Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 26/03/2021

1. Disposiciones generales

Consejería de Salud y Familias

Resolución de 24 de marzo de 2021, de la Secretaría General de Familias, por la que se convoca la concesión de los Premios «Familias Andaluzas» del año 2021.

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La Familia, como institución básica y fundamental de la sociedad, goza del derecho a protección por parte de las instituciones públicas y así se refleja en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en la Constitución Española de 1978, que en su artículo 39 establece que los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia. A su vez, el Estatuto de Autonomía para Andalucía garantiza, en el artículo 17, la protección social, jurídica y económica de la familia, disponiendo el artículo 61.4 del Estatuto de Autonomía que le corresponde la competencia exclusiva en materia de promoción de las familias y de la infancia.

A la Consejería de Salud y Familias, a través de la Secretaría General de Familias, corresponden las competencias en materia de desarrollo de programas específicos para la promoción de las familias, la promoción y coordinación de la mediación familiar, gestión del registro de parejas de hecho, y reconocimiento, expedición y renovación del título de familia numerosa, según lo dispuesto en el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías (BOJA núm. 14, de 22 de enero de 2019), y en el artículo 6 del Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 31, de 14 de febrero de 2019 ).

En ese contexto, el Manifiesto Andaluz para las Familias, elaborado con motivo del Día Internacional de las Familias del 15 de mayo de 2019, definía a esta institución como principal núcleo social de desarrollo de las personas y motor del cambio social, y señalaba que la meta ha de ser su apoyo y fortalecimiento en toda su diversidad, con especial atención a la infancia y a la juventud y prestando especial atención a las familias vulnerables y a la prevención de la pobreza.

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía el 1 de octubre de 2019 aprobó la formulación del Plan de Familias de Andalucía 2020-2025, con la finalidad de establecer un marco de intervención para el apoyo a las familias en Andalucía, adecuado a la realidad cambiante de las familias que precisa de políticas dinámicas y sostenibles.

La Orden de 11 de junio de 2020 de la Consejería de Salud y Familias, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de los premios «Familias Andaluzas» (BOJA núm. 117, de 19 de junio de 2020), tiene por objeto otorgar reconocimiento público a la trayectoria de aquellas personas, familias, colectivos, entidades o instituciones que hayan contribuido y destacado en la defensa de la promoción de las familias, en cualquiera de sus acepciones, en Andalucía. La Disposición final primera autoriza a la persona titular de la Secretaria General de Familias para dictar las disposiciones necesarias de ejecución y desarrollo de la citada orden.

Por todo ello, de conformidad con la citada Orden de 11 de junio de 2020, y considerando oportuno proceder a la convocatoria correspondiente al año 2021, y en virtud de las facultades que tengo conferidas,

RESUELVO

Primero. Convocatoria.

Se convocan los Premios «Familias Andaluzas» para el año 2021 en sus distintas modalidades, con la finalidad de otorgar reconocimiento público a la trayectoria de aquellas personas, familias, colectivos, entidades o instituciones que hayan contribuido y destacado en la defensa de la promoción de las familias en Andalucía, en cualquiera de sus acepciones, y al amparo de lo previsto en la Orden de 11 de junio de 2020, de la Consejería de Salud y Familias.

Segundo. Modalidades y Criterios de Valoración.

De acuerdo con los artículos 3 y 7 de la Orden de 11 de junio de 2020, los Premios «Familias Andaluzas» tendrán las modalidades siguientes:

a) Familias y solidaridad. Se valorará la contribución con su labor, a mostrar el lado solidario de las familias andaluzas, en aras de favorecer la corresponsabilidad social, la cooperación y la ayuda humanitaria desde la perspectiva de las familias en el ámbito del voluntariado y la solidaridad.

b) Familias y empresa. Se valorarán las actuaciones que se realicen o establezcan para favorecer la conciliación familiar y laboral; la defensa de las familias desde el ámbito empresarial y económico y la promoción, a través del desempeño profesional, de un tejido empresarial que proteja y promueva los derechos de las familias andaluzas.

c) Familias y medios de comunicación. Se valorará la contribución, a través de los medios de comunicación social: prensa escrita y digital, televisión y radio, en la promoción de una imagen positiva de las familias andaluzas como eje vertebrador de la sociedad.

d) Familias numerosas. Esta modalidad se concede a aquella familia numerosa, que, constando en la base de datos de Familias Numerosas de esta Comunidad Autónoma, cuente con más hijos e hijas a la fecha de la convocatoria de los Premios. En el caso de existir más de una familia con igual número de hijos e hijas, el premio será compartido.

