Anexo I.

A) El Comité de Calificación elaborará y publicará:

a) Un listado provisional de las personas candidatas que hayan cumplido los requisitos mínimos, ordenando las candidaturas de mayor a menor puntuación en la baremación. Las diez (10) primeras candidaturas pasarán a la siguiente fase.

b) Un listado provisional de las personas candidatas excluidas, señalando expresamente las causas de exclusión.

Contra estos listados podrán presentarse reclamaciones en el plazo de los tres (3) días hábiles siguientes a su publicación. Estas reclamaciones serán resueltas por el Comité de Calificación en el plazo de los tres (3) días hábiles siguientes a su recepción por este órgano colegiado.

B) Transcurrido el plazo para reclamar o resueltas, en su caso, las reclamaciones planteadas, se publicarán:

a) Un listado definitivo de las personas candidatas que hayan cumplido los requisitos mínimos, ordenando las candidaturas de mayor a menor puntuación en la baremación. Las diez (10) primeras candidaturas pasarán a la fase de entrevista competencial. Se indicará expresamente la forma y el plazo para aportar el Plan de Actuación del Consorcio Parque de las Ciencias para el periodo 2021-2024, en los términos y con el contenido que se establece en el apartado 6.2.4.

b) Un listado definitivo de las personas excluidas.

Contra estos listados podrán presentarse reclamaciones en el plazo de los tres (3) días hábiles siguientes a su publicación. Estas reclamaciones serán resueltas por el Comité de Calificación en el plazo de los tres (3) días hábiles siguientes a su recepción por este órgano colegiado.

La publicación de todos los listados indicados se realizará en la web oficial del Consorcio y en el portal de Transparencia de la Junta de Andalucía.

6.2.4. Entrevista competencial.

Las personas candidatas que pasen a esta fase dispondrán de un plazo de quince (15) días hábiles para presentar un Plan de Actuación del Consorcio Parque de las Ciencias para el periodo 2021-2024. Este plazo empezará a contar a partir del día siguiente a la publicación del listado de personas candidatas que pasan a esta fase.

Este documento tendrá una extensión máxima de 50 páginas, incluidos posibles anexos, índice, portada y contraportada, en formato DIN-A4, interlineado sencillo y con fuente de letra tipo Arial, Times New Roman o similar, no inferior a 12 puntos y sin comprimir.

El Plan contemplará al menos los siguientes apartados:

a) Índice.

b) Análisis de la situación y áreas de mejora.

c) Objetivos estratégicos.

d) Programas de actuación.

e) Perspectiva financiera.

f) Sistema de evaluación del Plan de Actuación.

Finalizado el plazo de presentación la propuesta de Plan de Actuación, el Comité de Calificación convocará a las candidaturas para una entrevista competencial que, además, incluirá la exposición del Plan de Actuación propuesto. La fecha y hora de la entrevista y de la exposición ante el Comité se publicará en la página web del Consorcio con, al menos, tres (3) días hábiles de antelación.

Las personas candidatas deberán acudir con los originales de la documentación aportada junto a su candidatura dado que podrán ser requeridos por el Comité para su verificación.

Para la exposición cada persona candidata dispondrá de treinta (30) minutos, como máximo, pudiendo utilizar los medios técnicos de comunicación e informáticos que el Comité determine para ello. Una vez finalizada la exposición los miembros del Comité de Calificación podrán formular preguntas al candidato o candidata durante un máximo de sesenta (60) minutos.

Esta entrevista se desarrollará siguiendo el guión y estructura previamente establecidos por el Comité de Calificación y será la misma para todas las personas candidatas a fin de garantizar la imparcialidad y objetividad de la misma. El Comité valorará el Plan de Actuación presentado y aquellas otras competencias que estime necesarias para el desempeño del puesto tales como vocación de servicio público, liderazgo, planificación, iniciativa, tolerancia a la presión y a la incertidumbre, etc.

6.2.5. Valoración de candidaturas.

La valoración de la idoneidad requerida se realizará por el Comité de Calificación según los criterios previamente establecidos, quedando debidamente reflejado en el acta que se redacte al efecto y que incluirá la propuesta de candidaturas.

El Comité podrá en cualquier momento contrastar todos los datos, documentos y méritos aducidos por las personas interesadas, así como solicitar las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos, requisitos o datos alegados, así como aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada valoración.

