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Vistas las propuestas de resolución formuladas por las Delegaciones Territoriales de Salud y Familias sobre las solicitudes de las oficinas de farmacia para el ejercicio de 2021, presentadas al amparo del Real Decreto 823/2008 de 16 de mayo, por el que se establecen los márgenes, deducciones y descuentos correspondientes a la distribución y dispensación de medicamentos de uso humano, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 131, de 30 de mayo de 2008 y siguiendo las instrucciones dictadas por la Consejera de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en la Orden de 30 de marzo de 2015, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 63, de 1 de abril de 2015, modificada por la Orden de la Consejería de Salud, de 29 de noviembre de 2018, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 236, de 7 de diciembre de 2018, se formula la presente resolución teniendo en cuenta los siguientes hechos y fundamentos de derecho:
HECHOS
Primero. La Instrucción Cuarta de la Orden de 30 de marzo de 2015, de acuerdo con la redacción dada por la citada Orden de 29 de noviembre de 2018, establece que el plazo de presentación de solicitudes y documentación será desde el día 1 de febrero hasta el último día de febrero de cada año.
Segundo. Recibidas en las Delegaciones Territoriales las solicitudes de los titulares (y cotitulares en su caso) de oficinas de farmacia para el ejercicio de 2021, se han realizado los procedimientos necesarios para comprobar el cumplimiento de lo recogido en las Instrucciones Segunda a Cuarta de la referida Orden de 30 de marzo de 2015.
Tercero. Los procedimientos anteriormente mencionados han sido objeto de tramitación conforme a la Instrucción Quinta de la citada Orden, efectuándose los requerimientos oportunos, recabados los datos necesarios y habiéndose dado audiencia a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), Mutualidad General Judicial (MUGEJU) e Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS).
Cuarto. Las solicitudes, junto con las propuestas de resolución, han sido remitidas por las Delegaciones Territoriales a la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud del Servicio Andaluz de Salud, conforme a la mencionada Instrucción Quinta.
A los hechos que quedan expuestos les son aplicables los siguientes:
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El artículo 2.8 del Real Decreto 823/2008, de 16 de mayo, redactado por el artículo 5 del Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, en la redacción dada al mismo por la disposición final cuarta de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios, establece, para aquellas oficinas de farmacia que resulten exentas de la escala de deducciones regulada en el apartado de dicho artículo, la aplicación a su favor de un índice corrector de los márgenes de las oficinas de farmacia correspondiente a las recetas u órdenes de dispensación de medicamentos de uso humano fabricados industrialmente dispensados con cargo a fondos públicos.
Segundo. A fin de poder aplicar la norma anteriormente mencionada, la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales procedió a la publicación de la Orden de 30 de marzo de 2015, modificada por la Orden de la Consejería de Salud de 29 de noviembre de 2018.
Tercero. Esta Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud es competente para emitir la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 31, de 14 de febrero de 2019 y con la Instrucción Sexta de la citada Orden de 30 de marzo de 2015.
Cuarto. Las oficinas de farmacia relacionadas en el Anexo I de esta resolución, cumplen con los requisitos establecidos en la Instrucción Segunda de la Orden de 30 de marzo de 2015, por lo que procede aplicarle el índice corrector previsto en el citado artículo.
Conforme a lo establecido en el apartado 4.º de la Instrucción Sexta de la Orden citada, la resolución favorable tendrá efectos económicos desde el día 1 de enero de 2021 y serán aplicados en las facturaciones mensuales que se presenten tras la publicación de la presente resolución, regularizándose en la primera de ellas la cantidad que corresponda de los meses transcurridos del año, con la salvedad establecida en el apartado 5.º de dicha Instrucción Sexta, según la nueva redacción introducida por la Orden de 28 de noviembre de 2018.
Quinto. A las oficinas de farmacia relacionadas en el Anexo II de esta resolución procede denegar la aplicación del citado índice corrector, al no cumplir alguno de los requisitos exigidos en la Instrucción Segunda de la Orden de 30 de marzo de 2015 o por no atender los requerimientos realizados. En el mencionado anexo, se hace indicación expresa de los motivos por los que se deniegan.
En virtud del apartado 5.º de la Instrucción Sexta de la Orden de 28 de noviembre de 2018, a las farmacias que por la presente resolución se les deniegue la aplicación del índice corrector para el año 2021 y lo tuviere concedido en el ejercicio anterior, se les descontará las cantidades adelantadas, en tantas facturaciones sucesivas como meses se adelantaron.
