Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 91 de 14/05/2021

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Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo

Anuncio de 6 de mayo de 2021, de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Sevilla, por el que se publica la Resolución de 6 de mayo de 2021, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo que se cita al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Cuatro de Sevilla, y se emplazan a los terceros interesados en el procedimiento abreviado 94/2021.

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En cumplimiento de lo requerido por el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo núm. Cuatro de Sevilla, y en razón del recurso contencioso-administrativo, procedimiento abreviado número 94/2021, interpuesto por don Francisco Pablo García-Minguillán Posada, en nombre y representación de la entidad Marqués Servicios y Suministros, S.L., contra las siguientes resoluciones:

- Resolución de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Sevilla, de fecha 29 de enero de 2021, dictada en el expediente SE/CEM/0038/2020, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Sevilla, de fecha 11 de diciembre de 2020, por la que se resuelve la concesión de incentivos públicos dirigidos a financiar los costes salariales derivados del mantenimiento de los puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo, regulados mediante Orden de 7 de febrero de 2017 y convocados mediante Resolución de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo de 28 de abril de 2020, al Centro Especial de Empleo Marqués Servicios y Suministros, S.L.

- Resolución de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Sevilla, de fecha 21 de marzo de 2021, dictada en el expediente SE/CEC/0019/2020, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Sevilla, de fecha 8 de diciembre de 2020, por la que se resuelve la concesión de incentivos públicos dirigidos a financiar la creación de empleo indefinido en la Comunidad Autónoma Andaluza de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo, regulados mediante Orden de 7 de febrero de 2017 y convocados mediante Resolución de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo de 28 de abril de 2020, al Centro Especial de Empleo Marqués Servicios y Suministros, S.L., y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El art. 78.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que, admitida la demanda, el Secretario Judicial acordará su traslado al demandado, citando a las partes para la celebración de vista, con indicación de día y hora, y requerirá a la Administración demandada que remita el expediente administrativo con al menos quince días de antelación del término señalado para la vista.

Segundo. Con arreglo al art. 49.1 de la citada LJCA la resolución por la que se acuerde remitir el expediente administrativo se notificará en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a lo dispuesto en la ley que regule el procedimiento administrativo común.

RESUELVO

1.º Acordar la remisión de los expedientes administrativos correspondiente a la entidad Marqués Servicios y Suministros, S.L., expediente administrativo SE/CEM/0038/2020 y expediente administrativo SE/CEC/0019/2020, a que se contrae el mencionado recurso, al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Cuatro de Sevilla.

2.º Notificar la presente resolución a cuantos aparezcan como interesados en el procedimiento abreviado número 94/2021 para que puedan personarse como demandados en las actuaciones, en el plazo de nueve días ante la Sala en legal forma, haciéndoles saber que de personarse fuera del plazo indicado, se les tendrá por parte sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna, según lo previsto en el artículo 50.3 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 6 de mayo de 2021.- La Directora, María Mar Rull Fernández.

«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»

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