Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 80 de 29/04/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación

Resolución de 22 de abril de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda someter de nuevo al trámite de información pública el proyecto de orden por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00190918.

Por la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación se acordó con fecha de 15 de abril de 2020 el inicio de la tramitación del proyecto de orden por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.

Mediante Resolución de 6 de mayo de 2020, de la Secretaría General Técnica, publicada en el BOJA núm. 89, de 12 de mayo de 2020, se sometió el referido proyecto normativo al trámite de información pública. No obstante lo anterior, durante la tramitación del mismo se han realizado importantes modificaciones respecto del borrador inicial, por lo que de conformidad con los principios de buena regulación y especialmente en cumplimiento del principio de transparencia, regulados en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, resulta procedente dar difusión al nuevo borrador mediante el presente trámite de información pública, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

RESUELVE

Primero. Someter de nuevo al trámite de información pública el proyecto de orden por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, por un plazo de siete días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Segundo. Durante dicho plazo, el texto del citado proyecto de orden, junto con el resto de documentación que conforma el expediente, estará disponible en la página web de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, en el siguiente enlace:

https://juntadeandalucia.es/organismos/igualdadpoliticassocialesyconciliacion/servicios/normas-elaboracion/detalle/194661.html

Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al borrador del proyecto de orden se realizarán preferentemente en formato digital y abierto en la dirección de correo electrónico sv.legislacion.cipsc@juntadeandalucia.es, sin perjuicio de la posibilidad de hacerlo en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 82 y siguientes de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. Todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de a Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Sevilla, 22 de abril de 2021.- La Secretaria General Técnica, María Inmaculada Fajardo Rivas.

Descargar PDF