Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 82 de 03/05/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Acuerdo de 27 de abril de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se declara de utilidad pública en Andalucía al Real Club Naútico de Motril.

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La Comunidad Autónoma de Andalucía asume competencias exclusivas en materia de deporte de conformidad con el artículo 72.1 de su Estatuto de Autonomía que dispone que «corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de deportes y de actividades de tiempo libre, que incluye la planificación, la coordinación y el fomento de estas actividades, así como la regulación y declaración de utilidad pública de entidades deportivas».

La Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, regula en su artículo 53 la declaración de utilidad pública.

El Decreto 7/2000, de 24 de enero, de Entidades Deportivas Andaluzas, regula en su artículo 15 el reconocimiento autonómico de utilidad pública.

Con fecha 28 de diciembre de 2020 el Real Club Náutico de Motril presenta una solicitud de declaración de utilidad pública autonómica.

Con fecha 19 de febrero de 2021 la Dirección General de Promoción del Deporte, Hábitos Saludables y Tejido Deportivo acuerda incoar el correspondiente procedimiento de declaración de utilidad pública autonómica del Real Club Náutico de Motril, a instancia de la parte interesada.

Con fecha 14 de abril de 2021 la Dirección General de Promoción del Deporte, Hábitos Saludables y Tejido Deportivo emite un Informe-Propuesta favorable a la declaración de utilidad pública autonómica del Real Club Náutico de Motril.

Analizada la documentación que conforma este expediente de declaración de utilidad pública queda acreditado que se cumplen todos y cada uno de los requisitos exigidos por la legislación vigente y se puede concluir que los fines estatutarios del Real Club Náutico de Motril promueven el desarrollo y la práctica continuada de la actividad deportiva, las actividades son realizadas en cumplimiento de sus fines sociales y se encuentran abiertas no solo a los socios sino a cualquier otro beneficiario que reúna las condiciones exigidas por la índole de los propios fines del Club. Por todo ello, resulta oportuno declarar al Real Club Náutico de Motril de utilidad pública en Andalucía, con los efectos que señala el artículo 53 de la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación y Deporte, conforme a lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, el artículo 27.23 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 27 de abril de 2021,

ACUERDO

Primero. Declarar de utilidad pública en Andalucía al Real Club Náutico de Motril con los efectos que señala el artículo 53 de la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía.

Segundo. Este acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 27 de abril de 2021

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ
Consejero de Educación y Deporte
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