Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 88 de 11/05/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Resolución de 28 de abril de 2021, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se establece el plazo para dictar y hacer pública la resolución de admisión del alumnado en las escuelas oficiales de idiomas en las modalidades presencial, semipresencial y a distancia para el curso 2021/2022, en virtud de lo establecido en la Orden que se cita y se modifica el modelo de matrícula en la modalidad presencial y semipresencial y en régimen de matrícula libre y el modelo de solicitud de admisión en la modalidad a distancia en enseñanzas de idiomas de régimen especial.

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La Orden de 20 de abril de 2012, por la que se regulan los criterios y procedimientos de admisión del alumnado en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece en su Capítulo IV el procedimiento de admisión en dichas enseñanzas y centros.

El artículo 20 de la citada orden determina que anualmente se establecerá el calendario de actuaciones del procedimiento de admisión por resolución de la persona titular de la Dirección General competente en materia de enseñanzas de idiomas de régimen especial, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Asimismo, el artículo 22.4 regula el plazo de admisión anual, y estipula que deberá establecerse cada año el plazo para dictar y hacer pública la resolución de admisión en cada centro.

Asimismo, en virtud de lo establecido en el apartado 2 de la disposición adicional décima de la Orden de 15 de enero de 2021, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la etapa de Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, en cada centro autorizado a impartir enseñanzas de idiomas de régimen especial a distancia los plazos del procedimiento de admisión y matriculación en las mismas serán los establecidos para las mismas enseñanzas en sus modalidades presencial y semipresencial.

La Resolución de 25 de febrero de 2021, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se convocan las pruebas específicas de certificación en las enseñanzas de idiomas de régimen especial para el curso 2020/21 y se establecen determinados aspectos sobre su organización, convoca por primera vez en Andalucía pruebas específicas de certificación Nivel avanzado C2 en el idioma inglés para el alumnado matriculado en el régimen de enseñanza oficial o libre y la Orden de 26 de febrero de 2021, por la que se amplía y actualiza la autorización de determinadas enseñanzas en centros docentes públicos a partir del curso escolar 2021/22, determina que las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la modalidad a distancia se podrán impartir en determinadas escuelas oficiales de idiomas de Andalucía; siendo necesaria la modificación de los anexos correspondientes para que puedan formalizarse los trámites descritos.

Por ello, en virtud de las competencias que otorga el artículo 10.2.ñ) del Decreto 102/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Deporte,

RESUELVO

Primero. Calendario de actuaciones en el procedimiento de admisión en las escuelas oficiales de idiomas en las modalidades presencial, semipresencial y a distancia de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en el curso 2021/22.

El calendario del procedimiento de admisión del alumnado en las modalidades presencial, semipresencial y a distancia para el curso 2020/21 será el siguiente:

a) El período de presentación de solicitudes de admisión en las escuelas oficiales de idiomas será el comprendido entre el 1 y el 20 de mayo de 2021, ambos inclusive, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.4 de la orden de 20 de abril de 2012, por la que se regulan los criterios y procedimientos de admisión del alumnado en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

b) Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de admisión y antes del 25 de mayo, en virtud de lo establecido en el artículo 23.1 de la citada Orden, si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañase de los documentos preceptivos, la persona titular de la dirección de la escuela requerirá a la persona interesada, a través del tablón de anuncios de la escuela, para que, en el plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, sin perjuicio de que también pudiera informarse a la persona interesada por otros medios.

c) Con anterioridad al 9 de junio de 2021, las escuelas oficiales de idiomas publicarán la relación de personas solicitantes, ordenada según los criterios de admisión.

d) El período para el trámite de audiencia, establecido en el artículo 26.2 de la citada Orden de 20 de abril de 2012, será el comprendido entre el 9 y el 22 de junio de 2021, ambos inclusive.

e) El 28 de junio de 2021 se publicarán las resoluciones del procedimiento de admisión en cada escuela.

f) El plazo para la presentación de recursos de alzada, ante la persona titular de la correspondiente Delegación Territorial competente en materia de educación, empezará el 29 de junio.

g) El plazo de matriculación del alumnado será del 1 al 12 de julio de 2021.

Segundo. Calendario de actuaciones en el procedimiento de admisión en español como lengua extranjera para el curso 2021/22.

a) En las escuelas oficiales de idiomas que impartan cursos de español como lengua extranjera con carácter cuatrimestral, el calendario de actuaciones en el procedimiento de admisión para el primer cuatrimestre se regirá por lo establecido en el punto primero de la presente resolución.

b) El calendario del procedimiento de admisión del alumnado para el segundo cuatrimestre de dichos cursos será el siguiente:

i. El período de presentación de solicitudes de admisión en las escuelas oficiales de idiomas que impartan estos cursos será el comprendido entre el 10 al 18 de enero de 2022, ambos inclusive.

ii. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de admisión y antes del 21 de enero de 2022, si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañase de los documentos preceptivos, la persona titular de la dirección de la escuela requerirá a la persona interesada, a través del tablón de anuncios de la escuela, para que, en el plazo de tres días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, sin perjuicio de que también pudiera informarse a la persona interesada por otros medios.

iii. Con anterioridad al 27 de enero de 2022, las escuelas oficiales de idiomas publicarán la relación de personas solicitantes, ordenada según los criterios de admisión.

iv. El período para el trámite de audiencia será el comprendido entre el 27 y el 31 de enero de 2022, ambos inclusive.

v. El 3 de febrero de 2022 se publicarán las resoluciones del procedimiento de admisión en cada escuela.

vi. El plazo para la presentación de recursos de alzada, ante la persona titular de la correspondiente Delegación Territorial con competencias en materia de educación, empezará el 4 de febrero.

vii. El plazo de matriculación del alumnado que haya obtenido plaza será del 7 al 11 de febrero de 2022.

Tercero. Modificación del Anexo III de la Orden de 20 de abril de 2012, por la que se regulan los criterios y procedimientos de admisión del alumnado en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

El Anexo III de la Orden de 20 de abril de 2012, por la que se regulan los criterios y procedimientos de admisión del alumnado en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía queda sustituido por el modelo recogido en la presente resolución.

Cuarto. Modificación del Anexo IV de la Orden de 21 de junio de 2012, por la que se regula la organización y el funcionamiento del Instituto de Enseñanzas a Distancia de Andalucía, el horario del profesorado y la admisión y matriculación del alumnado.

El Anexo IV de la Orden de 21 de junio de 2012, por la que se regula la organización y el funcionamiento del Instituto de Enseñanzas a Distancia de Andalucía, el horario del profesorado y la admisión y matriculación del alumnado queda sustituido por el modelo recogido en la presente resolución.

Quinto. Delegaciones Territoriales con competencias en materia de educación.

Las Delegaciones Territoriales de la Consejería competente en materia de educación garantizarán el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución y asesorarán a los centros docentes en la aplicación de la misma.

Sevilla, 28 de abril de 2021.- La Directora General, Aurora M.ª Auxiliadora Morales Martín.

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