Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 53 de 19/03/2021

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 9 de marzo de 2021, del Juzgado de lo Social núm. Nueve de Málaga, dimanante de autos núm. 1013/2020.

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Procedimiento: Despidos/Ceses en general 1013/2020. Negociado: 4.

NIG: 2906744420200012618.

De: Don José Matas Calvo.

Abogado: Don Miguel Ángel Lara Muñoz.

Contra: IEI Proyectos Eléctricos Odiel, S.L.; Construcciones Serrot, S.A., Fogasa.

Abogado: Don Francisco Rosa Lucena.

EDICTO

Doña María Dolores Fernández de Liencres Ruiz, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Nueve de Málaga.

En los Autos número 1013/2020, a instancia de José Matas Calvo contra IEI Proyectos Eléctricos Odiel, S.L.; Construcciones Serrot, S.A., y Fogasa, en la que se ha dictado Sentencia de fecha 8.3.2021 cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Juzgado de lo Social número Nueve de Málaga.

Autos número 1013/20.

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

La Iltma. sra. doña Rocío Anguita Mandly, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social número Nueve de Málaga, ha pronunciado la siguiente

SENTENCIA NÚM. 116/21

En Málaga, a 8 de marzo de 2021.

Vistos en juicio oral y público los presentes autos, seguidos en este Juzgado bajo el número 1013/20, promovidos por don José Matas Calvo, contra la empresa IEI Proyectos Eléctricos Odiel, S.L., desistiéndose de Construcciones Serrot y la demanda de reclamación de cantidad, sobre despido, con citación del Fogasa.

FALLO

Estimar la demanda por despido interpuesta por don José Matas Calvo contra la empresa IEI Proyectos Eléctricos Odiel, S.L., declarando la improcedencia del despido de la misma, condenando a la empresa IEI Proyectos Eléctricos Odiel, S.L., demandada a que, a opción de la misma, que deberá efectuar, ante este Juzgado, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia, readmita a don José Matas Calvo el mismo puesto que venía desempeñando hasta la fecha del despido con las mismas condiciones con abono de los salarios dejados de percibir desde el despido a la notificación de la sentencia a razón de 55,68 € diarios o le satisfaga una indemnización cifrada en 765,60 €.

Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente y líbrese testimonio de la misma para constancia en autos y notifíquese a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación en el plazo de 5 días hábiles desde su notificación, debiendo consignar, caso de que el recurrente sea el demandado y no cuente con el beneficio de justicia gratuita, conforme establecen los arts. 229 y 230 de la LRJS, la cantidad a que se le condena en la cuenta con IBAN ES 55 0049 3569 9200 0500 1274, en concepto 0075 /0000/34/101320 que este Juzgado tiene abierta en el Banco de Santander, y además deberá depositar la cantidad de 300 euros.

Así, por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a IEI Proyectos Eléctricos Odiel, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto.

Dado en Málaga, a nueve de marzo de dos mil veintiuno.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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