Resolución de 30 de mayo de 2022, de la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos, por la que se somete a información pública el Proyecto de Orden por la que se modifica el Anexo II, Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de Sierra Nevada, del Decreto 238/2011, de 12 de julio, por el que se establece la ordenación y gestión de Sierra Nevada.
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El articulo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que cuando el proyecto normativo afecte a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía y la naturaleza de la disposición lo aconseje, será sometido a información pública, durante un plazo razonable y no inferior de quince días hábiles. La participación de la ciudadanía podrá producirse por cualquier medio admisible en derecho.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 bis.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, para la tramitación de urgencia, se establece un plazo de 7 días hábiles para la presentación de alegaciones, contados desde el día siguiente al de la notificación al sujeto o entidad correspondiente.
Así mismo, el artículo 10.1 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, relativo a la participación pública en asuntos con incidencia medioambiental, indica que se debe informar a la ciudadanía, a través de los medios apropiados, sobre cualquier iniciativa de elaboración de propuestas de planes y programas medioambientales, así como de disposiciones de carácter general en la materia, de modo que la ciudadanía pueda formular observaciones y alegaciones antes de que se adopte la decisión sobre el plan, programa o disposición de carácter general, debiendo indicar la forma en que lo pueden hacer y que éstas sean debidamente tenidas en cuenta por la Administración Pública.
El 7 de abril de 2022, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible inicia la tramitación del expediente administrativo relativo a la elaboración de la Orden por la que se modifica el Anexo II, Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de Sierra Nevada, del Decreto 238/2011, de 12 de julio, por el que se establece la ordenación y gestión de Sierra Nevada.
El presente proyecto normativo tiene por objeto modificar el citado Anexo II que recoge el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de Sierra Nevada, en particular el apartado 1 del epígrafe 5.2.3, a fin de incluir, entre las excepciones señaladas para la celebración de competiciones deportivas en el medio natural, la vuelta ciclista a España, pasando a ser considerada como una prueba compatible, teniendo en cuenta su tradición y trayectoria de máximo respeto hacia los valores del Parque Nacional.
En consecuencia, resulta conveniente que el texto del mismo se someta a la mayor difusión posible, al objeto de que la ciudadanía lo conozca y pueda realizar las observaciones y aportaciones que estimen pertinentes con la cuestión planteada.
En virtud de lo anteriormente expuesto, de conformidad con los artículos 45.1.d) y 45.bis.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
RESUELVO
Primero. Someter a información pública durante el plazo de siete días hábiles, dada su tramitación por urgencia, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el Proyecto de Orden por la que se modifica el Anexo II, Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de Sierra Nevada, del Decreto 238/2011, de 12 de julio, por el que se establece la ordenación y gestión de Sierra Nevada.
Segundo. El texto del proyecto de orden quedará expuesto para su general conocimiento:
a) En formato electrónico, a través del Portal de la Transparencia de la Junta de Andalucía, Sección información Pública, apartado Elaboración de normas, Normativa en trámite de audiencia e información pública, directamente accesible a través de la siguiente url :
http://www.juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/242325.html
b) En formato papel, en la sede de la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, sita en la calle Manuel Siurot, 50, 41071, Sevilla, dentro del siguiente horario: de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, con las excepciones previstas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al proyecto de orden, deberán dirigirse a la Dirección General del Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, y se podrán realizar:
a) Preferentemente en formato electrónico, a través del Canal de Administración Electrónica en la dirección:
http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/tramite/alega_sierranevada
b) En formato papel, en la sede de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, o bien en cualquier regisro administrativo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Cuarto. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 30 de mayo de 2022.- El Director General, Guiseppe Carlo Aloisio.
Descargar PDFBOJA nº 107 de 07/06/2022