Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 97 de 24/05/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Orden de 26 de abril de 2021, por la que se autoriza el cambio de titularidad de los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Luisa de Marillac» de El Puerto de Santa María (Cádiz). (PP. 1482/2021).

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Visto el expediente tramitado a instancia de doña Aurora del Rosario Guardia Jurado, en nombre y representación de la Fundación Marillac, nueva entidad titular de los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Luisa de Marillac», con domicilio en C/ Maestro Juan Pinto, 8, de El Puerto de Santa María (Cádiz), por el que solicita el cambio de titularidad de los mismos a favor de dicha entidad, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Resultando que los citados centros, con código 11004283, tienen autorización administrativa para impartir, respectivamente, tres unidades de segundo ciclo de educación infantil para setenta y cinco puestos escolares, seis unidades de educación primaria para ciento cincuenta puestos escolares y cuatro unidades de educación secundaria obligatoria para ciento veinte puestos escolares.

Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros aparece, debidamente acreditada, la titularidad de los referidos centros a favor de Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl.

Resultando que Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl, mediante escritura pública de cesión de titularidad a título gratuito, número seiscientos treinta y siete, otorgada en Sevilla el día diez de febrero de dos mil veintiuno, ante don Javier López Cano, Notario del Ilustre Colegio Notarial de Andalucía, cede gratuitamente a la Fundación Marillac la titularidad de los mencionados centros.

Vistos: la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE de 4), de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA de 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE de 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

DISPONGO

Primero. Conceder el cambio de titularidad a los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Luisa de Marillac», código 11004283, con domicilio en C/ Maestro Juan Pinto, 8, de El Puerto de Santa María (Cádiz), que en lo sucesivo la ostentará la Fundación Marillac, que queda subrogada en la totalidad de los derechos y obligaciones que tuviera contraídas la antigua entidad titular, en relación a dichos centros, quedando con la configuración de enseñanzas que se recoge en el «resultando» primero.

Segundo. El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento de los centros.

Tercero. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Cuarto. Dichos centros quedan obligados al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Deporte, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 26 de abril de 2021

FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ
Consejero de Educación y Deporte
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