Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 76 de 23/04/2021

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Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación

Resolución de 12 de abril de 2021, de la Delegación Territorial de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación en Córdoba, por la que se hacen públicas diversas notificaciones de requerimientos al amparo del Decreto-ley 3/2017, de 12 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía.

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En cumplimiento del art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015), esta Delegación Territorial, intentada la notificación del escrito sobre petición de documentación, en los expedientes administrativos sobre la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre (BOJA núm. 245, 26 de diciembre de 2017), que se relacionan, no se ha podido practicar, por lo que, mediante el presente anuncio, se les cita para que en en el plazo de diez días (hábiles), a contar desde el siguiente al día de la publicación de este anuncio, se personen en esta Delegación Territorial de Educación y Deporte, Igualdad y Políticas Sociales y Conciliación, sita en la Plaza de Ramón y Cajal, núm. 6, C.P. 14071 de Córdoba, para informarse de la documentación que deberán entregar a efectos de continuar con la tramitación del expediente citado.

NÚM. DE EXPEDIENTE DNI
561-2020-00919 30439718T
561-2020-06515 48870643J
561-2019-47657 24896227S
561-2019-00700 30493763H
561-2020-02408 28592022D
561-2020-02568 Y7254121G
561-2019-42686 44371051A
561-2020-03727 30996849W
561-2019-34658 34015990W
561-2020-01873 30498124D
561-2020-04728 38420342S
561-2020-06619 Y2564055Y
561-2020-01474 80151550T
561-2020-04193 31012192G
561-2020-04195 30524349Z
561-2020-05888 Y6617901X
561-2020-06419 X0890012G
561-2019-44886 30520281V
561-2019-41372 30471161W
561-2019-44778 X9988968C
561-2020-03841 X9434820J
561-2020-03927 X9434820J
561-2020-06793 30949251Z

Advertencia. Transcurrido el plazo concedido, sin que hubiera subsanado las faltas y/o aportado los documentos requeridos, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos del artículo 21, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Córdoba, 12 de abril de 2021.- El Delegado, Antonio López Serrano.

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