Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 86 de 07/05/2021

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Anuncio de 23 de abril de 2021, de la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático, por el que se da publicidad a la Resolución de la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático, por la que se delega en la persona titular de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Málaga la competencia para la instrucción y resolución del procedimiento de autorización ambiental unificada de la actuación «Planta Solar Fotovoltaica Atolón Solar e Infraestructura de Evacuación en 30 kv» y sus modificaciones, a ubicar en las provincias de Cádiz y Málaga. PA210009B.

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El Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, dispone en su artículo 7, que la competencia para la instrucción y resolución del procedimiento de autorización ambiental unificada cuando la actuación afecte a más de una provincia corresponde a la Dirección General competente en materia de prevención y control ambiental, salvo que delegue dicha competencia a una de las Delegaciones Territoriales afectadas.

Según el proyecto presentado por el promotor Atolón Solar, S.L.U., la actuación de «Planta Solar Fotovoltaica Atolón Solar e Infraestructura de Evacuación en 30 kv», se localiza entre las provincias de Cádiz y Málaga.

El objetivo es la construcción de la instalación de generación eléctrica con tecnología solar fotovoltáica denominada FV Atolón Solar, instalada en suelo con estructura fija hasta una capacidad instalada de 62,50 Mwp y capacidad de acceso o nominal de 62,57 Mwn, así como de la infraestructura de evacuación y conexión de 30 kv que conectará FV Atolón Solar con la futura subestación de transformación de nombre ST Perejil 132/30 kv.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 4 de abril de 2021, se recibe en la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático solicitud original de la autorización ambiental unificada realizada por el promotor, Atolón Solar, S.L., y la documentación relativa a dicho procedimiento.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, entró en vigor el 20 de enero de 2008. Esta, en su artículo 27, establece las actuaciones, tanto públicas como privadas, que deberán someterse a Autorización Ambiental Unificada.

Segundo. La actuación se encuentra incluida en el Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, en la categoría 2.6 «Instalaciones para la producción de energía eléctrica a partir de la energía solar destinada a su venta a la red, que: a) No se ubiquen en cubiertas o tejados de edificios existentes y que ocupen más de 100 ha de superficie. b) No se ubiquen en cubiertas o tejados de edificios existentes y que ocupen una superficie de más de 10 ha y se desarrollen en Espacios Naturales Protegidos (incluidos los recogidos en la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección), Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales, según la regulación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, por lo que le es de aplicación el artículo 27.1 a) de la citada Ley 7/2007, de 9 de julio y como consecuencia se encuentra sometida a Autorización Ambiental Unificada.

Tercero. De conformidad con el artículo 29 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, la tramitación y resolución del procedimiento para la obtención de la Autorización Ambiental Unificada corresponde a la Consejería competente en materia de Medio Ambiente.

Cuarto. Esta Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático, en aplicación del artículo 7.2 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, entiende que, dado que la mayor parte de la instalación se encuentra en la provincia de Málaga, procede realizar la delegación de la competencia para la instrucción y resolución del procedimiento de Autorización Ambiental Unificada de la actuación arriba referenciada y sus modificaciones, en la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Málaga.

Quinto. Por ello, teniendo en cuenta el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, y correspondiendo a esta Consejería el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Medio Ambiente, de conformidad con el artículo 7 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, y las disposiciones adicionales tercera y novena del Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, así como el artículo 8.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y del artículo 102.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

RESUELVO

Primero. Delegar en la persona titular de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Málaga, la competencia para la instrucción y resolución del procedimiento de autorización ambiental unificada de la actuación denominada «PSF Atolón Solar e infraestructura de evacuación en 30 kV», y sus modificaciones, en los tt.mm. de Jimena de la Frontera (Cádiz) y Gaucín (Málaga)», promovida por Atolón Solar, S.L.

Segundo. La persona titular de la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático podrá en cualquier momento, mediante resolución motivada, avocar la competencia delegada en esta resolución.

Tercero. Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de esta delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

Cuarto. La delegación prevista en la presente resolución producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 23 de abril de 2021.- La Directora General, María López Sanchís.

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