Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 60 de 30/03/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Resolución de 24 de marzo de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se dispone el cumplimiento de las sentencias que se relacionan, dictadas por Juzgados del Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo en los procedimientos que se especifican, respecto de las resoluciones por las que se convocan procesos de selección de aspirantes a nombramiento como personal funcionario interino en los Cuerpos, Especialidades y Opciones que se referencian y de la Resolución de esta Dirección General de 14 de abril de 2020, por la que se establecen las bases que articulan el procedimiento de emergencia para la selección del personal funcionario interino y laboral temporal necesario en el marco de la emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Por Resolución de 14 de abril de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, se establecen las bases que articulan el procedimiento de emergencia para la selección del personal funcionario interino y laboral temporal necesario en el marco de la emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto-ley 3/2020, de 16 de marzo, de medidas de apoyo financiero y tributario al sector económico, de agilización de actuaciones administrativas y de medidas de emergencia social, para luchar contra los efectos de la evolución del coronavirus (COVID-19), y conforme al apartado cuarto de la Orden del Consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior de 15 de marzo de 2020, por la que se determinan los servicios esenciales de la Administración General de la Junta de Andalucía con motivo de las medidas excepcionales adoptadas para contener el COVID-19.

Segundo. Por sentencias de los Órganos Jurisdiccionales del Orden Contencioso-Administrativo que a continuación se relacionan, se anulan determinadas convocatorias efectuadas por resoluciones de esta Dirección General para la selección de personal funcionario interino necesario en el marco de la emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19, en los Cuerpos, Especialidades y Opciones que se citan, así como la base novena de la Resolución de esta Dirección General de 14 de abril de 2020, por la que se establecen las bases que articulan el procedimiento de emergencia para la selección del personal funcionario interino y laboral temporal necesario en el marco de la emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19:

Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Nueve, de Sevilla se ha dictado Sentencia 156/2020, de 9 de diciembre, en el Procedimiento 166/2020, por la que se anula la convocatoria para la selección de personal funcionario interino en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, Opción Arquitectura Técnica (A2.2001), efectuada por Resolución de fecha 8 de julio de 2020.

Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de Sevilla se ha dictado Sentencia 31/2021, de 9 de diciembre, en el Procedimiento 179/2020, por la que se anula la convocatoria para la selección de personal funcionario interino en el Cuerpo Superior de Administradores Generales (A1.1100), efectuada por Resolución de fecha 28 de julio de 2020.

Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Siete de Sevilla se ha dictado Sentencia 163/2020, de 14 de diciembre, en el Procedimiento 113/2020, por la que se anula la base novena de la Resolución de 14 de abril de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se establecen las bases que articulan el procedimiento de emergencia para la selección del personal funcionario interino y laboral temporal necesario en el marco de la emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19.

Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de Sevilla se ha dictado Sentencia 32/2021, de 1 de febrero, en el Procedimiento 140/2020, por la que se anula la convocatoria para la selección de personal funcionario interino en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, Opción Enfermería del Trabajo (A2.2019), efectuada por Resolución de fecha 25 de junio de 2020.

Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Trece de Sevilla se ha dictado Sentencia 23/2021, de 8 de febrero, en el Procedimiento 160/2020, por la que se anula la convocatoria para la selección de personal funcionario interino en el Cuerpo Superior Facultativo, Opción Ingeniería Industrial (A1.2004), efectuada por Resolución de fecha 8 de julio de 2020.

Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Siete de Sevilla se ha dictado Sentencia 30/2021, de 8 de febrero, en el Procedimiento 195/2020, por la que se anula la convocatoria para la selección de personal funcionario interino en el Cuerpo Superior de Administradores Generales, Especialidad Gestión Financiera (A1.1200), efectuada por Resolución de fecha 28 de julio de 2020.

Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Once de Sevilla se ha dictado Sentencia 33/2021, de 11 de febrero, en el Procedimiento 146/2020, por la que se anula la convocatoria para la selección de personal funcionario interino en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, Opción Pesca (A2.2008), efectuada por Resolución de fecha 8 de julio de 2020.

Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Catorce de Sevilla se ha dictado Sentencia 43/2021, de 2 de marzo, en el Procedimiento 161/2020, por la que se anula la convocatoria para la selección de personal funcionario interino en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, Opción Ingeniería Técnica Agrícola (A2.2002), efectuada por Resolución de fecha 8 de julio de 2020.

Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Seis de Sevilla se ha dictado Sentencia 46/2021, de 2 de marzo, en el Procedimiento 167/2020, por la que se anula la convocatoria para la selección de personal funcionario interino en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, Opción Informática (A2.2012), efectuada por Resolución de fecha 8 de julio de 2020.

Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Tres de Sevilla se ha dictado Sentencia 33/2021, de 4 de marzo, en el Procedimiento 166/2020, por la que se anula la convocatoria para la selección de personal funcionario interino en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, Opción Trabajo Social (A2.2010), efectuada por Resolución de fecha 8 de julio de 2020.

Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Tres de Sevilla se ha dictado Sentencia 34/2021, de 4 de marzo, en el Procedimiento 171/2020, por la que se anula la convocatoria para la selección de personal funcionario interino en el Cuerpo Superior Facultativo, Opción Archivística (A1.2022), efectuada por Resolución de fecha 9 de julio de 2020.

Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Siete de Sevilla se ha dictado Sentencia 49/2021, de 4 de marzo, en el Procedimiento 176/2020, por la que se anula la convocatoria para la selección de personal funcionario interino en el Cuerpo Superior Facultativo, Opción Informática (A1.2019), efectuada por Resolución de fecha 8 de julio de 2020.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Dirección General resulta competente para dictar la presente resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.3.r) del Decreto 114/2020, de 8 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior.

Segundo. La doctrina del Tribunal Constitucional [por todas la sentencias 32/1982 de 7 de junio (RTC 1982, 32), 58/1983 de 29 de junio (RTC 1983, 58), 67/1984 de 7 de junio (RTC 1984, 67), 155/1985 de 12 de noviembre (RTC 1985, 155), 15/1986 de 31 de enero, 167/1987 de 28 de octubre, 215/1988 de 15 de noviembre, 148/1989 de 21 de septiembre, 190/1990 de 26 de noviembre, 194/1991 de 17 de octubre (RTC 1991, 194), 107/1992 de 1 de julio, 210/1993 de 28 de junio, 219/1994 de 18 de julio (RTC 1994, 219), 69/1996 de 18 de abril, 18/1997 de 10 de febrero (RTC 1997, 18), 83/2001 de 26 de marzo, 140/2003 de 14 de julio, 89/2004 de 19 de mayo (RTC 2004, 89), 139/2006 de 8 de mayo, 93/2010 de 15 de noviembre y 123/2011 de 14 de julio (RTC 2011, 123)] ha tenido ocasión de declarar que el principio de intangibilidad de las sentencias constituye una manifestación del derecho a la tutela judicial efectiva en su acepción procesal del derecho a la ejecución de lo resuelto en aquellas sentencias. De la referida doctrina constitucional deben destacarse, a los efectos que ahora interesan, los siguientes puntos:

1.º El derecho a la tutela judicial efectiva comprende el derecho a que el fallo judicial se cumpla, habiéndose configurado la ejecución de las resoluciones firmes como un derecho fundamental de carácter subjetivo, incorporado al artículo 24.1 de la Constitución, pues el obligado cumplimiento de lo acordado por los Jueces y Tribunales en el ejercicio de la potestad jurisdiccional es una de las más importantes garantías para el funcionamiento y desarrollo del Estado de Derecho.

2.º La ejecución de las resoluciones judiciales ha de llevarse a cabo en sus propios términos, de suerte que la forma de cumplimiento o ejecución de las sentencias depende, según las reglas establecidas en la legislación ordinaria, de las características de cada proceso y de los concretos términos en que se manifiesta el contenido del fallo.

3.º Las cuestiones que pudieran suscitarse con respecto a la ejecución de las sentencias deben interpretarse conforme al sentido más favorable para la efectividad del derecho fundamental a una tutela judicial, de forma que lo resuelto en cada caso por Jueces y Magistrados pueda llevarse a cabo, en los propios términos establecidos, de manera real y efectiva.

En definitiva, la Administración ha de cumplir las sentencias en los estrictos términos que refiere el fallo de las mismas, sin dilaciones indebidas y conforme al sentido más favorable para la efectividad del derecho fundamental de tutela judicial.

Las sentencias a que se refiere esta resolución han de ejecutarse aun cuando no sean firmes, dado que contra las recaídas en el procedimiento especial de protección de los derechos fundamentales procede la interposición recurso de apelación, si bien éste lo es únicamente en un solo efecto, ex artículo 121.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (en adelante LJCA), el devolutivo, por lo que las mismas son inmediatamente ejecutables.

