Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 67 de 12/04/2021

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades

Resolución de 7 de abril de 2021, de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, por el que se anuncia convocatoria pública para la cobertura del puesto de Subdirección General.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00189840.

Anuncio de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, IDEA, por la que se da publicidad a la convocatoria para la cobertura del puesto directivo de Subdirector/a General.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 34.3 del Decreto 122/2014, de 26 de agosto, por el que se modifica el Decreto 26/2007, de 6 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, que exige que la selección del personal se efectué mediante convocatoria pública en medios oficiales, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las convocatorias para la selección del personal de la Agencia, por el presente y para general conocimiento, se dispone la publicación de la Resolución, cuyo tenor literal a continuación se transcribe:

RESOLUCIÓN DE LA DIRECTORA GENERAL DE LA AGENCIA DE INNOVACIÓN  Y DESARROLLO DE ANDALUCÍA, IDEA, POR LA QUE SE EFECTÚA CONVOCATORIA PARA LA COBERTURA DEL PUESTO DIRECTIVO DE SUBDIRECTOR/A GENERAL

El artículo 13.1 y 2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, establece, respecto del personal directivo profesional de las Administraciones Públicas, que:

«1. Es personal directivo el que desarrolla funciones directivas profesionales en las Administraciones Públicas, definidas como tales en las normas específicas de cada Administración.

2. Su designación atenderá a principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad, y se llevará a cabo mediante procedimientos que garanticen la publicidad y concurrencia.»

A su vez, el artículo 70.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, determina que «es personal directivo de las Agencias Públicas Empresariales el que ocupa puestos de trabajo determinados como tales en los Estatutos, en atención a la especial responsabilidad, competencia técnica y relevancia de las tareas asignadas. Su régimen jurídico será el previsto en el artículo 13 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y en la normativa de desarrollo dictada por la Comunidad Autónoma de Andalucía».

Igualmente, la disposición adicional quinta de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de Reordenación del Sector Público de Andalucía, establece que:

«1. El personal directivo de las agencias es el que ocupa los puestos de trabajo determinados como tales en los estatutos de las mismas, en atención a la especial responsabilidad, competencia técnica y relevancia de las tareas a ellos asignadas.

3. Su régimen jurídico será el previsto en el artículo 13 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en la normativa de desarrollo dictada por la Comunidad Autónoma de Andalucía.»

En el mismo sentido se pronuncia el artículo 25 de la Ley de Presupuestos y el artículo 5.2 del Decreto 122/2014, de 26 de agosto, por el que se modifica el Decreto 26/2007, de 6 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, establece que son órganos de gestión: La Subdirección General, la Secretaria General, las Gerencias Provinciales y la estructura directiva de que se dote la Agencia.

Por último, es necesario mencionar la aplicación a la presente convocatoria, la Resolución de 30 de diciembre de 2020, de la Secretaría General de Regeneración, Racionalización y Transparencia, por la que se aprueban directrices generales relativas al sistema de acceso y evaluación del desempeño del personal laboral que ejerce funciones directivas profesionales en el sector público instrumental andaluz y el artículo 25 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021.

En virtud de cuanto antecede y en uso de las facultades que me confiere el artículo 13 de los Estatutos de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía

HE RESUELTO

Primero. Aprobar la convocatoria pública para la cobertura del puesto directivo de Subdirector/a General de la Agencia.

Segundo. El proceso de selección para su cobertura se llevará a cabo con arreglo a las siguientes:

BASES

Normas generales.

Es objeto de las presentes bases establecer las normas para la provisión del puesto de trabajo en régimen laboral de alta dirección de Subdirector/a General, de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, IDEA, cuyo perfil profesional se indica seguidamente, al amparo de lo previsto en los Estatutos de la entidad.

El modelo de solicitud y formularios está disponible en la web de la Agencia IDEA.

Denominación: Subdirector/a General.

Descripción del puesto y atribuciones principales: La Subdirección General ejercer cuantas funciones y competencias le sean delegadas por la Dirección General. Las funciones a desarrollar se establecen en el artículo 14 del Decreto 26/2007, de 6 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, Modificados por el Decreto 122/2014, de 26 de agosto.

Corresponde a la Subdirección General:

Ejercer cuantos funciones y competencias le sean delegadas por la Dirección General.

Sustituir a las personas titulares de la Dirección General o de la Secretaria General del Consejo Rector en caso de vacante, enfermedad, ausencia o impedimento legítimo.

