Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 99 de 26/05/2021

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 20 de mayo de 2021, de la Universidad de Granada, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan 13 contratos para personas con titulación universitaria y grado de doctor o experiencia equivalente, dentro del Programa de Investigación, Formación y Movilidad-IFMIF-DONES.

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IFMIF-DONES (International Fusion Materials Irradiation facility - DEMO Oriented NEutron Source) es un hito clave en el camino hacia el control de la fusión nuclear. Esta instalación científica constará de tres elementos principales: un acelerador de deuterones, un circuito de litio líquido y un banco de pruebas. Los deuterones acelerados impactarán en el circuito de litio produciendo una reacción nuclear que produce neutrones a aproximadamente 14 MeV, es decir, la misma energía de los neutrones que surgen de las reacciones de fusión deuterio-tritio. El objetivo principal de esta instalación es la cualificación de los materiales que se usarán en los futuros reactores de fusión. Se prevé que este proyecto tenga su sede en Escúzar (Granada, sur de España), que es la candidatura oficial de la UE. Con un presupuesto inicial de 700M €, IFMIF-DONES será la instalación científica más importante de España. Los detalles de la implementación del proyecto se están desarrollando en la Fase Preparatoria, el diseño de ingeniería de la instalación se está llevando a cabo actualmente en el marco del Consorcio EUROfusion basado en los resultados de validación que se obtienen en el marco del proyecto IFMIF/EVEDA. En este marco, la fase preliminar ya ha comenzado con una subvención compartida del Gobierno de España y la Junta de Andalucía. Este presupuesto se invertirá en varias acciones. Uno de las más importantes es la formación del personal especializado que trabajará en la futura instalación.

La Universidad de Granada, como implementadora de los Fondos Europeos de Desarrollo Regional (FEDER) de la Junta de Andalucía, ha decidido, junto con el CIEMAT (el otro implementador de IFMIF-DONES), invertir parte de estos fondos en la financiación de estancias para personal con titulación universitaria en el ámbito de las ciencias e ingeniería en centros de investigación y laboratorios internacionales.

Este Programa de Investigación, Formación y Movilidad está financiado por la Junta de Andalucía a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y busca contratar personal cualificado para dicha formación de acuerdo con las condiciones que se indican a continuación.

Para la correcta ejecución del programa, la Universidad de Granada ha suscrito convenios con las siguientes instituciones:

- Agenzia Nazionale Per Le Nuove Tecnologie L’Energia E Lo Sviluppo Economico Sostenible (ENEA-Italia).

- Karlsruhe Institute of Technology (KIT-Alemania).

Así mismo, el National Institutes For Quantum and Radiological Science and Technology (QST-Japón) participará en el programa como centro receptor en el marco de las actividades que se desarrollan desde Fusion for Energy (F4E).

En consecuencia, este Rectorado, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, de Universidades, en relación con el artículo 2.2.e) de la misma, y en el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, así como en los artículos 45 y siguientes de los Estatutos de la Universidad de Granada, aprobados por Decreto 231/2011, de 12 de julio,

RESUELVE

Primero. Objeto de la convocatoria.

El objeto de la presente convocatoria es la contratación de 13 contratos dirigidas a personas con titulación universitaria de grado superior y personas con título de doctor/a para la realización de un programa de investigación, formación y movilidad en centros de investigación y laboratorios internacionales relacionados con el proyecto IFMIF-DONES.

Para la financiación de la convocatoria, la Universidad de Granada ha obtenido incentivos procedentes de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades de la Junta de Andalucía, cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del proyecto IFMIF-DONES.

El importe financiable para la presente convocatoria que tendrá carácter plurianual para los ejercicios 2021, 2022 y 2023, asciende a un total de 1.647.421,36 euros y se imputará a la aplicación presupuestaria 541 A 640.01.

Si por pérdida de la financiación concedida o cualquier otra causa sobrevenida no imputable a la Universidad de Granada los contratos a los que se refiere esta convocatoria no pudieran formalizarse, la presente convocatoria no tendrá efectividad, no pudiendo exigirse responsabilidad a la Universidad de Granada por esta circunstancia.

Para una mayor difusión de la convocatoria, se publicará una versión en inglés. No obstante sólo la versión en española es la oficial y la que podrá ser alegable por las personas interesadas a efectos de presentación de recursos y ejercicio de los derechos que les correspondan.