e) Familias con arte. Se valorará el favorecer y potenciar el interés por la cultura y por las distintas expresiones artísticas representativas de Andalucía, a través de varias generaciones familiares.

f) Familias y diversidad. Se valorarán las actuaciones dirigidas a favorecer y promover la diversidad de modelos de familia y de situaciones familiares que existen en Andalucía, favoreciendo las oportunidades de desarrollo familiar de forma positiva.

g) Familias e inclusión. Se valorará que hayan contribuido con su labor a la inclusión y a la atención a la población más desfavorecida o vulnerable y, en concreto, a grupos específicos como las personas mayores, las personas menores, las personas con discapacidad y las personas en situación de riesgo o exclusión social.

h) Familias con coraje. Esta modalidad se otorga a aquellas personas, familias, colectivos, entidades o instituciones que hayan contribuido con su labor a la defensa de los intereses y derechos de las familias para afrontar situaciones especialmente adversas, y constituirse en un ejemplo de valor y superación para la sociedad.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.5 de la citada Orden de 11 de junio de 2020, el Jurado podrá otorgar un Premio de Honor, independientemente de las anteriores modalidades.

Tercero. Presentación de candidaturas, lugar y plazos.

Las personas, familias, colectivos, entidades o instituciones, públicas o privadas, que en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía hayan contribuido y destacado con su trayectoria o labor en la consecución de los objetivos previstos en las modalidades recogidas en el artículo 3 de las bases reguladoras podrán ser candidatas.

Las candidaturas serán propuestas por cualquier persona física y jurídica, pública o privada, con residencia y sede en Andalucía interesada en este reconocimiento público, ya sea para sí mismas o para terceros, con un número máximo de tres modalidades por cada candidatura.

Las solicitudes se presentarán, una por cada modalidad a la que se concurra, según el modelo que figura como anexo a la presente resolución, y serán dirigidas a la Secretaría General de Familias, debidamente cumplimentadas y con la documentación requerida en el artículo 6.2 de las bases reguladoras. Deberán presentarse, según lo dispuesto en el artículo 5 de la Orden de 11 de junio de 2020, en los siguientes lugares:

a) Preferentemente, en el registro telemático único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la página web de la Consejería de Salud y Familias, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente en materia de administración electrónica.

b) En el registro de la Consejería competente en materia de familias, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día 1 de abril hasta el 15 de abril de 2021, ambos incluidos, de conformidad con lo previsto en el artículo 5 de la Orden de 11 de junio de 2020.

Cuarto. Composición del Jurado.

El Jurado, atendiendo a lo previsto en el artículo 8 de la Orden de 11 de junio de 2020 estará compuesto por las siguientes personas:

D.ª Ana Carmen Mata Rico, Secretaria General de Familias.

D. José Agustín González Romo, Secretario General de Empleo y Trabajo Autónomo.

D.ª María Esperanza O´Neill Orueta, Secretaria General de Patrimonio Cultural.

D.ª Blanca Civantos Mayo, Secretaria Técnica de la Federación de Familias Numerosas de Andalucía.

D. Juan de Dios Mellado Pérez, Director General de RTVA.

D. Luis Picón Bolaños, Director del Área de Relaciones Institucionales y Promoción Asociativa, en representación de la Confederación de Empresarios de Andalucía.

D.ª María Estrella Cara Suárez, en representación de la Federación Andaluza de Asociaciones de Familias de Acogida y Colaboradoras.

Quinto. Fallo del Jurado.

El fallo del Jurado, como consecuencia de las valoraciones efectuadas teniendo en cuenta los criterios de valoración establecidos en el artículo 7 de las bases reguladoras, se dará a conocer mediante resolución de la persona titular de la Secretaría General de Familias y será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sexto. Acto público de reconocimiento y entrega de premio.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de las bases reguladoras, los reconocimientos a las distintas modalidades consistirán en una escultura con la imagen identificativa de «Familias» de la Secretaría General de Familias de la Consejería de Salud y Familias, así como un diploma acreditativo en el que se hará expresa mención de los méritos que motivan su otorgamiento.

El Jurado podrá otorgar un Premio de Honor, no previsto en las modalidades recogidas, a personas o entidades por su especial trayectoria en defensa de las familias en general.

La entrega de premios se realizará en un acto de carácter público institucional el día 15 de mayo 2021.

Séptimo. Efectos.

La presente resolución tendrá efectividad a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 24 de marzo de 2021.- La Secretaria General, Ana Carmen Mata Rico.

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