Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 108 de 08/06/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico

Resolución de 24 de mayo de 2022, de la Secretaría General de Innovación Cultural y Museos, por la que se acuerda la apertura del trámite de información pública del Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, a salas de exhibición cinematográfica establecidas en Andalucía para financiar proyectos de inversión para la innovación, funcionamiento digitalizado y sostenible, creación y fidelización de públicos y adaptación de los nuevos hábitos de consumo audiovisual.

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La Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía (LGCAA), regula en su artículo 45.1 d) que «Cuando una disposición afecte a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía, se le dará audiencia, durante un plazo razonable y no inferior a quince días hábiles, directamente o a través de las organizaciones y asociaciones reconocidas por la ley que la agrupe o la represente y cuyos fines guarden relación directa con el objeto de la disposición. La decisión sobre el procedimiento escogido para dar audiencia a la ciudadanía afectada será debidamente motivada en el expediente por el órgano que acuerde la apertura del trámite de audiencia. Asimismo, dicha disposición será sometida a información pública durante el plazo indicado anteriormente, debiendo publicarse la iniciativa, al menos, en el Portal de la Junta de Andalucía».

El artículo 5 del Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que se adoptan medidas de agilización administrativa y racionalización de los recursos para el impulso a la recuperación y resiliencia en la Comunidad Autónoma de Andalucía, estipula que los procedimientos de elaboración de las normas que se adopten en el marco de la gestión de los fondos europeos, como es la del caso que nos ocupa, tendrán el carácter de urgentes.

La tramitación de urgencia se regula en el artículo artículo 45 bis de la LGCAA. Por aplicación del artículo 45 bis.2, los plazos previstos para la realización de los trámites del procedimiento de elaboración de los proyectos de reglamentos, establecidos en la LGCAA o en otra norma, se reducirán a la mitad de su duración, no será preciso el trámite de consulta pública previo, sin perjuicio de la realización de los trámites de audiencia pública o de información pública cuyo plazo de realización será de siete días hábiles. Asimismo, solo tendrá carácter preceptivo el dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía, en lo que se refiere a los informes de órganos colegiados consultivos de la Comunidad Autónoma y la falta de emisión de un dictamen o informe preceptivo en plazo no impedirá la continuación del procedimiento, sin perjuicio de su posterior incorporación y consideración cuando se reciba.

Asimismo, el artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que cuando la norma afecte a los derechos e intereses legítimos de las personas, el centro directivo competente publicará el texto en el portal web correspondiente, con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades. Podrá también recabarse directamente la opinión de las organizaciones o asociaciones reconocidas por ley que agrupen o representen a las personas cuyos derechos o intereses legítimos se vieren afectados por la norma cuyos fines guarden relación directa con su objeto.

Por su parte, el artículo 133.3 dispone que «La consulta, audiencia e información pública reguladas en este artículo deberán realizarse de forma tal que los potenciales destinatarios de la norma y quienes realicen aportaciones sobre ella tengan la posibilidad de emitir su opinión, para lo cual deberá ponerse a su disposición los documentos necesarios, que serán claros y concisos, y reunir toda la información precisa para poder pronunciarse sobre la materia».

Según el estudio del Comité de Cultura del Parlamento Europeo «Cultural and creative sectors in post-COVID-19 Europe» de febrero de 2021, la crisis de la COVID-19 ha desafiado los modelos de negocio de la explotación audiovisual. Por un lado ha habido un incremento más que notorio del consumo audiovisual a través de plataformas digitales, y por otro, el impacto de los cierres forzosos, las limitaciones de aforo y la postergación de estrenos importantes en las salas cinematográficas ha debilitado la situación de estas empresas. El subsector de la exhibición, cuyos ingresos dependen de la venta de entradas y la participación de un público, es uno de los más perjudicados, pero también lo son las empresas de distribución y las productoras de obras cinematográficas, pues los ingresos de taquilla son fundamentales para la amortización de la inversión realizada en la producción.