Segundo. Condiciones.

1. Duración y ubicación.

La duración de cada contrato será de un mínimo de 18 meses y un máximo de 24 meses (la fecha tope de finalización será el 30 de junio de 2023) y se ejecutará principalmente en cada centro de investigación correspondiente según lo indicado en el anexo. Plazas ofertadas (disponible en la dirección web

https://investigacion.ugr.es/apoyo/nuestros-centros/ifmifdones/movilidad2021).

La aceptación del contrato implicará la obligatoria movilidad al centro de destino, quedando extinguido el contrato en caso contrario. Cualquier ausencia temporal o movilidad durante el periodo de contratación deberá ser previamente autorizada por el Vicerrectorado de Investigación y Transferencia.

Si es posible y la situación actual debido a la pandemia COVID-19 lo permite, se realizará una estancia durante los últimos 3 meses de ejecución del contrato en la Universidad de Granada (Granada, España) o en el CIEMAT (Madrid, España) para asegurar la transferencia de los conocimientos adquiridos.

Si por alguna circunstancia ajena a la Universidad de Granada debida a la pandemia COVID-19 u otras posibles causas, el centro receptor no permitiera la incorporación de alguna de las personas seleccionadas, se procederá a la suspensión del contrato hasta que el centro receptor permita su incorporación.

2. Condiciones económicas.

Cada persona seleccionada será contratada con un contrato temporal a tiempo completo por la Universidad de Granada durante todo el período del programa.

A continuación se indican las condiciones económicas de los contratos. Es necesario tener en cuenta que estas retribuciones son brutas y están calculadas en razón de 12 mensualidades/año incluida la parte proporcional de pagas extraordinarias.

Al salario se aplicará un coeficiente de corrección por país que corresponderá al que estipulen los programas de Trabajo de Horizonte Europa para las Acciones Marie Skłodowska-Curie de la Comisión Europea.

La Universidad de Granada proporcionará además un seguro médico y de accidentes para el titular del contrato en aquellos destinos en los que la asistencia no esté cubierta por la Seguridad Social española.

La Universidad de Granada dotará a las personas contratadas que residan en países diferentes a los de los centros receptores con una bolsa de viaje de 5.000 € para el centro en Japón y 3.000 € para el resto de destinos a fin de sufragar los gastos de establecimiento, viajes y visados si fueran necesarios, durante la vigencia del contrato.

Además del salario, la Universidad de Granada pagará un complemento por movilidad durante los periodos en que la actividad se desarrolle fuera de España y en su caso, un complemento familiar. En este contexto, la familia se define como personas vinculadas a las personas seleccionadas por (i) matrimonio, o (ii) una relación con estatus equivalente a un matrimonio reconocido por la legislación del país o región donde se formalizó dicha relación; o (iii) hijos e hijas dependientes que son efectivamente mantenidos por la persona contratada.

Salario: 3.426 euros/mes.

Complementos de Movilidad: 600 euros/mes.

Complemento de Familia (si procede): 500 euros/mes.

3. Obligaciones de las personas beneficiarias.

- Incorporación al centro de destino donde va a desarrollar la actividad objeto del contrato.

- Respetar las normas establecidas en los convenios suscritos con los centros receptores, que serán facilitados a la firma del contrato.

- Mencionar a la entidades financiadoras (Universidad de Granada, Junta de Andalucía y FEDER) en las publicaciones derivadas de la actividad.

- Emisión de informes de actividad y progresos en los plazos establecidos por la Universidad de Granada.

- Facilitar cualquier otra información o documentación solicitada por la Universidad de Granada al objeto de justificar la ayuda concedida.

- Solicitar autorización previa al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia para cualquier movilidad no prevista del centro de destino.

- Comunicar a la Universidad de Granada cualquier incidencia que impida o dificulte el desarrollo de la actividad objeto del contrato.

Tercero. Requisitos de participación y criterios de elegibilidad.

No se exigen requisitos específicos en cuanto a nacionalidad o residencia de las personas solicitantes para la participación en los concursos. No obstante, la contratación de personas extranjeras no comunitarias, la cual se formalizará a los solos efectos de realización de tareas de investigación o técnicas propias del proyecto, quedará en suspenso mientras no obtengan el permiso que les autorice para trabajar de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y disposiciones reglamentarias de aplicación.