Régimen laboral: Sometido a la relación laboral de carácter especial de alta dirección (Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto). Su régimen jurídico será el previsto en el artículo 13 de la Ley 7/ 2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en la normativa de desarrollo dictada por la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el artículo 25 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021 y en la normativa de general y particular aplicación.

De acuerdo con el régimen retributivo de esta entidad, se ha establecido en una retribución máxima de 64.124,44 euros brutos anuales, incluyendo las retribuciones básicas así como otros conceptos que pudieran ser de aplicación según la normativa de desarrollo citada por la Comunidad Autónoma Andaluza.

El centro de trabajo está en la ciudad de Sevilla, sito en calle Leonardo Da Vinci, 17 A,  41092 Sevilla.

Requisitos mínimos.

Para ser admitidas a la realización del proceso selectivo, las personas aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación los siguientes requisitos mínimos:

a) Poseer Titulación Universitaria Oficial de Licenciatura o Grado en Ciencias Económicas, Empresariales, Administración y Dirección de Empresas o Derecho. Estar en posesión de título universitario oficial expedido por el Ministerio de Educación y Ciencia, o bien la convalidación u homologación pertinente emitida por dicho Ministerio conforme al marco legal de aplicación.

b) Experiencia de un mínimo de dos años de experiencia en el desempeño de funciones directivas y un mínimo de un año de experiencia en el ámbito del sector público. No obstante lo anterior, el requisito de experiencia en el sector público podrá ser sustituido por la posesión de un título formativo oficial en el área de dirección y gestión en el sector público.

c) No estar incurso/a en ninguna de las incompatibilidades que determina la legislación vigente.

d) Perfil competencial mínimo técnico requerido para el acceso al puesto, conforme a lo previsto en la convocatoria en el baremo de puntuación.

e) Cumplir los requisitos generales de participación en procesos selectivos para acceso al empleo público previstos en el artículo 56.1 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Aspectos a valorar.

La convocatoria dispondrá de un Comité Calificador y de conformidad con lo previsto en el artículo 25 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, la valoración del mérito, capacidad e idoneidad de los aspirantes al puesto de alta dirección, corresponderá exclusivamente a este Comité Calificador, el cual estará compuesto por personal o titulares de órganos de la Consejería de adscripción del ente, así como por un representante del propio ente, seleccionados conforme a los principios de profesionalidad e idoneidad. Dicho comité valorará a las personas aspirantes que cumplan los requisitos, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

- Experiencia en ejecución de la actividad presupuestaria, gestión de gasto y contabilidad.

- Experiencia en la planificación y coordinación de la actividad de centros directivos.

- Experiencia en participación de órganos de gobierno.

- Experiencia en procesos de reestructuración de entidades y operaciones mercantiles.

- Formación Post Grado o Máster en Organización y/o Dirección Empresas.

- Formación en Compliance.

- Capacidad y experiencia en la gestión de equipos multidisciplinares.

- Características personales como la capacidad comunicativa, mentalidad estratégica, iniciativa, liderazgo, etc.

Solicitudes de participación y documentación a presentar.

Quienes deseen participar en el proceso de selección deberán cumplimentar el modelo de Solicitud de Participación y presentar el Formulario de Autobaremación que será expuesto en la página web de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía y en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía.

En la página web de la Agencia, se harán públicas las comunicaciones relativas al desarrollo del proceso.

La presentación de solicitudes se realizará preferentemente en el Registro General de la Agencia, con domicilio en la calle Leonardo Da Vinci, 17 A, Sevilla, en horario de oficina, siendo este de 9,00 a 14,00, de lunes a viernes, o bien a través de los medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que aparezca publicado el correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, prorrogándose hasta el primer día hábil siguiente si el plazo terminase en día inhábil, y se dirigirán al Área de Recursos Humanos y Medios de la entidad. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.

En el supuesto de presentación de documentación en una Administración o entidad distinta a la convocante, esta circunstancia deberá comunicarse a la Agencia a través de la siguiente dirección de correo electrónico seleccion@agenciaidea.es dentro del mismo plazo de presentación de solicitudes de participación antes indicado.

Para formar parte del proceso de selección se deberá presentar:

a) Fotocopia del DNI o documento que acredite la nacionalidad.

b) Solicitud de Participación en el proceso de selección cumplimentada, firmada y conteniendo los datos personales del candidato/a, junto con la Declaración Responsable de cumplimiento de requisitos mínimos exigibles así como de estar en posesión de la formación y experiencia profesional alegada por la persona aspirante.

c) Formulario de Autobaremación con la relación de méritos que se reseñan en la solicitud.

d) Proyecto de Gestión, en extensión no superior a dos folios formato A-4, en el que la persona aspirante haga constar los méritos y capacidades que a su juicio hacen idónea su candidatura, así como el esquema que propone para la organización y desarrollo de las funciones a su cargo y, en su caso, reparto de tareas y forma de dirección del personal a su cargo.