Vistos los antecedentes expuestos, normativa citada y demás de general y especial aplicación, esta Dirección General
RESUELVE
Primero. Aplicar el índice corrector previsto en el artículo 2.8 del Real Decreto 823/2008, de 16 de mayo, a las oficinas de farmacia relacionadas en el Anexo I de esta resolución, con efectos económicos desde el día 1 de enero de 2021.
Segundo. No aplicar el índice corrector previsto en el artículo 2.8 del Real Decreto 823/2008, de 16 de mayo, a las oficinas de farmacia relacionadas en el Anexo II de esta resolución, procediendo, en los casos que correspondan, a deducir las cantidades adelantadas, en tantas facturaciones sucesivas como meses se adelantaron.
Tercero. Publicar en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, contra la que podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 13 de mayo de 2021.- El Director General, Diego Vargas Ortega.
ANEXO I: OFICINAS DE FARMACIA CON RESOLUCIÓN ESTIMATORIA
ALMERÍA | ||||
Número de identificación de Centro Autorizado (NICA) | Apellidos y nombre del solicitante | Municipio de la oficina de farmacia | ||
18776 | ALIAGA ALIAGA, ANTONIO | LÍJAR | ||
42103 | BAGUR GONZÁLEZ, JOSÉ SEBASTIÁN | LUCAINENA DE LAS TORRES | ||
42040 | BARRANCO TORRES, MARÍA JOSEFA | TURRILLAS | ||
19154 | CORTÉS FERNÁNDEZ, MARÍA ESTHER | PATERNA DEL RÍO | ||
18874 | FERNÁNDEZ-CORREDOR CARRETERO, ANTONIA MARÍA | VELEFIQUE | ||
41827 | FUENTES APARICIO, LUISA | LAS TRES VILLAS | ||
42884 | GARCÍA GARCÍA, SONIA | TAHAL | ||
41307 | GARCÍA NAVARRO, MARÍA TERESA | CHERCOS | ||
42275 | GARCÍA SÁNCHEZ, MANUEL | BENIZALÓN | ||
19242 | GNECCO CARMONA, CÉSAR JAVIER | SIERRO | ||
41830 | GÓMEZ DE LA FUENTE, JESÚS | ALCUDIA DE MONTEAGUD | ||
18949 | HARO GONZÁLEZ, NURIA | SUFLÍ | ||
18987 | MANSILLA MANSILLA, ENCARNACIÓN | BACARES | ||
19046 | MARTÍNEZ FERNÁNDEZ, VICTORIA | LÚCAR | ||
45136 | PÉREZ VALLEJOS, BEATRIZ | ALICÚN | ||
18822 | RECHE ALONSO, PATRICIA ROSA | BAYARQUE | ||
41906 | SALAS CABRERA, MARÍA ESTHER | BENTARIQUE | ||
19215 | SÁNCHEZ JIMÉNEZ, MARÍA DEL ROSARIO | ALMÓCITA | ||
19216 | SÁNCHEZ LINARES, FRANCISCO JESÚS | ENIX | ||
41216 | SEGURA SALAZAR, MARÍA DOLORES | SENÉS | ||
19231 | TORTOSA LÓPEZ, JOSÉ ANTONIO | ARMUÑA DE ALMANZORA | ||
18814 | VÍLCHEZ URBANO, MARÍA | NACIMIENTO | ||
CÁDIZ | ||||
Número de identificación de Centro Autorizado (NICA) | Apellidos y nombre del solicitante | Municipio de la oficina de farmacia | ||
2501 | ALONSO GONZÁLEZ, FERNANDO | EL PUERTO DE SANTA MARÍA | ||
41885 | CASAS DE LEÓN, JOSÉ IGNACIO | VILLALUENGA DEL ROSARIO | ||
41544 | GARCÍA REYNALDO, MIGUEL ÁNGEL | JEREZ DE LA FRONTERA | ||
41296 | GUTIÉRREZ ROMÁN, MANUELA | BARBATE | ||
41444 | MAESTRE GARCÍA, ISABEL MARÍA | EL PUERTO DE SANTA MARÍA | ||
41747 | ROQUETTE CASTRO, PATRICIO IGNACIO | VEJER DE LA FRONTERA | ||
2457 | ROSELL MORENO, CARLOS | BENAOCAZ | ||
CÓRDOBA | ||||
