Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 86 de 07/05/2021

1. Disposiciones generales

Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico

Extracto de la Resolución de 30 de abril de 2021, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan para el año 2021 las subvenciones previstas en la Orden de 19 de mayo de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la producción de documentales en Andalucía.

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BDNS (Identificación): 561119, 561140

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/es/index) y en el presente BOJA.

Primero. Se convocan, en el ámbito de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico (Agencia Andaluza de Instituciones Culturales) para el ejercicio 2021, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones a la producción de documentales en Andalucía, en la cuantía total máxima que se especifica para cada una de las líneas que se indican y con cargo a los créditos presupuestarios que para cada una de las líneas se detallan:

Partida Presupuestaria: 1851010000 G/45E/47001/ 00 01

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2021 2022 2023 Dotación total por línea
Producción de documentales de creación 41.600,00 € 62.400,00 € 104.000,00 € 208.000,00 €
Producción de documental de difusión cultural. 41.400,00 € 62.100,00 € 103.500,00 € 207.000,00 €
TOTAL POR ANUALIDADES 83.000,00 € 228.250,00 € 103.750,00 € 415.000,00 €

Segundo. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios en ambas líneas:

Las personas físicas o jurídicas productoras que sean de carácter independiente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.n) de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.

Las Agrupaciones de Interés Económico cuyo objeto social, según la inscripción en el Registro Mercantil, sea la realización de actividades de producción cinematográfica, siempre que reúnan la condición de productora independiente mediante el cumplimento de los requisitos establecidos en el artículo 4.n) de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.

Tercero. Objeto.

La finalidad de las subvenciones es la producción de documentales en Andalucía, dentro de las siguientes líneas:

1. Línea producción de documentales de creación: la obra audiovisual que siendo un trabajo original por aportar el punto de vista de su autor o autora sobre la temática, la narrativa o el tratamiento visual, verse sobre un contenido que haya sido tomado de la realidad, que puede ser de investigación o análisis sobre un asunto concreto relacionado con la cultura, la sociedad, la ciencia, el patrimonio, la naturaleza o la historia europea o universal, cuya duración sea igual o superior a 45 minutos y esté destinada a su explotación comercial en salas de cine o televisión o que lleguen al público a través de otros medios de comunicación.

2. Línea de producción de documental de difusión cultural: la obra audiovisual cuyo tema esté relacionado con la cultura andaluza, la historia o el patrimonio cultural de Andalucía, cuya duración sea de 45 minutos o superior y esté destinada a su explotación comercial en salas de cine o televisión o que lleguen al público a través de otros medios de comunicación.

Cuarto. Bases reguladoras.

La convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas mediante Orden de 19 de mayo de 2017 (BOJA núm. 98, de 25 de mayo), por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la producción de documentales en Andalucía., así como por las modificaciones introducidas en el artículado de la misma por la disposición final decimocuarta del Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo, que continuarán en vigor hasta la completa ejecución de la convocatoria que se efectúe en el ejercicio 2021, de conformidad a lo establecido en la disposición adicional única del Decreto-ley 2/2021, de 2 de febrero, y por los cambios introducidos en el artículo 22.2.a) de las bases reguladoras por la disposición final cuarta del Decreto-ley 6/2021, de 20 de abril, que serán de aplicación conforme al apartado 2 de la disposición final séptima del mismo Decreto-ley, a las convocatorias de subvenciones que se aprueben desde la entrada en vigor del mismo y extenderán su vigencia hasta la completa ejecución de las que se efectúen en el ejercicio 2021, y se mantendrán en aquellas convocatorias posteriores mientras persista la situación de crisis sanitaria provocada pro la pandemia del COVID-19.

Quinto. Importe.

La dotación presupuestaria total de esta convocatoria asciende a 415.000,00 € con la distribución por líneas que figura en el cuadro del apartado primero de este extracto. El importe máximo de la subvención por documental será de 50.000 €, siempre que dicho importe no supere el 40% del presupuesto aceptado del documental.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días, iniciándose su cómputo el primer día hábil siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto previsto en el art. 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios de solicitudes (Anexo I) y el Anexo II, para las distintas líneas convocadas, figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria y se podrán obtener en la página web http://www.juntadeandalucia.es/cultura/web/AAIICC/, en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía, así como en la sede de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.

Los restantes modelos de documentos a aportar por las personas o entidades solicitantes, para que puedan valorar las solicitudes conforme a la información contenida en ellos, podrán obtenerlos mediante su descarga en la página web de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, en la siguiente dirección electrónica

http://www.juntadeandalucia.es/cultura/web/AAII.

La Directora de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, María del Mar Sánchez Estrella.

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