Las sentencias de referencia anulan determinadas convocatorias de selección de aspirantes a nombramiento como personal funcionario interino, así como la base novena de la Resolución de esta Dirección General de 14 de abril de 2020, por la que se establecen las bases que articulan el procedimiento de emergencia para la selección del personal funcionario interino y laboral temporal necesario en el marco de la emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19, por lo que habrá que estar a la aplicación de lo dispuesto en los artículos 70 y siguientes de la LJCA. En este sentido, el artículo 72.2 de la misma señala:

«La anulación de una disposición o acto producirá efectos para todas las personas afectadas. Las sentencias firmes que anulen una disposición general tendrán efectos generales desde el día en que sea publicado su fallo y preceptos anulados en el mismo periódico oficial en que lo hubiera sido la disposición anulada. También se publicarán las sentencias firmes que anulen un acto administrativo que afecte a una pluralidad indeterminada de personas».

Así pues, procede llevarlas a puro y debido efecto, practicando lo que exige el cumplimiento de las declaraciones contenidas en los fallos judiciales.

Tercero. Teniendo en cuenta que las sentencias anulan convocatorias públicas para el acceso a la condición de personal funcionario interino en determinados Cuerpos, Especialidades y Opciones, así como la base novena de la Resolución de esta Dirección General de 14 de abril de 2020, por la que se establecen las bases que articulan el procedimiento de emergencia para la selección del personal funcionario interino y laboral temporal necesario en el marco de la emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19, que han sido objeto de difusión pública, en aplicación de los principios de legalidad administrativa y de seguridad jurídica, para garantizar el general conocimiento de las referidas declaraciones anulatorias y atendiendo a los efectos generales y a la pluralidad de personas afectadas, procede dar publicidad a las sentencias a que se refiere la presente resolución y disponer el cumplimiento del fallo que en cada una de ellas se contiene.

En consecuencia con lo expuesto,

RESUELVO

Primero. Dar publicidad a las sentencias relacionadas en el segundo antecedente de hecho de esta resolución, dictadas, en materia general de función pública, por Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la provincia de Sevilla, en los procedimientos igualmente referenciados para cada caso en el mismo antecedente de hecho, atendiendo a los efectos generales y a la pluralidad de afectados.

Los fallos de las sentencias de referencia son del siguiente tenor:

El fallo de la Sentencia 156/2020, de 9 de diciembre, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Nueve de Sevilla en el Procedimiento 166/2020, por la que se anula la convocatoria para la selección de personal funcionario interino en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, Opción Arquitectura Técnica (A2.2001), acuerda: «Estimar el recurso contencioso-administrativo núm. 166/2020, anulando la resolución recurrida, con imposición de las costas a la administración recurrida con el límite de 1.000 euros por todos los conceptos».

El fallo de la Sentencia 31/2021, de 9 de diciembre, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de Sevilla en el Procedimiento 179/2020, por la que se anula la convocatoria para la selección de personal funcionario interino en el Cuerpo Superior de Administradores Generales (A1.1100), acuerda: «Estimar el recurso interpuesto a instancia del Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF) contra Resolución de 28 de julio de 2020, denominada “Convocatoria de selección de aspirantes a nombramiento como personal funcionario interino, asimilado al Cuerpo Superior de Administradores Generales, especialidad Administradores Generales (A1.1100), para trabajar presencialmente en el marco de la emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19”, de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior de la Junta de Andalucía; con costas en la forma indicada en el fundamento jurídico quinto».

El fallo de la Sentencia 163/2020, de 14 de diciembre, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Siete de Sevilla en el Procedimiento 113/2020, por la que se anula la base novena de la Resolución de 14 de abril de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se establecen las bases que articulan el procedimiento de emergencia para la selección del personal funcionario interino y laboral temporal necesario en el marco de la emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19, acuerda: «Debo estimar y estimo el presente recurso de derechos fundamentales al haber infringido la Resolución de 14 de abril de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se establecen las bases que articulan el procedimiento de emergencia para la selección del personal funcionario interino y laboral temporal necesario en el marco de la emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19; y concretamente el contenido de la base novena titulada como Valor de los servicios prestados los artículos 14 y 23.2 de la C.E., procediendo su anulación, condenando a la Administración demandada a estar y pasar por esta circunstancia con las consecuencias legales inherentes. Las costas se imponen a la Administración demandada, con un límite máximo de 600 euros por todos los conceptos».