La documentación original acreditativa de la formación y experiencia profesional podrá ser requerida en cualquier momento del procedimiento por el Comité Calificador.

Únicamente se tendrán en cuenta los méritos y servicios que puedan ser justificados como máximo a la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes.

Órgano de selección.

El Comité Calificador designado estará compuesto por las siguientes personas:

Presidencia:

Titular: Doña María Rueda Fernández, Directora General de la Agencia como representante de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, IDEA.

Asesora: Doña María Antonia Rodríguez Márquez, Coordinadora de los Recursos Humanos y Medios, en calidad de asesora, con voz pero sin voto, de la representante de la Agencia.

Vocales:

Titulares: Doña Maria Leyva Manchón y don Marcos Pérez Formigó como representantes de la Secretaría General de Empresa, Innovación y Emprendimiento de la Consejería, de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades.

Proceso de selección.

La convocatoria del proceso de selección será pública y tendrá una duración como máximo de cuatro meses para su resolución, a contar desde el día siguiente la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del correspondiente anuncio.

El proceso de selección constará de las siguientes fases:

1. Preselección.

Se realizará por la Unidad de la Agencia con competencias en materia de personal, y se comprobará el cumplimiento de las Solicitudes de Participación junto con el Formulario de Autobaremación y de los requisitos recogidos en las letras a), b), c) y d) del apartado 2 de esta convocatoria.

En esta fase se realizarán las siguientes actuaciones:

a) Certificación del registro de las solicitudes recibidas y de la documentación aportada con las mismas en tiempo y forma. Esta certificación se realizará una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.

b) Comprobación del cumplimiento por las candidaturas de los requisitos establecidos en la convocatoria.

c) Redacción del informe de preselección.

2. Baremación y publicación.

El Comité Calificador comprobará las Solicitudes de Participación y Formularios de Autobaremación procediendo a su estudio y revisión, elaborando un Listado Provisional de personas admitidas con su baremación de méritos y de candidaturas excluidas, en orden de mayor a menor puntuación, de acuerdo con los aspectos recogidos en el apartado 3 y con arreglo a los criterios de valoración definidos en el Baremo de Puntuación.

Contra este listado podrá presentarse reclamaciones en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su publicación.

Transcurrido el plazo para reclamar o resueltas, en su caso, las reclamaciones planteadas, se publicará, Listado Definitivo, ordenando las candidaturas de mayor a menor puntuación en la baremación. Las diez primeras candidaturas pasarán a la fase de Entrevista Competencial y valoración del Proyecto de Gestión.

La puntuación mínima a superar en la fase de baremación de Méritos (Perfil Competencial) será al menos del 50% de la puntuación asignada, para seguir a la siguiente fase de Entrevistas de Competencias y presentación del Proyecto de Gestión.

La publicación de todos los listados indicados se realizará en la web oficial de la Agencia.

3. Entrevista Competencial y valoración Proyecto de Gestión

El Comité Calificador convocará a las diez personas candidatas que hayan obtenido la mayor puntuación en el Listado Definitivo, a una Entrevista Competencial que, además, incluirá la exposición del Proyecto de Gestión.

La fecha y hora de la entrevista y de la exposición ante el Comité Calificador se publicará en la página web de la Agencia, al menos, con tres días hábiles de antelación.

Dicha entrevista, estará basada en evidencias objetivas relacionadas con el perfil de puesto de trabajo objeto de la convocatoria. Esta entrevista se desarrollará siguiendo el guion y estructura previamente establecidos por el Comité Calificador y será la misma para todas las personas candidatas a fin de garantizar la imparcialidad y objetividad de la misma.

El Comité valorará el Proyecto de Gestión presentado y aquellas otras competencias que estime necesarias para el desempeño del puesto tales como liderazgo, planificación, iniciativa, comunicación y visión estratégica.

El Proyecto de Gestión y Entrevista de Competencias, deberá superar al menos, el 50% de la puntuación asignada.

El Comité podrá en cualquier momento contrastar todos los datos, documentos y méritos aducidos por las personas interesadas, así como solicitar las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos, requisitos o datos alegados, así como aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada valoración.

Las comunicaciones con las candidaturas, serán por correo electrónico y con acuse de recibo, mediante la dirección de correo electrónico indicado por la persona candidata en su solicitud.

