Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 22/03/2021

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Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio

Anuncio de 4 de marzo de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Huelva, por el que publica resolución por la que se desestiman las solicitudes de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de la vivienda habitual, convocadas por Orden de 29 de junio de 2020 (BOJA extraordinario núm. 42, de 1 de julio de 2020) y reguladas por Orden de 8 de junio de 2020 (BOJA extraordinario núm. 37, de 12 de junio de 2020).

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Vistos los siguientes

HECHOS

Primero. La Orden de 8 de junio de 2020, de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, BOJA extraordinario núm. 37, de 12 de junio de 2020, aprueba las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de la vivienda habitual (en adelante BB.RR.).

Segundo. En el BOJA, Boletín extraordinario núm. 42, de 1 de julio de 2020, se ha publicado la Orden de 29 de junio de 2020, por la que se convocan para el ejercicio 2020 ayudas, en concurrencia no competitiva, para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de la vivienda habitual.

Tercero. En el BOJA núm. 23, de 4 de febrero, se publica propuesta de resolución por la que se desestiman las solicitudes de ayudas presentadas a las personas relacionadas en el anexo que se acompaña a la misma con detalle del número de expediente y motivo de denegación y se acuerda la apertura de un trámite de audiencia por un plazo de diez días, contados a partir de la publicación para la presentación de alegaciones.

Cuarto. Finalizado el plazo concedido, analizadas las alegaciones presentadas y realizadas las verificaciones oportunas, se comprueba que los solicitantes que se relacionan en el Anexo que acompaña a esta resolución no cumplen los requisitos para ser beneficiarios de la ayuda de acuerdo con la base Cuarta de la Orden de 8 de junio de 2020 y el dispositivo tercero de la Orden de 29 de junio de 2020.

Quinto. El art. 45 de la LPACAP establece que los actos administrativos serán objeto de publicación cuando así lo establezcan las normas reguladoras de cada procedimiento o cuando lo aconsejen razones de interés público apreciadas por el órgano competente. Asimismo, en los supuestos de publicaciones de actos que contengan elementos comunes, podrán publicarse de forma conjunta los aspectos coincidentes, especificándose solamente los aspectos individuales de cada acto.

Sexto. Al amparo del dispositivo noveno de la mencionada convocatoria, para mayor eficacia administrativa se efectúa la agrupación en un único procedimiento de distintos expedientes por tratarse de la notificación de un mismo trámite, incluyéndose los datos de cada solicitante en el anexo que se adjunta.

Y de conformidad con los subsiguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Orden de 8 de junio de 2020, de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de la vivienda habitual (BOJA extraordinario núm. 37, de 12 de junio de 2020), convocadas por Orden de 29 de junio de 2020 (BOJA extraordinario núm. 42, de 1 de julio de 2020).

Segundo. Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19,  que en su artículo 10 crea el Programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual y la Orden TMA/336/2020, de 9 de abril, por la que se incorpora, sustituye y modifican sendos programas de ayuda del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 10, 11 y 12 del referido real decreto-ley.

Tercero. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como las demás normas básicas que desarrollen la ley.

- Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de concesión de la Administración de la Junta de Andalucía.

- Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

- Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

- Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, modificada por la Ley 9/2018, de 8 de octubre.

- Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos.

- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, de acuerdo con lo establecido en su disposición final octava.

- Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.

- Ley 6/2019, de 19 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2020.

Esta Delegación es competente para dictar el presente acto administrativo por delegación de la persona titular de la Consejería competente en materia de vivienda, en virtud del apartado 12 del Cuadro Resumen de las BB.RR., y en relación con el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre (BOJA extr. núm. 90, de 30 de diciembre), por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.

Por todo ello, vista la propuesta definitiva de resolución dictada por el Servicio de Vivienda, esta Delegación Territorial

RESUELVE

Primero. Desestimar las solicitudes de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de la vivienda habitual, por incumplimiento de lo establecido en las Bases Reguladoras aprobadas por Orden de 8 de junio de 2020, a las personas relacionadas en el anexo que se acompaña con detalle del número de expediente y motivo de denegación.

Segundo. De acuerdo con el expositivo noveno de la Orden de 29 de junio de 2020, ya citado, proceder a la notificación y publicación de la presente resolución, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en la página web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, accediendo al enlace

https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/21205/seguimiento.html

Asimismo, de dicha publicación se dará aviso a las personas interesadas mediante llamada telefónica o sms, o mediante escrito dirigido a la cuenta de correo electrónico consignada en las solicitudes presentadas. Esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá sus mismos efectos.

Contra la presente resolución, que pone fin al procedimiento y agota la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo, en la forma y los plazos establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Huelva, 4 de marzo de 2021.- La Consejera de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, por delegación (apartado 12 del Cuadro Resumen, BB.RR., Orden de 8.6.2020, BOJA núm. 37, de 12.6.2020), el Delegado, José Manuel Correa Reyes.

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