El fallo de la Sentencia 32/2021, de 1 de febrero, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de Sevilla en el Procedimiento 140/2020, por la que se anula la convocatoria para la selección de personal funcionario interino en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, Opción Enfermería del Trabajo (A2.2019), acuerda: «Estimar el recurso interpuesto a instancia del Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF) contra Resolución de 30 de junio de 2020, dictada por la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior de la Junta de Andalucía, denominada “Convocatoria de selección de aspirantes a nombramiento como personal funcionario interino, asimilado al Cuerpo de Técnicos y Técnicas de Grado Medio especialista en Enfermería del Trabajo (A2.2019) en el marco de la emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19”, de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior de la Junta de Andalucía; con costas en la forma indicada en el fundamento jurídico segundo».

El fallo de la Sentencia 23/2021, de 8 de febrero, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Trece de Sevilla en el Procedimiento 160/2020, por la que se anula la convocatoria para la selección de personal funcionario interino en el Cuerpo Superior Facultativo, Opción Ingeniería Industrial (A1.2004), acuerda: «Que debo estimar y estimo la demanda formulada por el Letrado don (...) en nombre del Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF) contra la Resolución de 8 de julio de 2020, dictada por la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Interior de la Junta de Andalucía, por la cual se efectúa la convocatoria de selección de aspirantes a nombramiento como personal funcionario interino, asimilado al Cuerpo Superior Facultativo, opción Ingeniería Industrial (A1.2004), en el marco de la emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19, por ser contraria a derecho la actuación administrativa referida, todo ello sin efectuar especial declaración de las costas causadas».

El fallo de la Sentencia 30/2021, de 8 de febrero, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Siete de Sevilla en el Procedimiento 195/2020, por la que se anula la convocatoria para la selección de personal funcionario interino en el Cuerpo Superior de Administradores Generales, Especialidad Gestión Financiera (A1.1200), acuerda: «Debo estimar y estimo el presente recurso de derechos fundamentales al haber infringido la Resolución de 28 de julio de 2020, dictada por la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior de la Junta de Andalucía, denominada “Convocatoria de selección de aspirantes a nombramiento como personal funcionario interino, asimilado al Cuerpo Superior de Administradores Generales, especialidad Administradores de Gestión Financiera (A1.1200), para trabajar presencialmente en el marco de la emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19”, los artículos 14 y 23.2 de la C.E., procediendo su anulación, condenando a la Administración demandada a estar y pasar por esta circunstancia con las consecuencias legales inherentes».

El fallo de la Sentencia 33/2021, de 11 de febrero, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Once de Sevilla en el Procedimiento 146/2020, por la que se anula la convocatoria para la selección de personal funcionario interino en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, Opción Pesca (A2.2008), acuerda: «Debo estimar y estimo el presente recurso de derechos fundamentales al haber infringido la Resolución de 8 de julio de 2020, dictada por la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior de la Junta de Andalucía, denominada “Convocatoria de selección de aspirantes a nombramiento como personal funcionario interino, asimilado al Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, Opción Pesca (A2.2008), en el marco de la emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19”, los artículos 14 y 23.2 de la C.E., procediendo su anulación, condenando a la Administración demandada a estar y pasar por esta circunstancia con las consecuencias legales inherentes. Las costas se imponen a la Administración demandada, con un límite máximo de 600 euros por todos los conceptos».

El fallo de la Sentencia 43/2021, de 2 de marzo, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Catorce de Sevilla en el Procedimiento 161/2020, por la que se anula la convocatoria para la selección de personal funcionario interino en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, Opción Ingeniería Técnica Agrícola (A2.2002), acuerda: «Debo estimar y estimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Letrado don (…) en representación de Sindicato Andaluz de Funcionarios, contra la Resolución indicada en el encabezamiento de la presente resolución, que se declara nula por vulnerar los Derechos Fundamentales consagrados en los artículos 14 y 23.2 CE, con expresa imposición de las costas causadas a la Administración demandada, hasta el límite máximo señalado en el fundamento de derecho último de la presente resolución».