Número de identificación de Centro Autorizado (NICA) | Apellidos y nombre del solicitante | Municipio de la oficina de farmacia | ||
41194 | ÁGUILA LEÓN, FRANCISCA Mª | EL GUIJO | ||
18066 | BERNAL LÁZARO, Mª LUISA | CÓRDOBA | ||
18071 | BURGOS MONTERO HIGINIO | CÓRDOBA | ||
5019 | DOMÍNGUEZ GONZÁLEZ, RAFAEL | CÓRDOBA | ||
18336 | MALDONADO TENORIO, INMACULADA | OBEJO | ||
4904 | MÁRQUEZ MORENO, JUAN | EL HIGUERAL (IZNÁJAR) | ||
18155 | RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ, MARÍA CARMEN | VALSEQUILLO | ||
GRANADA | ||||
Número de identificación de Centro Autorizado (NICA) | Apellidos y nombre del solicitante | Municipio de la oficina de farmacia | ||
23037 | ALCARAZ RUIZ, MATILDE | GOBERNADOR | ||
45945 | CAMPAÑA FERNÁNDEZ, GRACIA MARÍA | BUSQUÍSTAR | ||
45579 | CHICA LOZANO, CLARA ISABEL | POLÍCAR | ||
23060 | CORREA GARCÍA, JUAN MANUEL | ALMUÑÉCAR | ||
46356 | FERNÁNDEZ-CASTAÑEDA DE LUCAS, JUAN IGNACIO | CÁÑAR | ||
23003 | GÓMEZ LÓPEZ, MARÍA PILAR | JETE | ||
23035 | GUERRERO LÓPEZ, ELENA | GRANADA | ||
23009 | LÓPEZ GARCÍA, MARÍA GLORIA | DEHESAS DE GUADIX | ||
22748 | MANRIQUE CECILIA, CONCEPCIÓN | GRANADA | ||
41336 | MARTÍNEZ CAMACHO, NATALIA | SOPORTÚJAR | ||
41676 | MOLERO VILLALBA, Mª DOLORES | BEAS DE GUADIX | ||
23030 | MOLINA ESPINOLA, PATRICIA | GRANADA | ||
22969 | MOLINA HITA, PATRICIA | GRANADA | ||
34096 | MOLINA MOLINA, JUAN MANUEL | ALMUÑÉCAR | ||
45580 | MOLINA VARGAS, PABLO | PAMPANEIRA | ||
22742 | MORALES GORDO, INMACULADA | GRANADA | ||
23051 | MORALES ZUBELDIA, JOSÉ LUIS | CÁSTARAS | ||
22973 | MORENO RAYA, ENCARNACIÓN Y PÉREZ PALOMO, MERCEDES | SANTA CRUZ DEL COMERCIO | ||
22901 | ROCA FERNÁNDEZ, MARÍA ÁNGELES | GRANADA | ||
45947 | RODRÍGUEZ BOLIVAR, AURORA | PÓRTUGOS | ||
22834 | RODRÍGUEZ GALDEANO, RAQUEL | SORVILÁN | ||
44549 | ROJAS MORANTE, MARÍA JOSEFA | LENTEGÍ | ||
22718 | ROMERO SÁNCHEZ, ENCARNACIÓN | MURTAS | ||
23024 | ROSAS CONTRERAS, VICENTE | BUBIÓN | ||
46081 | RUZ SANTANDER, ESTEFANÍA | AGRÓN | ||
40699 | SEGURA HERNÁNDEZ, MARÍA LUISA | SALOBREÑA | ||
45949 | SERRANO VENTEO, MARÍA CARMEN | FERREIRA | ||
HUELVA | ||||
Número de identificación de Centro Autorizado (NICA) | Apellidos y nombre del solicitante | Municipio de la oficina de farmacia | ||
22514 | CABRERA VILLEGAS, CRISTÓBAL | SANLÚCAR DE GUADIANA | ||
22395 | GARCÍA MÁRQUEZ, ANDREA CARMEN | LINARES DE LA SIERRA | ||
20682 | GARCÍA MARTÍN, DOLORES | CORTELAZOR | ||
22543 | GIL CARO, MARÍA DEL CARMEN | VALDELARCO | ||
20616 | GUERRA-LIBRERO MOTA, CRISTINA | BERROCAL | ||
45004 | LÓPEZ LARA, ANTONIO FRANCISCO | LOS MARINES | ||
46719 | MUÑOZ GARCÍA, ROSA | LA NAVA | ||
22362 | PALOMO IBÁÑEZ, IRENE | LA GRANADA DE RIOTINTO | ||
20683 | REDONDO GONZÁLEZ, PATROCINIO | CUMBRES DE SAN BARTOLOMÉ | ||
41538 | RODRÍGUEZ AVELLANEDA, MARÍA JESÚS | CAÑAVERAL DE LEÓN | ||
JAÉN | ||||
