Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 77 de 26/04/2021

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 30 de marzo de 2021, del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga, dimanante de autos núm. 283/2016.

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NIG: 2906744S20160003964.

De: Doña Silvia González Moreno.

Abogado: Francisco Rafael Ojeda Leiva.

Contra: Clece, S.A., Grupo Corporativo FAMF, S.L.U., Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, Agencia Pública Andaluza de Educación y Formación, Celemin y Formación, S.L., Federación Provincial de Asociaciones de Personas con Discapacidad Física y Orgánica de Córdoba Fepamic y Fepamic Servicios de Asistencia, S.L., Unión Te, Fundación Samu, Centro de Formación Marcos Bailon, S.L., Geriformación y Osventos Innovación.

Abogados: Manuel Martínez Torres, José Javier Cabello Burgos, Ángel Gómez Martínez y José Manuel de Lara Bermúdez.

EDICTO

El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga.

HACE SABER

Que en este Juzgado se sigue el procedimiento núm. 283/2016, sobre Procedimiento Ordinario, a instancia de Silvia González Moreno, contra Clece, S.A., Grupo Corporativo FAMF, S.L.U., Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, Agencia Pública Andaluza de Educación y Formación, Celemin y Formación, S.L., Federación Provincial de Asociaciones de Personas con Discapacidad Física y Orgánica de Córdoba Fepamic y Fepamic Servicios de Asistencia S.L., Unión Te, Fundación Samu, Centro de Formación Marcos Bailon, S.L., Geriformación y Osventos Innovacion, en la que con fecha se ha dictado sentencia que sustancialmente dice lo siguiente:

SENTENCIA NÚM. 119/2021

En Málaga, a quince de marzo de dos mil veintiuno.

Vistos por doña Victoria Gallego Funes, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga, los presentes autos núm. 283/2016 promovidos por doña Silvia González Moreno (DNI nXXX), asistida por el Letrado Sr. Ojeda Leiva, frente a la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, representada por el Letrado Sr. Delgado Utrera, Agencia Pública Andaluza de Educación y Formación, representada por el Letrado Sr. Cabello Burgos, Clece, S.A., representada por el Letrado Sr. Martínez Torres; Grupo Corporativo FAMF, S.L.U., que no comparece; Celemin & Formación, S.L., representada por el Letrado Sr. Gómez Martínez; UTE Fepamic Colegios de Málaga, Federación Provincial de Asociaciones de Pesonas con Discapacidad Física y Orgánica de Córdoba; Femapic Servicios de Asistencia, S.L., representadas por el Letrado Lara Bermúdez; Fundación Samu; que no comparece, Geriformación, S.L., que no comparece, Centro de Formación Marcos Bailon, S.L., representada por la Letrada Sra. Rodríguez Barrancos, y la entidad Osventos Innovación en Servicios, S.L., que no comparecen, sobre Derechos/Cesión Ilegal.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por doña Silvia González Moreno frente a la Consejeria de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, Angencia Pública Andaluza de Educación y Formación, Clece, S.A.; Grupo Corporativo FAMF, S.L.U., Celemin & Formación, S.L.; UTE Fepamic Colegios de Málaga, Federación Provincial de Asociaciones de Pesonas con Discapacidad Física y Orgánica de Córdoba; Femapic Servicios de Asistencia, S.L., Fundación Samu; Geriformación , S.L., Centro de Formación Marcos Bailon, S.L., y la entidad Osventos Innovación en Servicios, S.L., sobre Derechos, se declara la existencia de Cesión Ilegal de trabajadores respecto de la actora, y se le reconoce la condición de trabajador indefinido a tiempo y jornada completa no fijo al servicio de la Consejería demandada con la categoría profesional Auxiliar Técnico Educativo desde 23.9.2010 condenando a los demandados a estar y pasar por esta declaración.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoseles saber al tiempo que contra la misma cabe recurso de suplicación a presentar en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación.

Así, por esta, mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a Grupo Corporativo FAMF, S.L.U., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el BOJA, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En Málaga, a treinta de marzo de dos mil veintiuno.- El/La Secretario/a Judicial.

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