Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 86 de 07/05/2021

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 16 de abril de 2021, del Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Málaga, dimanante de autos núm. 1115/2019. (PP. 1324/2021).

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NIG: 2906742120190026813.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1115/2019. Negociado: 5.

Sobre: Contratos: Otras cuestiones.

De: Don Pascual Fernández López.

Procurador: Sr. Lloyd Silbermann Montañez.

Letrada: Sra. Isabel Abruñedo Establier.

Contra: Ole Espectáculos, S.L., y José Archidona González.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1115/2019 seguido a instancia de Pascual Fernández López frente a Ole Espectáculos, S.L., y José Archidona González se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

SENTENCIA NÚM. 262/2020

En la ciudad de Malaga, a dieciséis de noviembre de dos mil veinte.

Vistos por doña Isabel María Alvaz Menjíbar, Magistrada Jueza del Juzgado de Primera Instancia número Ocho de Málaga, los autos de Juicio Ordinario 1115/19 a instancia de don Pascual Fernández López, representado por el Procurador don Lloyd Silberman Montañez y defendido por la Letrada doña Isabel Abruñedo Establier, contra don José Archidona González, y Ole Espectáculos, S.A., declarados en rebeldía. En reclamación de cantidad.

FALLO

Que, estimando la demanda formulada por don Pascual Fernández López contra don José Archidona González y Ole Espectáculos, S.L., debo condenar solidariamente a los demandados a que abonen al actor la cantidad de 28.452,35 euros.

Dicha cantidad devengará el interés legal desde la fecha de la interposición de la demanda, incrementada en dos puntos desde la fecha de la presente resolución.

Imponiendo las costas a la parte demandada.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC). El recurso se interpondra por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación (artículo 458 LEC).

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado, número 2959, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, Ole Espectáculos, S.L., y José Archidona González, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Málaga, a dieciséis de abril de dos mil veintiuno.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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