Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 64 de 07/04/2021

1. Disposiciones generales

Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico

Extracto de la Resolución de 25 de marzo de 2021, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan para el año 2021 las subvenciones previstas en la Orden de 21 de marzo de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del tejido asociativo del flamenco en Andalucía.

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BDNS (Identificación): 555185.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/es/index)

y en el presente BOJA.

Primero. Se convocan, en el ámbito de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico (Agencia Andaluza de Instituciones Culturales) para el ejercicio 2021, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones para la promoción del tejido asociativo del flamenco en Andalucía en la cuantía total máxima de 65.000,00 euros y con cargo a los créditos presupuestarios que se especifican, 1851010000 G/45E/48003/00 01.

Segundo. Beneficiarios.

Asociaciones y demás personas jurídicas sin ánimo de lucro legalmente constituidas.

Quedan expresamente excluidas las federaciones de asociaciones.

Las entidades solicitantes deberán tener entre sus fines estatutarios el desarrollo y promoción de actividades que contribuyan a la promoción y divulgación del flamenco, estar inscritas en el Registro Público de Andalucía que corresponda en función de su naturaleza jurídica y tener domicilio social en Andalucía.

Tercero. Objeto.

La promoción del tejido asociativo del flamenco en Andalucía, mediante el apoyo a las actividades que se desarrollen por las asociaciones y personas jurídicas sin ánimo de lucro y que estén relacionadas con la promoción, la divulgación y el conocimiento del flamenco como elemento de la cultura andaluza.

Cuarto. Bases reguladoras.

La convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas mediante Orden de 21 de marzo de 2018 (BOJA núm. 61, de 28 de marzo), por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del tejido asociativo del flamenco en Andalucía, así como por las modificaciones introducidas en los cuadros resumen de la misma por la disposición final decimoquinta del Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo (BOJA núm. 27, de 18 de mayo), por el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes relativas a establecimientos hoteleros, coordinación de alertas, impulso de la telematización, reactivación del sector cultural y flexibilización en diversos ámbitos ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19), extendiendo dicha modificación su vigencia hasta la completa ejecución de las convocatorias que se efectúen en el ejercicio 2021, en virtud del apartado 1 de la disposición adicional única del Decreto-ley 2/2021, de 2 de febrero, por el que se modifican, con carácter urgente, la normativa de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados de la Comunidad Autónoma de Andalucía y otras disposiciones normativas, y se regulan los estudios con finalidad de diagnóstico precoz o de detección de casos de infección activa (cribados) dentro de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Quinto. Importe.

La dotación presupuestaria correspondiente a la convocatoria de subvenciones para la promoción del tejido asociativo del flamenco en Andalucía asciende a 65.000,00 €. El importe máximo de la subvención por entidad beneficiaria será de 5.000,00 euros.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días, iniciándose su cómputo el primer día hábil siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente Extracto, tal como está previsto en el art. 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Séptimo. Otros datos.

El formulario de solicitud (Anexo I), el formulario para presentar alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos (Anexo II), así como el formulario para la presentación del presupuesto y del plan de financiación (Anexo III), para la presente convocatoria, figuran publicados en el presente BOJA junto con la resolución de convocatoria, y se podrán obtener en la página web

http://www.juntadeandalucia.es/cultura/web/AAIICC/

y en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía.

La Directora de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, Mar Sánchez Estrella.

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