Resolución del proceso y publicidad.

El resultado del proceso de selección será publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en la web de la Agencia y en la correspondiente sección de transparencia del Portal de la Junta de Andalucía, así como en todos aquellos lugares en que se haya publicitado la convocatoria.

Norma final, incidencias y recursos.

El Comité Calificador estará facultado para resolver cuantas dudas se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo del proceso selectivo. De conformidad con lo establecido en los vigentes Estatutos de la entidad y para cuanto no esté previsto en las presentes bases, se estará a lo dispuesto en la legislación de carácter general y demás normas de pertinente aplicación.

Las presentes bases y cuantos actos administrativos deriven de ellas agotarán la vía administrativa, pudiendo las personas interesadas interponer bien Recurso potestativo de Reposición en el plazo de un mes ante la Presidencia de la entidad de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, bien recurso contencioso-administrativo en los términos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses, en ambos casos a contar desde la publicación y/o notificación del correspondiente anuncio o resolución de que se trate.

Baremo de puntuación: Subdirector/a General.

1. Méritos (perfil competencial) exigido: Hasta 60 puntos.

Se valorarán los siguientes méritos:

A) Méritos profesionales en experiencia, hasta 50 puntos:

- Por cada mes completo de experiencia en el desempeño de funciones directivas similares al puesto ofertado (0,25 por mes), máximo: 20 puntos.

- Por cada mes completo de experiencia en participación en órganos de gobierno de entidades. (0,25 por mes), máximo: 10 puntos.

- Por cada mes completo de experiencia en procesos de reestructuración de entidades y operaciones mercantiles (0,25 por mes), máximo: 10 puntos.

- Por cada mes completo de experiencia en el ejercicio de gestión presupuestaria y contabilidad (0.25 por mes) máximo: 10 puntos.

A estos efectos, la puntuación indicada se computará para los periodos de tiempo superiores a la experiencia mínima exigida.

B) Méritos formativos, hasta 10 puntos:

- Formación en Post Grado o Máster en Organización y/o Direccion de Empresas: 5 puntos.

- Formación en Compliance: 5 puntos.

- Formación igual o mayor a 50 horas: 5 puntos.

- Formación entre 50 y 20 horas: 3 puntos.

- Formación menor a 20 horas: 2 puntos.

Este apartado se contabilizará teniendo en cuenta la suma de horas de las formaciones de este criterio.

2. Proyecto de Gestión: Hasta 20 puntos.

El Comité Calificador podrá computar hasta 20 puntos por el Proyecto de Gestión en el que, en extensión no superior a dos folios formato A-4, la persona aspirante haga constar:

a) Los méritos y capacidades que a su juicio hacen idónea su candidatura. Máximo 10 puntos.

b) El esquema que propone para la organización, desarrollo de las funciones a su cargo y forma de dirección y gestión del personal a su cargo. Máximo 10 puntos.

3. Entrevista Competencial: Hasta 20 puntos.

En la fase de entrevista, el Comité Calificador valorará las siguientes competencias generales:

Liderazgo. La persona que desempeñe un puesto directivo público debe tener capacidad de liderazgo, de persuasión hacia otras personas para hacer algo o adoptar un punto de vista, y de decisión de acciones basadas en sus convicciones. Máximo 4 puntos.

Iniciativa. El personal directivo ha de mantener un elevado grado de actividad, establecer estándares de ejecución exigentes y persistir en su ejecución. Ha de expresar el deseo de avanzar hacia mayores cotas de desempeño. Máximo 4 puntos.

Planificación. Capacidad para estructurar el trabajo y proveer los recursos necesarios para asegurar una eficaz ejecución de las tareas. Igualmente ha de tener la flexibilidad necesaria para gestionar lo imprevisible. Máximo 4 puntos.

Comunicación. Las habilidades de comunicación interpersonal, de convicción y de persuasión resultan esenciales en la dirección de equipos de trabajo y en la gestión del cambio en las organizaciones. Máximo 4 puntos.

Visión estratégica. El personal directivo debe ser capaz de pensar a largo plazo, comprendiendo escenarios complejos y previendo los posibles efectos derivados de las políticas públicas. Máximo 4 puntos.

4. Orden de preferencia en caso de empate.

En caso de empate en la puntuación total en el proceso selectivo, este será resuelto según el siguiente criterio:

La candidatura con mayor puntuación obtenida en la entrevista competencial.

La candidatura con mayor puntuación obtenida en el proyecto de gestión.

Sevilla, 7 de abril de 2021.- La Directora General, María del Castillo Rueda Fernández.

Descargar PDF