Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 97 de 24/05/2021

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo

Extracto de la Resolución de 17 de mayo de 2021, de la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria de subvenciones reguladas en la Orden de 12 de mayo de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, para financiar las prácticas no laborales en empresas, en el marco del Programa de Experiencias Profesionales para el Empleo, establecido en el Decreto 85/2003, de 1 de abril, por el que se establecen los Programas para la Inserción Laboral de la Junta de Andalucía.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00192593.

BDNS (Identificación): 564523.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones  (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:

Primero. Convocatoria.

Se efectúa convocatoria de subvenciones públicas, para el año 2021 en régimen de concurrencia competitiva, para el programa Experiencias Profesionales para el Empleo regulado en la Orden de 12 de mayo de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, para financiar las prácticas no laborales en empresas, establecido en el Decreto 85/2003, de 1 de abril, por el que se establecen los Programas para la Inserción Laboral de la Junta de Andalucía, con cargo a los créditos presupuestarios.

Cuantías máximas
DECRETO Aplicaciones Presupuestarias/Códigos de Proyecto Anualidad 2021 Anualidad 2022 Anualidad 2023 Totales
Experiencias Profesionales para el Empleo (Decreto 85/2003, 1 de abril) 1039188023 G/32L/44204/00 S0574 700.000€ 350.000€ 350.000€ 1.400.000€
1039188023 G/32L/46204/00 S0574 7.000.000€ 3.500.000€ 3.500.000€ 14.000.000€
1039188023 G/32L/48204/00 S0574 2.300.000€ 1.150.000€ 1.150.000€ 4.600.000€
Totales 10.000.000€ 5.000.000€ 5.000.000€ 20.000.000€

Segundo. Entidades beneficiarias.

Podrán solicitar las subvenciones convocadas en la presente resolución las entidades previstas en los apartados 4.a.1.º que reúnan todos los requisitos indicados en los apartado 4.a.2.º del cuadro resumen correspondiente al Programa de Experiencias Profesionales para el Empleo.

Tercero. Objeto.

El objeto del incentivo es la financiación del Programa de Experiencias profesionales para el empleo, cuya finalidad es el desarrollo de las prácticas no laborales en empresas en el marco del Programa de Experiencia Profesionales para el Empleo y del Programa de Fomento del Empleo Industria y Medidas de Inserción Laboral en Andalucía, cuya finalidad es promover la inserción laboral de personas demandantes de empleo inscritas como desempleadas en el Servicio Andaluz de Empleo a través de prácticas no laborales en empresa, que proporcionen el conocimiento de los hábitos, prácticas y valores propios de los entornos laborales a los que la persona demandante aspira.

Cuarto. Bases reguladoras.

Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria se regirán en todos sus aspectos por lo establecido en la Orden de 12 de mayo de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a conceder en régimen de concurrencia competitiva para financiar las prácticas no laborales en empresas, en el marco del programa de experiencias profesionales para el empleo, establecido en el Decreto 85/2003, de 1 de abril, por el que se establecen los Programas para la Inserción Laboral de la Junta de Andalucía.

Quinto. Cuantía.

1. Las subvenciones se concederán de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias existentes, por una cuantía máxima de veinte millones de euros (20.000.000,00 euros) y con cargo a los créditos del presupuesto de la Agencia Servicio Andaluz de Empleo correspondientes a las siguientes partidas presupuestarias, con carácter estimado:

Cuantías máximas
DECRETO Aplicaciones Presupuestarias/Códigos de Proyecto Anualidad 2021 Anualidad 2022 Anualidad 2023 Totales
Experiencias Profesionales para el Empleo (Decreto 85/2003, 1 de abril) 1039188023 G/32L/44204/00 S0574 700.000€ 350.000€ 350.000€ 1.400.000€
1039188023 G/32L/46204/00 S0574 7.000.000€ 3.500.000€ 3.500.000€ 14.000.000€
1039188023 G/32L/48204/00 S0574 2.300.000€ 1.150.000€ 1.150.000€ 4.600.000€
Totales 10.000.000€ 5.000.000€ 5.000.000€ 20.000.000€

2. Se establece la distribución de los créditos atendiendo al ámbito territorial y/o funcional de competitividad provincial, de acuerdo a las siguientes cuantías:

ÁMBITO TERRITORIAL Y/O DE COMPETIVIDAD PROVINCIAL
Almería 953.487€
Cádiz 2.460.770€
Córdoba 1.358.121€
Granada 1.456.344€
Huelva 809.792€
Jaén 1.008.635€
Málaga 2.578.795€
Sevilla 3.374.056€
TOTAL 14.000.000€
ÁMBITO TERRITORIAL Y/O DE COMPETIVIDAD AUTONÓMICO
Almería 408.617€
Cádiz 1.054.620€
Córdoba 582.054€
Granada 624.150€
Huelva 347.055€
Jaén 432.274€
Málaga 1.105.202€
Sevilla 1.446.028€
Total 6.000.000€

3. En la actual convocatoria se podrá también prever que, tras la resolución de concesión, los sobrantes de los créditos estimados en alguno de sus ámbitos territoriales y/o funcionales, por el orden de prelación que establezca la convocatoria y previa modificación de la distribución de los créditos aprobados, posibiliten una resolución complementaria de concesión de la subvención que incluya solicitudes, respetando su orden de evaluación, de ámbitos territoriales y/o funcionales de la misma convocatoria que, aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del crédito disponible en dichos ámbitos, de conformidad con lo que se establece en el apartado e) del artículo 10 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo.

Porcentaje máximo de la subvención: 100%

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, a contar a partir del día siguiente al que se publique el extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme a lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Séptimo. Otros datos.

El formulario para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados con la convocatoria y en la web

https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/sae.html

El Director-Gerente del Servicio Andaluz de Empleo, Miguel Ángel Terrero Prada.

Descargar PDF