Ante estas circunstancias, el 12 de febrero de 2021 se aprobó el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Tras la aprobación del citado reglamento, el Consejo Europeo, el 21 de julio de 2021, acordó un paquete de medidas de gran alcance, para impulsar la convergencia, la resiliencia y la transformación en la Unión Europea.

Estas medidas aúnan el futuro marco financiero plurianual (MFP) para 2021-2027 reforzado y la puesta en marcha de un Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation EU») por valor de 750.000 millones de euros.

La movilización y absorción de un volumen tan importante de recursos se articula en España a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por el Gobierno de España el 27 de abril de 2021. A su vez, el plan se divide en 10 políticas tractoras que recogen 30 componentes. El componente 25: «España Hub Audiovisual de Europa (Spain AVS Hub)», recoge reformas e inversiones orientadas a fortalecer y dinamizar el sector audiovisual, mejorar el clima de inversión y consolida a España como plataforma de inversión audiovisual a nivel mundial y país exportador de productos audiovisuales.

Dentro de él, entre los diversos proyectos de los que participarán las Comunidades Autónomas, se encuentra el proyecto C.25.l1: «Ayudas a salas de cine». Con cargo a este proyecto Andalucía recibirá 2.649.896,31 euros, según el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 13 de julio de 2021, por el que se autoriza la propuesta de la distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla con cargo al presupuesto del Ministerio de Cultura y Deporte.

El Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, a salas de exhibición cinematográfica establecidas en Andalucía para financiar proyectos de inversión para la innovación, funcionamiento digitalizado y sostenible, creación y fidelización de públicos y adaptación de los nuevos hábitos de consumo audiovisual, se enmarca en el mencionado plan y responde a la necesidad de articular las ayudas necesarias para fomentar la inversión en un sector estratégico de nuestra economía como es de la actividad cinematográfica y audiovisual. Las salas de cine desempeñan un papel fundamental tanto cultural como social y económico para la propia industria cinematográfica, las poblaciones en las que se ubican e incluso para otros servicios vinculados a la actividad del ocio, así como para la generación de empleo.

La repercusión que con respecto a la ciudadanía andaluza va a desplegar el presente proyecto hace conveniente que el texto se someta a la mayor difusión posible, al objeto de que la ciudadanía, personalmente o a través de organizaciones y asociaciones que la representen, lo conozca y pueda realizar las observaciones que estime oportunas sobre su contenido.

De conformidad con lo expuesto anteriormente y con lo previsto en los artículos 45 y 45 bis de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, así como en el artículo 133.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, a efectos de garantizar un mayor acierto en la confección final del texto que pretende aprobarse para que el mismo cuente con una amplia participación del sector al que va dirigida la norma, y atendiendo el correspondiente mandato del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía,

RESUELVO

Primero. Someter el Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, a salas de exhibición cinematográfica establecidas en Andalucía para financiar proyectos de inversión para la innovación, funcionamiento digitalizado y sostenible, creación y fidelización de públicos y adaptación de los nuevos hábitos de consumo audiovisual al trámite de información pública, durante el plazo de siete días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Segundo. El texto del proyecto de orden quedará expuesto, durante dicho plazo, para general conocimiento en formato digital, en el Portal de la Junta de Andalucía mediante el punto de acceso identificado con la expresión «Participación pública en proyectos normativos»:

https://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/normativa/audiencia-informacion.html

así como en la Sección de Transparencia del Portal de la Junta de Andalucía, dentro del apartado información jurídica, documentos sometidos a información pública, al que se puede acceder a través del siguiente enlace:

http://www.juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/244341.html

Tercero. Las aportaciones que se deseen formular al proyecto de orden deberán dirigirse a la Secretaría General de Innovación Cultural y Museos (indicando el Número de Identificación Fiscal y el nombre y apellidos de las personas físicas y en el caso de las personas jurídicas, su denominación y CIF) y se presentarán en formato digital y abierto en la dirección de correo electrónico:

informacionpublica.sgicym.ccph@juntadeandalucia.es

Sevilla, 24 de mayo de 2022.- La Secretaria General, Mar Sánchez Estrella.

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