Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 77 de 26/04/2021

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Salud y Familias

Resolución de 14 de abril de 2021, de la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica, por la que se nombra al Director del Plan Integral de Accidentabilidad de Andalucía.

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La Consejería de Salud y Familias, en virtud de lo establecido en la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, tiene la responsabilidad de definir las políticas sanitarias, asignar los recursos y garantizar el derecho a la salud de los ciudadanos en la Comunidad Autónoma Andaluza, todo ello bajo los principios, entre otros, de coordinación de las actuaciones y de los recursos, mejora de la calidad en los servicios y utilización eficaz y eficiente de los recursos sanitarios que sean necesarios para la consecución de sus objetivos.

La citada Ley 2/1998, de 15 de junio, en el artículo 33 establece que de conformidad con los criterios y pautas que establezca el Plan Andaluz de Salud, y teniendo en cuenta las especificidades de cada territorio, se elaborarán planes de salud específicos por los órganos correspondientes de cada una de las áreas de salud. El Plan Andaluz de Salud establece entre sus metas el conseguir mayores niveles de salud con las acciones contempladas en los planes integrales y las estrategias de salud priorizadas en el Sistema Sanitario Público de Andalucía y el desarrollar un modelo de organización inteligente que genere, fomente y comparta el conocimiento y la innovación y promueva la mejora continua y la calidad de las actuaciones en materia de protección de la salud. Entre dichos planes integrales se encuentra el Plan Integral de Atención a la Accidentabilidad en Andalucía, ya que la accidentabilidad en sus diferentes tipos de presentación constituye uno de los problemas más graves de salud pública.

El Plan Integral de Atención a la Accidentabilidad en Andalucía es un instrumento que, con carácter intersectorial, concede prioridad a la accidentabilidad que ocasiona numerosos problemas de salud y demandas de atención sanitaria, y que bajo criterios de equidad y solidaridad, en función de los distintos colectivos, y de promoción de la salud, favorezca estilos de vida saludables. El Plan Integral de Atención a la Accidentabilidad se centra en tres líneas de trabajo simultáneas, que se corresponden con las distintas fases que rodean a un accidente, es decir antes, durante y después de que el mismo ocurra.

Por todo lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y en el artículo 8 del Decreto 105/2019, de 12 de febrero,

RESUELVO

Primero. Cesar a doña Carmen Echevarría Ruiz-de Vargas como Directora del Plan Integral de Atención a la Accidentabilidad de Andalucía, al hacer alcanzado la edad de jubilación.

Segundo. Nombrar a don José Antonio Expósito Tirado como Director del Plan Integral de Atención a la Accidentabilidad de Andalucía.

Tercero. La designación no comporta retribuciones específicas, siendo éstas las correspondientes a su puesto de origen. La persona titular de la coordinación del Plan de Integral de Atención a la Accidentabilidad de Andalucía conservará la vinculación jurídica existente con su institución de procedencia.

Cuarto. Las indemnizaciones que procedan a favor del Director del Plan Integral de Atención a la Accidentabilidad de Andalucía por los desplazamientos que hubiese de realizar por razón de servicio, se liquidarán por su institución de origen, con arreglo a la normativa vigente.

Sevilla, 14 de abril de 2021.- El Director General, José María de Torres Medina.

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