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Advertido error en el Anexo I de la Resolución de la Delegación Territorial de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de Cádiz, de 5 de febrero de 2021 (BOJA núm. 31, de 16 de febrero de 2021), por la que se desestiman, inadmiten y se declaran desistidas solicitudes de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de la vivienda habitual, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que «las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales de hecho o aritméticos existentes en sus actos», se procede a efectuar la siguiente corrección:
En el resuelve primero, se establece desestimar las solicitudes de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de la vivienda habitual, por incumplimiento de lo establecido en las Bases Reguladoras aprobadas por Orden de 8 de junio de 2020, a las personas relacionadas en el Anexo I que se acompaña, con detalle del número de expediente y motivo de la denegación.
ANEXO I
Para el expediente núm. 11-AI-COVID9-00781/20, donde dice: «MOTIVO: No se acredita que la renta arrendaticia más los gastos y suministros básicos resulte igual o superior al 35% de los ingresos netos de la unidad familiar».
N.º EXPEDIENTE | FECHA SOLICITUD | DNI OFUSCADO | SOLICITANTE | ESTADO | MOTIVO |
11-AI-COVID9-000781/20 | 08/07/2020 | ****0831 | MARIA DEL CARMEN BARRERA TORRALBO | DENEGAR | No se acredita que la renta arrendaticia más los gastos y suministros básicos resulte igual o superior al 35% de los ingresos netos de la unidad familiar. |
Debe decir: «MOTIVO: No se acredita el empadronamiento relativo a las personas empadronadas en la vivienda con referencia a los seis meses anteriores a la presentación de la documentación».
N.º EXPEDIENTE | FECHA SOLICITUD | DNI OFUSCADO | SOLICITANTE | ESTADO | MOTIVO |
11-AI-COVID9-000781/20 | 08/07/2020 | ****0831 | MARIA DEL CARMEN BARRERA TORRALBO | DENEGAR | No se acredita el empadronamiento relativo a las personas empadronadas en la vivienda con referencia a los seis meses anteriores a la presentación de la documentación |
Contra la presente resolución, que pone fin al procedimiento y agota la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo, en la forma y los plazos establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Cádiz, 10 de mayo de 2021.- La Consejera de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, P.D. (apartado 12 del Cuadro Resumen BB.RR., Orden de 8.6.2020, BOJA núm. 37, de 12.6.2020), la Delegada, Mercedes Colombo Roquette.
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