Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00190001.
El Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados, dispone en su artículo 51 que la Consejería competente en materia de Hacienda implantará, como instrumento para el ejercicio de sus competencias sobre la contratación del sector público, un sistema informático para la planificación y gestión de la tramitación electrónica de los expedientes de contratación que lleven a cabo los órganos gestores de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y de sus entidades instrumentales y vinculadas, cuya utilización será obligatoria para los citados órganos a partir de la implantación efectiva del mismo, al objeto de garantizar los principios de homogeneidad, integridad y seguridad jurídica en la tramitación electrónica de dichos expedientes.
En su virtud, se dictó la Orden de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, de 12 de julio de 2011, por la que se aprueba el Sistema Informático ERIS-G3, que sustenta el procedimiento electrónico mediante el que los correspondientes órganos gestores tramitarán los expedientes de contratación de su competencia y canaliza el procedimiento para la puesta a disposición de los órganos de intervención de los expedientes con documentación electrónica para que sean objeto de fiscalización así como, en su caso, la formalización de su resultado en documento electrónico y la remisión posterior del mismo y del expediente a los órganos gestores.
Este sistema informático es homogéneo para todos los órganos gestores de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y vinculadas y se encuentra adaptado a la normativa vigente en materia de contratación.
De acuerdo con el artículo 3.1 de la Orden de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, de 12 de julio de 2011, la implantación efectiva del sistema será gradual y progresiva en función de criterios técnicos y organizativos que optimicen la efectividad de la misma.
En base a lo dispuesto al apartado 2 del mismo, por resolución conjunta de la Dirección General de Contratación, de la Intervención General de la Junta de Andalucía y de la Dirección General de Estrategia Digital y Gobierno Abierto, en virtud del las competencias otorgadas en el Decreto 114/2020, de 8 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, y Decreto 116/2020, de 8 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, se establecerán las Consejerías y entidades a las que se extienda el uso del sistema, de acuerdo con el calendario aprobado por dichos centros directivos.
En su virtud, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 3.2 de la Orden de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, de 12 de julio de 2011, la Dirección General de Contratación, la Intervención General de la Junta de Andalucía y la Dirección General de Estrategia Digital y Gobierno Abierto
RESUELVEN
Primero. Fecha de implantación del Sistema Informático ERIS-G3 en la Agencia Pública Andaluza de Educación.
Se establece el 1 de abril de 2021 como fecha de implantación efectiva del Sistema Informático ERIS-G3 en la Agencia Pública Andaluza de Educación.
Segundo. Obligatoriedad del sistema.
1. De acuerdo con lo previsto en el artículo 4 de la Orden de 12 de julio de 2011, a partir de la fecha de implantación efectiva del Sistema Informático ERIS-G3, su utilización será obligatoria para la tramitación de los expedientes de contratación que se rijan por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, tramitados por procedimientos modelados en el sistema por los órganos de contratación de la Agencia Pública Empresarial indicada en el apartado primero de la presente resolución.
La tramitación de expedientes de contratación que cumplan estos requisitos y que no se realicen a través del Sistema Informático ERIS-G3 impedirá su control/contabilización hasta que se sustancie por dicho sistema.
2. No obstante lo establecido en el apartado anterior, cuando concurran circunstancias excepcionales debidamente acreditadas, la Intervención General de la Junta de Andalucía, previo informe favorable de las Direcciones Generales de Contratación y de Estrategia Digital y Gobierno Abierto, podrá autorizar el control/contabilización de expedientes tramitados en todo o en parte sin utilizar ERIS-G3.
Tercero. Régimen transitorio de los expedientes de contratación.
Los expedientes de contratación iniciados con anterioridad al 1 de abril de 2021 por la Agencia Pública Andaluza de Educación se tramitarán fuera de la plataforma, de la misma manera en que se estaban tramitando. Asimismo, las modificaciones, prórrogas y demás incidencias de estos mismos expedientes se tramitarán fuera de la nueva plataforma.
Cuarto. Comunicación.
La presente resolución se comunicará a Agencia Pública Andaluza de Educación, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 30 de marzo de 2021.- La Directora General de Estrategia Digital y Gobierno Abierto, María Gema Pérez Naranjo; la Interventora General, Amelia Martínez Sánchez; la Dirección General de Contratación, P.S. (art. 3.3 del Decreto 116/2020, de 8.9.2020, BOJA núm. 55, de 10.9.2020), el Secretario General Técnico, Ricardo Espíritu y Navarro.
Descargar PDF