Número de identificación de Centro Autorizado (NICA) | Apellidos y nombre del solicitante | Municipio de la oficina de farmacia | ||
4095 | COPADO MONTERO, Mª INMACULADA | ARROYO FRÍO (LA IRUELA) | ||
4795 | ESPINOSA FERNÁNDEZ, MARÍA | HINOJARES | ||
40858 | GONZÁLEZ ZUÑIGA, LOURDES | COTO RÍOS | ||
4912 | MATA MARTÍNEZ, JESÚS ANTONIO | LARVA | ||
MÁLAGA | ||||
Número de identificación de Centro Autorizado (NICA) | Apellidos y nombre del solicitante | Municipio de la oficina de farmacia | ||
4132 | ALCALÁ MORO, MARÍA DOLORES | ALPANDEIRE | ||
41915 | CASTILLO PAJARES, ENRIQUE | BENALAURÍA | ||
42038 | COLINO ESCRIBANO, JOSE ANTONIO | CÚTAR | ||
4207 | FERNÁNDEZ GARCÍA, ANA | CARTAJIMA | ||
4189 | GARCÍA SALAS, MÓNICA | GENALGUACIL | ||
4193 | GUZMÁN FERNÁNDEZ, PATRICIA | BENARRABÁ | ||
41154 | HENARES MESA, MARÍA DEL CARMEN | ÁRCHEZ | ||
41717 | JIMÉNEZ ALCALÁ, FÁTIMA | SALARES | ||
4185 | LEYVA MARTÍNEZ, ENCARNACIÓN | SEDELLA | ||
4540 | MARTÍN DE LOS RÍOS, JOSÉ | MÁLAGA | ||
40759 | QUINTANA RAMÍREZ, LUISA | ALFARNATEJO | ||
4217 | SALAS CABRERA, MARÍA DOLORES | MACHARAVIAYA | ||
41876 | SÁNCHEZ ASTORGA, MANUEL | BENADALID | ||
4153 | TABUYO ENRIQUEZ, PILAR | JÚZCAR | ||
SEVILLA | ||||
Número de identificación de Centro Autorizado (NICA) | Apellidos y nombre del solicitante | Municipio de la oficina de farmacia | ||
20180 | ÁLVAREZ GIMÉNEZ, JOSÉ Mª | SEVILLA | ||
40274 | ÁVILA GÓMEZ, JOSEFA | BADOLATOSA | ||
40077 | BECERRA GÓMEZ, CARMEN MARÍA | UTRERA | ||
40105 | DEL POZO BASELGA, ALMUDENA DEL ROSARIO | ÉCIJA | ||
20380 | GÓMEZ GALLARDO, IRENE | EL MADROÑO | ||
33721 | LEÓN CAMPO, ANTONIO | TOMARES | ||
40391 | MONTANER ALONSO, SONIA | LA RINCONADA |
ANEXO II: OFICINAS DE FARMACIA CON RESOLUCIÓN DESESTIMATORIA
ALMERÍA | |||
Número de identificación de Centro Autorizado (NICA) | Apellidos y nombre del solicitante | Municipio de la oficina de farmacia | Motivos por los que se deniegan las solicitudes |
18893 | GARCÍA CABRERA, ANA MARÍA | SOMONTÍN | Ventas en 2020, cuyo cálculo anual supera 200.000 € |
18981 | LÓPEZ VAOS, REMEDIOS | SANTA FÉ DE MONDUJAR | Solicitud fuera de plazo |
CÓRDOBA | |||
Número de identificación de Centro Autorizado (NICA) | Apellidos y nombre del solicitante | Municipio de la oficina de farmacia | Motivos por los que se deniegan las solicitudes |
4894 | VELASCO FERNÁNDEZ-NIETO, LUIS | PUENTE GENIL | Ventas en 2020, cuyo cálculo anual supera 200.000 € |
MÁLAGA | |||
Número de identificación de Centro Autorizado (NICA) | Apellidos y nombre del solicitante | Municipio de la oficina de farmacia | Motivos por los que se deniegan las solicitudes |
4273 | LÓPEZ RODRÍGUEZ, MARGARITA | MÁLAGA | Ventas en 2020, cuyo cálculo anual supera 200.000 € |
4680 | MORALES BURGOS, JOSÉ LUIS | MÁLAGA | Desistida (No atiende el requerimiento de subsanación de la solicitud) |
4413 | TORRES GONZÁLEZ, CRISTINA | MONTEJAQUE | Ventas en 2020, cuyo cálculo anual supera 200.000 € |