El fallo de la Sentencia 46/2021, de 2 de marzo, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Seis de Sevilla en el Procedimiento 167/2020, por la que se anula la convocatoria para la selección de personal funcionario interino en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, Opción Informática (A2.2012), acuerda: «Que debo estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la resolución de convocatoria de selección de aspirantes a nombramiento como personal funcionario interino, asimilado al Cuerpo de Técnicos de Grado medio, Opción Informática (A2.2012), en el marco de la emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19 dictada por la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e interior de la Junta de Andalucía, por vulnerar los arts. 23.2 y 14 de la Constitución Española. Todo ello con expresa imposición de costas a la Administración demandada».

El fallo de la Sentencia 33/2021, de 4 de marzo, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Tres de Sevilla en el Procedimiento 166/2020, por la que se anula la convocatoria para la selección de personal funcionario interino en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, Opción Trabajo Social (A2.2010), acuerda: «Estimando el recurso contencioso-administrativo de protección de los derechos fundamentales de la persona interpuesto por el Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF), asistido por el Letrado don (...), sobre la Resolución de 8 de julio de 2020, de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Interior de la Junta de Andalucía, “Convocatoria de selección de aspirantes a nombramiento como personal funcionario interino asimilado al Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, Opción Trabajo Social (A2.2010), en el marco de la emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19”, que se anula por no resultar ajustada a Derecho, por vulnerar los derechos fundamentales garantizados en el artículo 14 y 23.2 de la Constitución Española, condenando a la Administración a estar y pasar por esta declaración, con las consecuencias legales inherentes. Se imponen las costas a la Administración demandada conforme al fundamento de derecho sexto».

El fallo de la Sentencia 34/2021, de 4 de marzo, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Tres de Sevilla en el Procedimiento 171/2020, por la que se anula la convocatoria para la selección de personal funcionario interino en el Cuerpo Superior Facultativo, Opción Archivística (A1.2022), acuerda: «Estimando el recurso contencioso-administrativo de protección de los derechos fundamentales de la persona interpuesto por el Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF), asistido por el Letrado don (...), sobre la Resolución de 9 de junio de 2020, de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Interior de la Junta de Andalucía, “Convocatoria de selección de aspirantes a nombramiento como personal funcionario interino asimilado al Cuerpo Superior Facultativo, Opción Archivística (A1.2022), en el marco de la emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19”, que se anula por no resultar ajustada a Derecho, por vulnerar los derechos fundamentales garantizados en el artículo 14 y 23.2 de la Constitución Española, condenando a la Administración a estar y pasar por esta declaración, con las consecuencias legales inherentes. Se imponen las costas a la Administración demandada conforme al fundamento de derecho séptimo».

Y el fallo de la Sentencia 49/2021, de 4 de marzo, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Siete de Sevilla en el Procedimiento 176/2020, por la que se anula la convocatoria para la selección de personal funcionario interino en el Cuerpo Superior Facultativo, Opción Informática (A1.2019), acuerda: «Debo estimar y estimo el presente recurso de derechos fundamentales al haber infringido la Resolución de 8 de julio de 2020, dictada por la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior de la Junta de Andalucía, denominada “Convocatoria de selección de aspirantes a nombramiento como personal funcionario interino, asimilado al Cuerpo Superior Facultativo, Opción Informática (A1.2019), en el marco de la emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19”, los artículos 14 y 23.2 de la C.E., procediendo su anulación, condenando a la Administración demandada a estar y pasar por esta circunstancia con las consecuencias legales inherentes. Las costas se imponen a la Administración demandada, con un límite máximo de 600 euros por todos los conceptos».

Segundo. Proceder a la ejecución de las sentencias a que se refiere la presente resolución, llevando a puro y debido efecto el fallo de las mismas, disponiendo en consecuencia:

1.º Declarar anuladas por las sentencias de referencia las convocatorias efectuadas por las Resoluciones de esta Dirección General para la selección de personal funcionario interino necesario en el marco de la emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19, en los Cuerpos, Especialidades y Opciones a que se refieren cada una de las sentencias relacionadas en el segundo antecedente de hecho de la presente resolución.

2.º Declarar anulada por la Sentencia 163/2020, de 14 de diciembre, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Siete de Sevilla en el Procedimiento 113/2020, la base novena que se contiene en el Anexo I de la Resolución de esta Dirección General de 14 de abril de 2020, por la que se establecen las bases que articulan el procedimiento de emergencia para la selección del personal funcionario interino y laboral temporal necesario en el marco de la emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19.

3.º Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 24 de marzo de 2021.- La Directora General, Natalia Silvia Márquez García.

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