Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 57 de 25/03/2021

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 1 de febrero de 2021, del Juzgado de Primera Instancia núm. Trece de Sevilla, dimanante de autos núm. 1488/2018. (PP. 351/2021).

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NIG: 4109142120180055935.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1488/2018. Negociado: 3S.

De: Volkswagen Finance, S.A. EFC.

Procuradora: Sra. María de los Ángeles Rotllan Casal.

Letrado: Sr. Manuel Fernández Armenta Pastor.

Contra: Don Manuel Pérez Monge.

EDICTO

En este Juzgado y con el núm. 1488/18 se tramitan autos de Juicio Ordinario, promovidos por Volkswagen Finance, S.A. EFC, promovidos por la Procuradora doña M.ª de los Ángeles Rotllan Casal, contra don Manuel Pérez Monge, en los cuales y con esta fecha se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal:

SENTENCIA 222 /2020

En la ciudad de Sevilla, a veinticuatro de noviembre de dos mil veinte.

Parte demandante: Volkswagen Finance, S.A.

Procuradora: Doña María de los Ángeles Rotllán Casal.

Abogado: Don Manuel Fernández-Armenta Pastor.

Parte demandada: Don Manuel Pérez Monge.

Objeto del pleito: Reclamación de cantidad.

Magistrado-Juez: Don Miguel Ángel Fernández de los Ronderos Martín.

…/...

FALLO

Estimo la demanda interpuesta por la representación procesal de Volkswagen Finance, S.A., contra don Manuel Pérez Monge, y condeno al mismo a que abone a la demandante la suma de nueve mil doscientos cuarenta y ocho euros con cuarenta y séis céntimos (9.248,46 €), intereses de demora al mismo tipo pactado como remuneratorio del 8,95% anual desde el 17 de junio de 2016, y costas causadas.

De la presente sentencia dedúzcase testimonio que se unirá a los autos de su razón, y notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el término de veinte días.

En la interposición del recurso el apelante deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna. Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banco Santander núm. 4035 0000 04 1488 18, indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Diligencia: Leída y publicada fue la anterior sentencia en el día de su fecha, doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma legal al demandado don Manuel Pérez Monge, actualmente en paradero desconocido, expido la presente en Sevilla, a uno de febrero de dos mil veintiuno.- El Letrado de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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