6.2.6. Propuesta de selección.

En el plazo máximo de tres (3) meses a contar desde el día siguiente a la publicación oficial de la convocatoria del proceso selectivo, el Comité de Calificación publicará un listado provisional con la puntuación obtenida en las diferentes fases, ordenando las candidaturas de mayor a menor puntuación en la baremación.

Las personas interesadas podrán formular la correspondiente reclamación en el plazo de tres (3) días hábiles. Tras el análisis de las recibidas, se publicará el listado definitivo del resultado del proceso que, igualmente, servirá de resolución a las reclamaciones presentadas.

Dentro del plazo máximo indicado, el Comité de Calificación elevará una propuesta de designación a la Presidencia del Consorcio con las personas candidatas a ocupar el puesto de la Dirección-Gerencia en la que se incluirán -con un máximo tres (3)- las candidaturas que hayan obtenido la mayor puntuación. Además, en dicha propuesta deberán quedar justificados el mérito, la capacidad y la idoneidad de las personas candidatas propuestas.

7. Resolución del proceso selectivo, nombramiento y contratación de la persona seleccionada.

7.1. Designación de la persona seleccionada.

En el plazo máximo de 4 meses contados a partir del día siguiente a la publicación oficial de esta convocatoria, la Presidencia del Consorcio formulará propuesta de acuerdo de nombramiento o de aprobación de contratación de la persona que determine, de entre las propuestas por el Comité de Calificación, al Consejo Rector de la entidad.

7.2. Publicidad de la resolución del proceso.

El resultado del proceso de selección se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en la web del Consorcio y en la correspondiente sección de transparencia del Portal de la Junta de Andalucía, así como en todos aquellos lugares en que se haya publicado la convocatoria.

7.3. Contratación de la persona seleccionada.

La persona designada suscribirá el contrato de trabajo que le vincule al Consorcio de acuerdo con el modelo aprobado al que se refiere la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, debiendo ser comunicado asimismo a las Consejerías competentes.

La persona designada dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que se haga público el acuerdo de nombramiento o aprobación de la contratación, para tomar posesión del puesto.

8. Norma final, incidencias y recursos.

8.1. El Comité de Calificación estará facultado para resolver cuantas dudas se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo del proceso selectivo.

De conformidad con lo establecido en los vigentes Estatutos de la entidad y para cuanto no esté previsto en las presentes bases, se estará a lo dispuesto en la legislación de carácter general y demás normas de pertinente aplicación.

8.2. Las presentes bases y cuantos actos administrativos deriven de ellas agotarán la vía administrativa, pudiendo las personas interesadas interponer bien Recurso potestativo de Reposición en el plazo de un mes ante la Presidencia de la entidad de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, bien recurso contencioso-administrativo en los términos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses, en ambos casos a contar desde la publicación y/o notificación del correspondiente anuncio o resolución de que se trate.

Se significa que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que el primero sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación.

Contra los acuerdos y actos del Comité de Calificación podrá interponerse recurso de reposición ante la autoridad que haya nombrado a la presidencia, conforme a lo dispuesto en la ya citada norma legal.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Granada, 2 de marzo de 2021.- El Jefe del Departamento Jurídico, Fernando Vélez Fernández.

ANEXO I

BAREMO DE PUNTUACIÓN

1. Perfil competencial exigido: Hasta 10 puntos.

Se valorarán los siguientes méritos:

A) Méritos profesionales, hasta un máximo de 3,5 puntos.

a) Experiencia profesional en puesto de trabajo de igual categoría: 0,20 puntos por mes.

b) Experiencia profesional en puesto de trabajo de similar categoría: 0,10 puntos por mes.

A estos efectos, la puntuación indicada se computará para los periodos de tiempo superiores a la experiencia mínima exigida.

B) Memoria descriptiva de los proyectos de gestión o dirección, hasta 2,5 puntos.

C) Méritos formativos, hasta un máximo de 2 puntos.

a) Por cada titulación que, a juicio del Comité de Calificación, esté relacionada con el puesto de trabajo: 0,30 puntos.

b) Por cada titulación no específica o no relacionada directamente con el puesto: 0,05 puntos.

c) Asistencia a cursos, seminarios, congresos y jornadas que, a juicio del Comité de Calificación, estén relacionados con el puesto:

- De 10 a 40 horas de duración: 0,01 punto.

