Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 98 de 25/05/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación

Resolución de 12 de mayo de 2021, de la Delegación Territorial de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación en Huelva, Comisión Provincial de Tutela y Guarda, por la que se delegan competencias en materia de protección de menores.

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El Decreto 195/2020, de 1 de diciembre, por el que se regula la organización administrativa y la competencia de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de protección de menores, crea en cada Delegación Territorial o Provincial de la Consejería competente en materia de protección de menores una Comisión Provincial de Tutela y Guarda como órgano decisorio en materia de protección de menores.

El artículo 11 del Decreto 195/2020, de 1 de diciembre, dispone las funciones de las Comisiones Provinciales de Tutela y Guarda.

El artículo 12 del Decreto 195/2020, de 1 de diciembre, establece la posibilidad de que las Comisiones Provinciales de Tutela y Guarda deleguen en la persona titular de la Delegación Territorial o Provincial las funciones atribuidas en el Decreto excepto las siguientes:

a) Resolver los procedimientos de declaración de situaciones de desamparo.

b) Declarar la asunción de la tutela por la Administración de la Junta de Andalucía de las personas menores que hayan sido declaradas en situación de desamparo, así como resolver su cese.

c) Formalizar la propuesta de adopción para las personas menores que se hallen bajo la tutela de la Administración de la Junta de Andalucía.

d) Rendir la cuenta anual y general justificada de la administración del patrimonio de la persona menor tutelada ante la Autoridad Judicial.

En virtud del art. 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, de los artículos 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y del artículo 12 del Decreto 195/2020, de 1 de diciembre, la Comisión Provincial de Tutela y Guarda de la Delegación Territorial de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de Huelva

RESUELVE

Delegar en la persona titular de la Delegación Territorial de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de Huelva las siguiente funciones:

1. Solicitar la asunción de la tutela a otras Comunidades Autónomas en los casos de traslados de expedientes.

2. Aceptar o denegar la asunción de tutela de otra Comunidad Autónoma en caso de traslado de expedientes.

3. Asumir la tutela de las personas menores cuando así lo determine una resolución judicial.

4. Asumir la guarda voluntaria en los casos que proceda, así como su cese.

5. Asumir la guarda judicial a instancias de los órganos judiciales.

6. Ordenar la cancelación de las personas menores en el Registro de Tutelas y Guardas de Andalucía al cesar su tutela o guarda por alcanzar la mayoría de edad o por auto firme de adopción.

7. Revisar, al menos con una periodicidad semestral, las medidas de protección adoptadas respecto de las personas menores que se encuentran bajo la tutela o la guarda de la Administración de la Junta de Andalucía.

8. Establecer la cantidad a abonar por las personas progenitores o tutores para contribuir, en concepto de alimentos y en función de sus posibilidades, a los gastos derivados del cuidado y atención de la persona menor sobre la que se haya asumido la tutela o la guarda, así como sobre los gastos derivados de responsabilidad civil que pudiera imputarse a estas personas menores por actos realizados por las mismas.

9. La ampliación del régimen de relaciones personales de las personas menores con su familia de origen y personas allegadas.

10. Velar por el cumplimiento de las obligaciones legales referidas a la administración y gestión patrimonial de los bienes y derechos de las personas menores tuteladas por la Entidad Pública.

11. Colaborar con los órganos judiciales competentes en la materia.

12. Resolver las quejas y reclamaciones presentadas por las personas menores acogidas por la Administración de la Junta de Andalucía.

13. Acordar la ampliación de plazo para resolver en procedimientos de guarda, desamparo, acogimiento y guarda con fines de adopción.

Esta resolución se deberá publicar en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía conforme lo establecido en los artículos 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y  art. 102.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.

Huelva, 12 de mayo de 2021.- El Delegado, Manuel Antonio Conde del Río.

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