Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 76 de 23/04/2021

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Anuncio de 14 de abril de 2021, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada, por el que se convoca a los afectados para el levantamiento de actas previas, y si procede definitivas, de ocupación de las fincas afectadas por la instalación eléctrica del proyecto que se cita, en los tt.mm. de Las Gabias, La Malahá y Alhendín, en la provincia de Granada. (PP. 1191/2021).

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Por Resolución de fecha 25 de septiembre de 2020 se concedió autorización administrativa previa y de construcción y de declaración, en concreto, de utilidad pública del Proyecto de ejecución de la instalación eléctrica denominada «Proyecto de Ejecución de subestación eléctrica Watt Alhendín, Proyecto de ejecución planta solar fotovoltaica Watt Alhendín 49,9 MW y Proyecto de ejecución LSAT y LAAT FV Watt Alhendín-SET Gabias, en los tt.mm. de Las Gabias, La Malahá y Alhendín en la provincia de Granada», expediente núm. 13.711/AT, resolución que fue notificada a los titulares de bienes y derechos afectados y publicada en el BOE de 17 de noviembre de 2020, así como en el BOJA y BOP, así como en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos referidos.

La descripción y características de las instalaciones autorizadas son las siguientes:

Peticionario: Watt Development SPV 2, S.L., con domicilio a efecto de notificaciones en C/ Sorní, núm. 21, puerta 8, de Valencia, C.P. 46004, CIF B-98868037.

Características: Planta Solar Fotovoltaica «Watt Alhendín I» de 49,99 MWp, 142.856 módulos fotovoltaicos de 350 Wp de potencia unitaria, unidos mediante series de 28 nódulos por string, instalados en estructura fija, 15 inversores 1500Vdc/645Vac de 3110 W de salida, 15 Centros de Transformación tipo interior, 3.110 kVA 0,645/20 kV, protección celdas 24 kV SF6 2L1P y 1L1P, evacuación conductor XLPE 12/20 kV 400 mm² Al, 5 circuitos salida hasta Subestación Eléctrica de evacuación 20/66 kV 43/47 MVA ONAN/ONAF, parque 20 kV tipo interior SF6 simple barra formada por 5 celdas línea, 1 celda trafo, 1 celda medida y control y 1 celda SS.AA., parque 66 kV tipo exterior convencional, 1 posición salida línea y 1 posición trafo de evacuación, SS.AA., e instalaciones medida y control y línea Eléctrica Aéreo/Subterránea de Alta Tensión 66 kV S/C de evacuación desde la subestación Watt Alhendín hasta la subestación Gabias, de 1.570 m de longitud tramo subterráneo y 7.440 m de longitud tramo aéreo, conductor RHZ1-2OL 36/66 kV 1x630 Al o similar y 242-Al1/39-ST1A, apoyos metálicos galvanizados y aislamiento polimérico. La Subestación Eléctrica sita en la parcela 76, polígono 9, del t.m. de Alhendín, la planta fotovoltaica se sitúa en las parcelas 54, 55, 56, 61, 62, 63, 69, 76, 84 y 95, polígono 9, del t.m. de Alhendín, y la línea de evacuación afecta los tt.mm. de Las Gabias, La Malahá y Alhendín, en la provincia de Granada.

Finalidad: Producción y evacuación de energía eléctrica fotovoltaica. Mejorar el mallado de la red de distribución de la Comarca de la Alpujarra Granadina.

Dicha declaración lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados, e implica la urgente ocupación, de conformidad con lo establecido en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y con el artículo 149.1 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiario en el expediente expropia torio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2. de la Ley de Expropiación Forzosa.

En su virtud, esta Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, ha resuelto convocar a los titulares de bienes y derechos afectados para que comparezcan en el Ayuntamiento donde radica la finca afectada, como punto de reunión para, de conformidad con el procedimiento que establece el precitado artículo 52, llevar a cabo el levantamiento de las actas previas a la ocupación y, si procediera, el de la de ocupación definitiva.

El levantamiento de actas previas a la ocupación tendrá lugar en los ayuntamientos los días, según horario que se asigna a cada afectado en la relación anexa a este anuncio.

Si por causa de fuerza mayor no pudiera realizarse el levantamiento de la mencionada acta previa a la ocupación de las fincas, se entiende que se realizará el primer día hábil siguiente, con igual horario.

A dicho acto los interesados, así como las personas que sean titulares de cualquier clase de derechos o intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles, pudiendo acompañarse, a su costa, de perito y un notario, si lo estiman oportuno.

En el caso de que se haya obtenido algún tipo de acuerdo escrito con la empresa beneficiaria, relativo al asunto, no será precisa la asistencia, aportándose en todo caso dicho acuerdo alcanzado con la misma.

El presente anuncio se notificará al Ayuntamiento donde discurren las fincas afectadas así como a los interesados con domicilio conocido, y se publicará en el Boletín Oficial del Estado, el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el Boletín Oficial de la Provincia de Granada, tablón de edictos del referido ayuntamiento y, al menos, en dos periódicos de la provincia,servirá de notificación a los interesados desconocidos o de ignorado domicilio a los efectos de lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Este acto se hace público para que, si existieran terceras personas que se consideraran de mejor derecho, puedan comparecer en el día, hora y lugar indicado para formular la reclamación que estimen oportuna, para lo que tendrán que acudir provistos de la documentación en que fundamenten su intervención.

Se hace constar igualmente que, hasta el momento del levantamiento de actas de pago y ocupación, los interesados podrán formular por escrito ante esta Delegación alegaciones a los únicos efectos de corregir posibles errores en la descripción de los inmuebles afectados así como examinar el expediente en el que figuran las características de las parcelas y el detalle de los bienes objeto de expropiación, con sus derechos y accesorios.

Se advierte expresamente que la incomparecencia no impedirá la redacción de las oportunas actas, y que de no recibir los justiprecios, estos serán consignados en la Caja General de Depósitos, Servicio de Tesorería de la Delegación de Gobierno de Granada. En el expediente expropiatorio Watt Development SPV 2, S.L., asume la condición de beneficiaria.

Granada, 14 de abril de 2021.- El Delegado del Gobierno, Pablo García Pérez.

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