- De 41 a 100 horas de duración: 0,05 puntos.

- De 101 a 200 horas de duración: 0,10 puntos.

- De 201 horas en adelante: 0,15 puntos.

No se valorarán los cursos, seminarios, etc. cuya duración sea inferior a 10 horas o aquellos cuya duración no se justifique.

D) Otros méritos que, a juicio del Comité de Calificación, se relacionen con el puesto, hasta un máximo de 2 puntos.

2. Plan de Actuación y entrevista competencial, hasta 15 puntos.

El Comité de Calificación valorará el Plan de Actuación presentado por las personas aspirantes y la competencias generales que se estimen necesarias para el desempeño del puesto.

3. Orden de preferencia en caso de empate.

En caso de empate entre candidatos, el orden de preferencia se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

a) Puntuación obtenida en la fase de concurso.

b) Puntuación obtenida en la fase de entrevista.

ANEXO II

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO DE SELECCIÓN DE PERSONAL

1. DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

Primer apellido: Segundo apellido:

Nombre: Documento Oficial de Identidad:

Domicilio: Código Postal:

Teléfono: Localidad:

E-mail:

2. PUESTO AL QUE SE OPTA: DIRECCIÓN GERENCIA.

3. TITULACIÓN:

4. DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA:

- Marcar con X la documentación que se aporta.

( ) Fotocopia del DNI o documento que acredite la nacionalidad.

( ) Declaración responsable en la que se indique que el candidato posee las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el desempeño de las funciones propias del puesto.

( ) Las personas candidatas con grado de discapacidad reconocido, igual o superior al 33% deberán aportar certificado de grado de discapacidad donde se especifique el porcentaje reconocido, e informe de Adecuación al Puesto de Trabajo expedido por los Centros de Valoración y Orientación.

( ) Declaración responsable de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni de otras entidades vinculadas o dependientes de tales Administraciones, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia judicial firme. En el caso de ser nacional de otro estado de la UE, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente que impida el acceso al empleo público.

( ) Copia de la titulación universitaria superior (grado o segundo ciclo) o equivalente, debiendo acreditar la homologación en caso de titulación obtenida en el extranjero.

( ) Currículum vitae (CV), presentado en el modelo europass.

( ) Memoria descriptiva de los proyectos de gestión o dirección más relevantes que se hayan desarrollado a lo largo de su experiencia profesional, especialmente aquellos que puedan tener relación con el puesto de Dirección Gerencia al que aspira. Se ha de detallar la experiencia desarrollada y los aspectos relativos a la dirección, coordinación y administración de proyectos. La memoria constará de un máximo de 2.500 palabras.

La persona interesada SOLICITA ser admitida en este proceso de selección y DECLARA:

1. Conocer y aceptar íntegramente las bases de la convocatoria, declarando bajo su responsabilidad que los datos incluidos en la solicitud son ciertos, teniendo constancia de que la inexactitud de los mismos dará lugar a la no admisión o expulsión del proceso selectivo, sin perjuicio de otras responsabilidades en que pueda incurrir.

2. Comprometerse a presentar la documentación original en caso de ser requerida y, en todo caso, en el supuesto de ser seleccionado.

3. Conocer y aceptar que sólo se admitirán las solicitudes que contengan este anexo debidamente cumplimentado y firmado, así como la documentación obligatoria; que no serán admitidas solicitudes, modificaciones o subsanaciones fuera de plazo, ni las presentadas de manera defectuosa; que los requisitos que no resulten acreditados documentalmente no serán tenidos en cuenta, considerándose no puestos.

4. No padecer enfermedad y/o limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el puesto.

5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

6. No estar incurso en ninguna causa de incompatibilidad prevista en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas y demás norma que la desarrollan.

INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS
Responsable Consorcio Parque de las Ciencias.
Finalidad Selección de personal.
Legitimación Consentimiento que se solicita a la persona interesada.
Derechos Acceso, rectificación y supresión, limitación y tratamiento, oposición, obtención de confirmación de uso, a la portabilidad de datos y a formular reclamación.
Información adicional www.parqueciencias.com

La presentación de la candidatura a este proceso de selección implica el conocimiento y aceptación de la resolución y bases de la convocatoria.

(Lugar, fecha y firma)

SR. PRESIDENTE DEL CONSORCIO PARQUE DE LAS CIENCIAS

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