Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 66 de 09/04/2021

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local

Resolución de 29 de marzo de 2021, de la Dirección General de Administración Local, por la que se da publicidad a las bases y convocatoria para la provisión de los puestos de trabajo del Ayuntamiento de Almería (Almería) denominados titular órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local de clase 1.ª-16470, e Intervención-00176, reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, mediante el sistema de libre designación.

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Expedientes núms.: 0124/2021

0125/2021

1. Entidad Local convocante.

Almería (Almería).

2. Denominación y características de los puestos de trabajo que se convocan.

Puesto I.

Denominación: Titular órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local de clase 1.ª- 16470.

Nivel de complemento de destino: 30.

Complemento específico: 31.954,92 euros anuales.

Sistema de provisión del puesto: PLD.

Puesto II.

Denominación: Intervención-00176.

Nivel de complemento de destino: 30.

Complemento específico: 42.750,00 euros anuales.

Sistema de provisión del puesto: PLD.

3. Lugar y plazo de presentación de las solicitudes.

Lugar: Registro General del Ayuntamiento de Almería.

Plazo: 15 días hábiles siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

4. Resolución.

Vacante los puestos de trabajo cuya denominación y características se especifican en el punto 2, reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, por la Entidad Local referenciada en el punto 1 se han aprobado las bases de la convocatoria y se ha acordado asimismo su convocatoria mediante el sistema de libre designación.

Se ha instruido el preceptivo expediente, que ha sido tramitado de conformidad con lo previsto en el artículo 45 y siguientes del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se acuerda el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Por todo ello, al amparo de la legislación invocada y en virtud de las competencias conferidas en el artículo 46.2 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, y el artículo 14.1.f) del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local.

RESUELVO

Primero. Dar publicidad a las bases y convocatoria para la provisión, mediante el sistema de libre designación, de los puestos de trabajo cuyos datos se consignan en el punto 2, que se adjuntan como anexo a la presente resolución.

Segundo. Resuelto el concurso conforme a lo establecido en el artículo 46.3 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, se dará traslado de dicha resolución a esta Dirección General y al Ministerio competente, para su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

La formalización, en su caso, de la toma de posesión deberá ser comunicada a esta Dirección General en la forma y plazo previstos en el citado Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.

Tercero. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 29 de marzo de 2021.- El Director General, Joaquín José López Sidro Gil.

ANEXO

Requisitos de los aspirantes.

Podrán participar en esta convocatoria los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional pertenecientes, para cada puesto, a la Subescala que se especifica a continuación:

a) Puesto I: Subescala de Secretaría, categoría superior.

b) Puesto II: Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior.

No podrán participar en la convocatoria los funcionarios que se encuentren en cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Los funcionarios inhabilitados y los suspensos en virtud de sentencia o resolución administrativa firme, si no hubiera transcurrido el tiempo señalado en ellas de suspensión.

b) Los funcionarios destituidos, a puestos de la Corporación donde se produjo la sanción, si no hubiera transcurrido el plazo establecido en la misma.

c) los funcionarios en las situaciones de excedencia voluntaria a que se refiere el artículo 89.1 a) y b) del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, si no hubiera transcurrido el plazo de dos años desde el pase a las mismas.

Presentación de las solicitudes.

La solicitud para participar en el presente procedimiento se ajustará al modelo publicado en la página web del Ayuntamiento de Almería www.almeriaciudad.es

Las solicitudes se dirigirán al Excmo. Alcalde del Ayuntamiento de Almería y se presentarán en el Registro General de la citada institución, sito en Plaza de la Constitución, s/n, 04003-Almería, o por alguno de los demás medios a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPACAP), en el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Además del contenido mínimo previsto en el artículo 66 de la LPACAP, en la solicitud deberá indicarse el número de registro personal, la situación administrativa en la que se encuentre el solicitante y su destino actual.

Los aspirantes adjuntarán a la solicitud el curriculum en el cual figure:

a) La acreditación de la condición de funcionario/a de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

b) Los años de servicio.

c) Los puestos de trabajo desempeñados en las Administraciones Públicas.

d) Títulos académicos, estudios, cursos, formación y especialización realizada.

e) Cualquier otro mérito que consideren oportuno destacar en relación con las funciones atribuidas al puesto solicitado.

Las circunstancias detalladas en la solicitud y los méritos alegados en el curriculum se acreditarán fehacientemente por el candidato que resulte elegido, mediante la presentación de los documentos originales en el Servicio de Personal y Régimen Interior del Ayuntamiento de Almería, con carácter previo a la designación, a efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria y de los méritos alegados en el curriculum.

Entrevista.

Los aspirantes podrán ser convocados, en su caso, para la realización de una entrevista, cuya fecha, hora y lugar de realización serán publicadas en el tablón de anuncios de la página web www.almeriaciudad.es. La entrevista, de ser el caso, podrá ser presencial o de modo telemático. No se prevé pago alguno por el desplazamiento.

Resolución.

Concluido el plazo de presentación de solicitudes, el Excmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento procederá, previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en la convocatoria, y a la vista de la trayectoria profesional y los méritos acreditados por los aspirantes, a dictar la resolución correspondiente, en el plazo de un mes, dando cuenta al Pleno de la Corporacioón y trasladando aquella a la Dirección General de Administración Local de la Consejeria de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local de la Junta de Andalucía y a la Dirección Genral de la Función Pública del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, para la anotación en el correspondiente registro y publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Dicha resolución se motivará con referencia al cumplimiento, por parte del candidato elegido, de los requisitos y especificaciones exigidos para participar en la convocatoria y de la competencia para proceder al nombramiento. El puesto será adjudicado, salvo que se declare desierta la convocatoria, entre los candidatos que reunan los requisitos exigidos en la convocatoria. En todo caso deberá quedar acreditado en el procedimiento, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.

Toma de posesión.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.4 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, el plazo para la toma de posesión del puesto de trabajo será el que establece el artículo 41 de dicho Real Decreto.

Normativa supletoria.

Para todo lo que no prevean estas bases, será de aplicación el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, el Capítulo III del Título III  del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el R.D.Leg. 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Recursos.

Las presentes bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de la misma vinculan a la Administración y a quienes participen en la provisión del puesto y podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la LPACAP. A los efectos de plazos de posibles recursos contra estas bases, será determinante la fecha de publicación de las mismas en el Boletín Oficial del Estado.

Contra las presentes bases se podrá inteponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que las dictó en el plazo de un mes, de conformidad con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la LPACAP; o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de dicho orden jurisdiccional de Almería, en el plazo de dos meses, conforme a lo previsto en el artículo 46, en relación con el artículo 8, ambos de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

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