Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 100 de 27/05/2022

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Salud y Familias

Corrección de errores de la Resolución de 7 de octubre de 2021, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, para cubrir plazas básicas vacantes de Celador/a dependientes del Servicio Andaluz de Salud, para personas con discapacidad intelectual, y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de las Ofertas de Empleo Público para los años 2018, 2019, 2020 y 2021 (BOJA núm. 198, de 14.10.2021).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00261862.

Advertido error material en el Anexo II, «Baremo de Méritos», de la Resolución de 7 de octubre de 2021, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 198, de 14 de octubre), por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, para cubrir plazas básicas vacantes de Celador/a dependientes del Servicio Andaluz de Salud, para personas con discapacidad intelectual, y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de las Ofertas de Empleo Público para los años 2018, 2019, 2020 y 2021, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos, se procede a realizar la oportuna corrección:

Página núm. 98.

Donde dice:

«Apartado segundo tres. Docencia impartida en actividades de formación.»

Debe decir:

«Apartado segundo tres. Docencia impartida en actividades de formación (Máximo 4 puntos).»

Descargar PDF