1. Requisitos de participación: Titulación.

Podrán solicitar estos contratos quienes ostenten las condiciones académicas requeridas para cada uno de los puestos y definidas en el Anexo A.

Será requisito indispensable estar en posesión de un título universitario oficial español, o de otro país integrante del Espacio Europeo de Educación Superior. En el caso de personas tituladas conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior, será obligatoria la presentación de un título homologado.

Tanto el título como la certificación académica deberán estar expedidos o traducidos en idioma español o inglés.

Cuarto. Solicitudes.

Las personas solicitantes deberán cumplimentar su solicitud en el formulario disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia en la dirección. https://investigacion.ugr.es/apoyo/nuestros-centros/ifmifdones/movilidad2021

El plazo de presentación de las solicitudes iniciará el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la presente convocatoria y finalizará el 30 de Junio de 2021 a las 23:59 GMT+2.

Cada candidato podrá seleccionar un máximo de 3 plazas en el formulario de solicitud, e indicará la priorización de las mismas con una numeración del 1 al 3 (siendo 1 la plaza de mayor interés y 3 la de menor). Todas las solicitudes que excedan del número máximo de plazas indicado serán consideradas nulas. Las plazas se asignarán por orden de puntuación y prioridad. La asignación de una plaza extinguirá automáticamente la participación en las otras posiciones solicitadas.

1. Documentación.

A la solicitud se anexará en formato pdf la siguiente documentación:

1. Curriculum Vitae en modelo Europass o CVA (se deberá adjuntar una descripción con los principales méritos del candidato/a de extensión máxima 3 páginas (en inglés)).

2. Copia del título de doctor/a (Solo para puestos postdoctorales).

3. Copia del título académico (licenciatura/grado/master).

4. Certificado de inglés B2 para personas no nativas de habla inglesa. Se aceptarán las certificaciones de este nivel expedidas por la Universidad de Granada y las incluidas en el listado de certificados oficiales aceptados por la Universidad de Granada para la acreditación de lenguas extranjeras y su correspondencia con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER). La lista está disponible en la dirección web: https://internacional.ugr.es/pages/política-linguistica/tablasdecertificadosaceptadosporlaugr/!

5. Carta (s) de recomendación

6. Documentos oficiales que acrediten todos los méritos del CV (contratos y funciones de anteriores puestos de trabajo, etc).

2. Presentación y registro de solicitudes

El impreso de solicitud, con el resto de documentación, se presentará a través de la sede electrónica de la Universidad de Granada, en el procedimiento: «Investigación: Contratos con cargo a Grupos, Proyectos y Convenios», que está disponible en la dirección web  https://sede.ugr.es/procs/Investigacion-Contratos-con-cargo-a-Grupos-Proyectos-y-Convenios/

Este procedimiento será de obligado cumplimiento para todas las personas que dispongan de un DNI/NIE.

Como excepción, para las personas que no dispongan de un DNI/NIE, dado que no pueden disponer de un sistema de identificación electrónico permitido en España, se admitirá la presentación de la solicitud por cualquiera de las modalidades previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien podrán autorizar a una tercera persona en el impreso establecido, para la presentación en su nombre de la solicitud a través de la sede electrónica de la Universidad de Granada.

La presentación de la solicitud conlleva el consentimiento para el tratamiento de los datos personales de las personas solicitantes con la finalidad de la resolución de la convocatoria, en el marco de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como el consentimiento para comprobar o recabar de otros órganos, Administraciones o proveedores, por medios electrónicos, la información sobre circunstancias de las solicitudes que, de acuerdo con la convocatoria y la normativa aplicable, sean pertinentes para la instrucción del procedimiento.

La presentación en el concurso implica la declaración de que los documentos y méritos aportados son ciertos, pudiendo la Universidad de Granada solicitar en cualquier momento previo o posterior a la evaluación de las solicitudes la aportación de la documentación original acreditativa. La no aportación de la documentación requerida o la comprobación de la existencia de falsedades en la documentación o méritos aportados, facultará a la Universidad de Granada para iniciar las acciones legales que considere oportunas contra la persona solicitante y en su caso la rescisión del contrato en el supuesto de que le hubiera sido adjudicado.

3. Comunicaciones entre la Universidad y los interesados.

Aquellos actos que deban ser notificados a las personas solicitantes se publicarán en la página web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia

https://investigacion.ugr.es/apoyo/nuestros-centros/ifmifdones/movilidad2021

Esta publicación sustituirá a la notificación, surtiendo sus mismos efectos, conforme a lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Así, las fechas de publicación de los distintos actos y resoluciones en dicha dirección web, serán las que determinen el inicio del cómputo de plazos. La Universidad de Granada podrá requerir a la persona interesada para que, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con advertencia de que si no lo hiciese, se le tendrá por desistida en la solicitud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La Resolución que se dicte a este respecto se notificará a la persona interesada mediante el sistema previsto en el párrafo anterior.

Revisión y subsanación de solicitudes

La Oficina de Proyectos e Investigación será la unidad encargada de la revisión administrativa de las solicitudes presentadas. En la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia se publicará la lista provisional de personas admitidas y excluidas, concediéndose un plazo de cinco días hábiles desde dicha publicación para que las personas interesadas subsanen los defectos, aporten la documentación requerida o presenten las alegaciones que estimen pertinentes. Las personas solicitantes que no aporten la documentación requerida o subsanen los defectos se considerarán desistidas de su solicitud.

Posteriormente se publicará en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia de la UGR la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, remitiéndose los expedientes a la Comisión de valoración.

Quinto. Valoración de las solicitudes.

Cada una de las solicitudes admitidas será evaluada (hasta un máximo de 100 puntos) teniendo en cuenta los siguientes criterios:

- Valoración curricular: 80% (publicaciones: 30%; experiencia laboral en ámbitos relacionados según se recoge en el Anexo A hasta un máximo de 4 años: 40%; cursos y formación complementaria: 10%).

- Entrevista personal (si procede): 20% para las personas candidatas que alcancen una puntuación mínima de 40 puntos sobre los anteriores apartados. En la entrevista las personas candidatas defenderán los principales hitos de su currículum y su adecuación a las actividades a desarrollar. La entrevista se desarrollará en inglés.

Finalizada la valoración de solicitudes, la comisión de valoración remitirá las actas, junto con la propuesta provisional de adjudicación al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia.

La Comisión Evaluadora podrá declarar desierta la plaza cuando el currículum de las personas candidatas no se adecue a la funciones a desarrollar.

Sexto. Comisiones evaluadoras de las solicitudes

La comisión evaluadora de las solicitudes estará compuesta por las siguientes personas:

Comisión de evaluación para las candidaturas de LIPAc site - QST Rokkasho Fusion Institute (Rokkasho, Japan):

- El Vicerrector de Investigación y Transferencia o persona en quien delegue por parte de la UGR.

- Ángel Ibarra Sánchez, Jefe de la División de Tecnologías para la Fusión del Laboratorio Nacional de Fusión por parte del CIEMAT.

- Beatriz Brañas Lasala, Investigadora Titular del laboratorio Nacional de Fusión por parte del CIEMAT.

- Philippe Cara, IFMIF/EVEDA Project Leader por parte de LIPAc site - QST Rokkasho Fusion Institute.

- Hervé Dzitko, F4E Project Manager for IFMIF/EVEDA por parte de LIPAc site - QST Rokkasho Fusion Institute.

Comisión de evaluación para las candidaturas de KIT (Karlsruhe, Germany):

- El Vicerrector de Investigación y Transferencia o persona en quien delegue por parte de la UGR.

- Ángel Ibarra Sánchez, Jefe de la División de Tecnologías para la Fusión del Laboratorio Nacional de Fusión por parte del CIEMAT.

- Beatriz Brañas Lasala, Investigadora Titular del laboratorio Nacional de Fusión por parte del CIEMAT.

- Frederik Arbeiter, Jefe del grupo «Measurement Technology and Experimental Methods Group (INR-MET)» por parte del KIT.

- Sergej Gordeev, miembro del grupo «Facility Design, System Dynamics and Safety (INR-ASS)» por parte del KIT.

- Dieter Leichtle, Jefe del grupo «Neutronics and Nuclear Data (INR-NK)» por parte del KIT.

Comisión de evaluación para las candidaturas de ENEA (Brasimone y Frascati, Italy):

- El Vicerrector de Investigación y Transferencia o persona en quien delegue por parte de la UGR.

- Ángel Ibarra Sánchez, Jefe de la División de Tecnologías para la Fusión del Laboratorio Nacional de Fusión por parte del CIEMAT.

- Beatriz Brañas Lasala, Investigadora Titular del laboratorio Nacional de Fusión por parte del CIEMAT.

- Gioacchino Miccichè, Investigador en el Departamento de Tecnologías de Fusión y Seguridad Nuclear (FSN) por parte del ENEA para las candidaturas en el área de Remote Handling.

- Danilo Dongiovanni, Investigador en el Departamento de Tecnologías de Fusión y Seguridad Nuclear (FSN) por parte del ENEA para las candidaturas en el área de RAMI.

Séptimo. Resolución y publicación.

A la vista del resultado de las valoraciones emitidas por la Comisión Evaluadora, el Vicerrectorado de Investigación y Transferencia hará pública en su dirección web la resolución provisional de adjudicación de plazas, especificando la fecha de publicación de la misma y el plazo para la presentación de alegaciones o declarará desierta la plaza.

Tras la valoración y resolución de las alegaciones que en su caso se presenten contra la resolución provisional de adjudicación, se hará pública la resolución definitiva de adjudicación en la misma dirección web, y en su caso la lista de suplentes para cada plaza. Las personas que no figuren en esta lista se considerarán definitivamente no concedidas.

El plazo máximo de resolución del procedimiento selectivo será de 6 meses.

Octavo. Aceptación y firma del contrato.

Una vez publicada la resolución definitiva, las personas beneficiarias deberán aceptar los contratos en un plazo de 10 días.

Los efectos económicos y laborales de los contratos se iniciarán con la incorporación efectiva de las personas beneficiarias a los centros de destino.

Los aplazamientos y suspensiones del contrato que puedan producirse, incluidos los casos de fuerza mayor, no ampliarán la fecha límite de los contratos que será el 30 de junio de 2023, salvo que esta fecha sea ampliada con carácter general por resolución del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia.

Noveno. Seguimiento de la actuación.

Todas las personas contratadas tendrán asignada una persona responsable de la tutoría científica designada por la Universidad de Granada, que será la persona que supervisará las actividades de formación realizadas.

Cada 6 meses las personas contratadas deberán remitir un informe de la actividad realizada al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia de la Universidad de Granada, que deberá ir acompañado de un informe de la persona responsable de la institución de acogida y de la persona responsable de la tutoría científica. Estos informes deberán proponer la continuidad de las ayudas o en caso de informe negativo, la finalización de las mismas.

Décimo. Normativa supletoria.

En todo lo no previsto en estas bases, será de aplicación supletoria la Resolución de 30 de diciembre de 2021 de la Universidad de Granada, por la que se establecen para el año 2021 las bases reguladoras y el calendario de publicación de concursos públicos para la contratación de personal investigador y técnico adscrito a Proyectos, Grupos y Convenios de investigación.

Undécimo. Delegación de firma.

Se delega en don Enrique Herrera Viedma, Vicerrector de Investigación y Transferencia, la firma de los distintos documentos, anexos y resoluciones, incluida la resolución definitiva de adjudicación, derivados de la presente convocatoria. En las resoluciones y actos que se firmen se deberá hacer constar expresamente que se realizan en virtud de esta delegación.

Contra las resoluciones definitivas de adjudicación de los contratos, que de acuerdo con el 84.2 de los Estatutos de esta Universidad, cuya publicación fue ordenada por Decreto 231/2011 de 12 de julio (BOJA núm. 147, de 28 de julio de 2011) no agotan la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Rectora de la Universidad de Granada en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la presente resolución que, de acuerdo con el artículo 84.1 de los Estatutos de esta Universidad, cuya publicación fue ordenada por Decreto 231/2011, de 12 de julio (BOJA núm. 147, de 28 de julio de 2011), agota la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos (2) meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución en el BOJA, según disponen los artículos 4.1, 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este Rectorado, en el plazo de un (1) mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución, de conformidad con los artículos 112.1, 123.1 y 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Granada, 20 de mayo de 2021.- La Rectora, María Pilar Aranda Ramírez.

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